Juzgado de Letras y Gar. de Chañaral

ORTIZ/

Rol

V-66-2021

Fecha

2 de julio de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras y Garantía de Chañaral, a folio 1, compareció don TRACY ORTIZ GALLARDO, chilena, soltera, Abogada, cédula de identidad y RUT N° 17.330640-7, con domicilio en Condominio, Las Gredas N° 1925, Departamento 404-B, comuna de Arica, Región de Arica, Parinacota; presentó, con fecha 9 de Marzo de 2021 a las doce horas con cuarenta y un minutos y veinticinco segundos, solicitud de pedimento minero denominado “CELESTE 5”, mediante la cual requiere se constituya a su favor la concesión de exploración de trescientas (300) hectáreas. Asimismo, el Tribunal con fecha 10 de Marzo de 2021 ordenó inscribir y publicar. SEGUNDO: Que, a folio 5, consta que el pedimento se inscribió con fecha 12 de Marzo de 2021, a fojas 65, número 51 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Chañaral del año 2021. TERCERO: Que, a folio 5, la solicitud de pedimento minero se publicó el día lunes 29 de Marzo de 2021, en el Boletín Oficial de Minería. CUARTO: Que, las coordenadas universales transversales de Mercator (U.T.M) del Punto Medio y de cada uno de los vértices de la cara superior de la concesión de exploración solicitada son: VERTICES NORTE (metros) ESTE (metros) P.M 7.087.500,00 371.500,00 V1 7.089.000,00 371.000,00 V2 7.089.000,00 372.000,00 V3 7.086.000,00 372.000,00 V4 7.086.000,00 371.000,00 QUINTO: Que, a folio 7, el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió informe favorable a la solicitud de pedimento y plano acompañado en autos, mediante Ordinario Nº 3437 de fecha 14 de Junio de 2021, en el cual señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes, y que la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión se ajusta a la ley y queda comprendida dentro del terreno pedido. SEXTO: Que, se han cumplido en tiempo y forma todas las exigencias legales. Por estas consideraciones y visto, además, con

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, con lo dispuesto en los artículos 28, 34, 37, 39, 43, 46, 48, 51, 52, 54, 55, 56, 57, 87, 89, 90, 91, 232 Y 239 del Código de Minería; Decreto Supremo N°1 de fecha 3 de enero de 1.986 del Ministerio de Minería, publicado en el Diario Oficial, edición N°32.709 de fecha 27 de febrero de 1.987 y artículos 817, 826 y 828 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA QUE: I. SE APRUEBA el plano de la concesión de exploración solicitada, debiendo mantenerse agregado a los autos una copia del mismo y remítase al Servicio Nacional de Geología y Minería el original de dicho plano, junto con copia autorizada de esta sentencia definitiva, una vez que se encuentre firme o ejecutoriada. II. SE DECLARA CONSTITUIDA la concesión de exploración denominada “CELESTE 5” con una superficie total de trescientas (300) hectáreas, a favor de TRACY ORTIZ GALLARDO, ya singularizada. III. EXTRÁCTESE la presente sentencia constitutiva al tenor de lo establecido en el artículo 90 del Código de Minería y PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de Minería de Copiapó el primer día hábil de cualquier mes, pero, en todo caso, antes de requerirse al Conservador de Minas de Chañaral la inscripción de esta sentencia. IV. INSCRÍBASE la presente sentencia constitutiva en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Chañaral. Dicha inscripción deberá efectuarse dentro del término de ciento veinte días, contados desde la fecha de la presente sentencia, bajo apercib

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Chañaral CAUSA ROL : V-66-2021 CARATULADO : ORTIZ/ Chañaral, dos de Julio de dos mil veintiuno VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras y Garantía de Chañaral, a folio 1, compareció don TRACY ORTIZ GALLARDO, chilena, soltera, Abogada, cédula de identidad y RUT N° 17.330640-7, con domicilio en Condomin

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