MP C/ JOHNATTAN ANDRÉS ÓRDENES ÓRDENES
Rol
O-1544-2024
Fecha
23 de octubre de 2024
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Hechos
vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 1 , 1 , 1 , , , 44 del Código Penal; arts. 47, 4 , 7, y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que se absuelve a JOHNATTAN ANDRÉS ÓRDENES ÓRDENES, cédula de identidad N° 1 .4 .44 -7, de la acusación de ser autor de los delitos de Amenazas Simples y de Robo en Bienes Nacionales de Uso Público, previstos y sancionados en los artículos N° y 44 del Código Penal, respectivamente. II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público, atendido que tuvo
Fundamentos
motivos plausibles para litigar. Ejecutoriada que sea esta resolución, dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Intervinientes renuncian a recursos y plazos. Sentencia ejecutoriada Código: WZNYXQEXZTU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RUC N° 41 -1 RIT N° 1 44 - 4 Resolvió don PATRICIO OSVALDO TORO DIAZ, Juez de Garantía de Quintero.- Código: WZNYXQEXZTU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-10-29T11:58:00-0300
Fallo
Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 1 , 1 , 1 , , , 44 del Código Penal; arts. 47, 4 , 7, y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que se absuelve a JOHNATTAN ANDRÉS ÓRDENES ÓRDENES, cédula de identidad N° 1 .4 .44 -7, de la acusación de ser autor de los delitos de Amenazas Simples y de Robo en Bienes Nacionales de Uso Público, previstos y sancionados en los artículos N° y 44 del Código Penal, respectivamente. II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público, atendido que tuvo motivos plausibles para litigar. Ejecutoriada que sea esta resolución, dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Intervinientes renuncian a recursos y plazos. Sentencia ejecutoriada Código: WZNYXQEXZTU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RUC N° 41 -1 RIT N° 1 44 - 4 Resolvió don PATRICIO OSVALDO TORO DIAZ, Juez de Garantía de Quintero.- Código: WZNYXQEXZTU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-10-29T11:58:00-0300
Texto Completo (Preview)
Sentencia en Juicio Oral Simplificado: Quintero, veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro.- (La parte expositiva y considerativa de la sentencia consta íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada).- Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 1 , 1 , 1 , , , 44 del Código Penal; arts. 47, 4 , 7, y siguientes del Código Procesal Penal, S
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