CASTRO/CONSTRUCCIONES ROJAS & GALINDO SPA.
Rol
M-1319-2022
Fecha
5 de agosto de 2022
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X SENTENCIA X Se deja constancia que no comparece a la presente audiencia la parte demandada, estando válidamente notificada. El Tribunal tiene por contestada la demanda en su rebeldía. Al escrito “Cumple lo ordenado” de la parte demandante, el Tribunal resuelve: Téngase por cumplido lo ordenado. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, ésta no se produce, en atención a la rebeldía de la parte demandada. Fija hechos controvertidos: 1) La existencia de una relación laboral. Para el caso afirmativo, fecha de inicio, término, condiciones, remuneración pactada. 2)
Fundamentos
Motivos que habrían dado origen al término de la relación laboral. Hechos y circunstancias. 3) Prestaciones adeudadas, fundamento y monto. 4) Efectividad de encontrarse pagadas las cotizaciones previsionales al momento del término de la relación laboral. Hechos y circunstancias. Medios de Prueba: La parte demandante ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Contrato de Trabajo, entre Construcciones Rojas & Galindo Spa y el demandante don Hernán Ricardo Castro Arancibia, de fecha 07 de diciembre de 2021. 2) Acta de Comparendo de Conciliación, de fecha 07 de junio de 2022. 3) Certificado de Cotizaciones Previsionales acreditadas de cuenta individual por cesantía, emitido por AFC CHILE, de fecha 13 de junio de 2022. La prueba documental no fue objetada ni de fondo ni de pertinencia. Confesional: La parte demandante ante la incomparecencia de la representante legal de la demandada, solicita se haga efectivo el apercibimiento legal respectivo. El Tribunal resuelve acceder a la petición, sin perjuicio del valor probatorio. Exhibición de documentos: La parte demandada exhibe a la demandante los siguientes documentos solicitados: 1) La liquidación de sueldo y el comprobante de pago del mes de febrero de 2022 correspondiente al demandante don Hernán Ricardo Castro Arancibia, cédula de identidad N º 8.747.744-4. 2) El libro o cualquier herramienta de control de asistencia correspondiente al demandante don Hernán Ricardo Castro Arancibia, cédula de identidad N º 8.747.744-4, respecto del periodo de febrero de 2022. La parte demandante ante la incomparecencia de la parte demandada da por no cumplida la exhibición de documentos y solicita se haga efectivo el apercibimiento legal respectivo. El Tribunal resuelve acceder a la petición, sin perjuicio del valor probatorio. Observaciones a la prueba: La parte demandante realizó las observaciones a la prueba rendida en juicio. SENTENCIA: Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. Parte resolutiva: Y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 161, 162, 163, 172, 178, 453, 454 y 500 del Código del Trabajo,
Fallo
se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por don HERNÁN RICARDO CASTRO ARANCIBIA, Rut 8.747.744-4, en contra de su ex empleador CONSTRUCCIONES ROJAS & GALINDO SPA., Rut 77.409.671-K, representada legalmente por doña Mary Johana Galindo Benítez, Rut 26.151.860-0, todos ya individualizados y se declara injustificado el despido verbal de que fue objeto el trabajador con fecha 28 de febrero del año 2022 y se condena a la demandada al pago de la suma de $1.200.000 pesos por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. II. Que se acoge la demanda, en cuanto se solicita el pago de $600.000 pesos por concepto de diferencia de remuneración, correspondiente al mes de febrero de 2022. III. Que se acoge la demanda, en cuanto se solicita el pago de $134.800 pesos por concepto de feriado proporcional. IV. Que se acoge la demanda, en cuanto se solicita el pago de $280.000 pesos por concepto de lucro cesante por tratarse de un contrato de plazo fijo, con vigencia hasta el 7 de marzo del año 2022. V. Que no habiéndose acreditado el pago de las cotizaciones previsionales al momento del término de la relación por todo el periodo trabajado y de vigencia del contrato de trabajo, esto es entre el 7 de diciembre del año 2021 y el 7 de marzo del año 2022 y por un monto mensual de $1.200.000 pesos, se hace aplicación de lo dispuesto en el inciso 5° del artículo 162 del Código del Trabajo y se condena a la demandada al pago de remuneraciones y demás prestaciones que se devengue
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO DE RECLAMO MONITORIO FECHA 5 DE AGOSTO DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 11 (VIRTUAL) RUC 22-4-0409169-0 RIT M-1319-2022 MAGISTRADO CRISTIÁN ÁLVAREZ MERCADO ADMINISTRATIVO DE ACTAS KAREN SCHLOTTERBECK LÓPEZ HORA DE INICIO 10:20 HORAS HORA DE TÉRMINO 10:33 HORAS N° REGISTRO D
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