C/ JOSÉ ANDRÉS BUSTOS CONTRERAS
Rol
O-5144-2024
Fecha
21 de octubre de 2024
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día de mayo de en horas de la mañana, en la vía pública, Avenida Libertador Bernardo O’Higgins vereda norte, a la altura del número , (Alameda esquina Chacabuco) en la comuna de Santiago, los imputados previamente concertados interceptaron a la víctima que transitaba por el lugar don Luis Borje Araya, procedimiento los imputados Luis Molina Guzmán y Roberto Vásquez Saez, realizaron maniobras tendientes a causar agolpamiento, obstaculizando el desplazamiento de la víctima, lo que fue aprovechado por el imputado Víctor Roa Albuquerque para introducir una de sus manos en uno de los bolsillos del pantalón de la víctima sustrayéndole un teléfono celular de la marca Xiaomi modelo Redmi , avaluado en la suma de mil pesos, el cual entregó al imputado José Bustos Contreras, siendo posteriormente detenido por Carabineros. SE DECLARA: I.- Que se condena a LUIS GUILLERMO MOLINA GUZMÁN, ya individualizado, a la pena SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, multa a beneficio fiscal de 1/3 de UTM, accesorias de suspensión de cargos u oficio públicos durante el tiempo de la condena; por su responsabilidad como AUTOR del delito consumado de Hurto Simple, previsto y sancionado en el art. n° del C.P., cometido el día de mayo de , en la comuna de Santiago. Sin costas. II.- Que respecto de la pena de MULTA se le tiene por EXIMIDA, según el art. del Código Penal. III.- Que respecto a la pena CORPORAL esta será sustituida bajo la pena sustitutiva de prestación de servicios a beneficio de la comunidad equivalentes a horas, luego de que termine de cumplir la condena por la que se encuentra privado de libertad. Código: TXHJXQRCNCR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl _____________________________________________________________________ Pedro Montt 1606 – Torre A – Piso 3° / Fono: 29757550 – Fax: 29757575 Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 8 del Cód
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a LUIS GUILLERMO MOLINA GUZMÁN, ya individualizado, a la pena SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, multa a beneficio fiscal de 1/3 de UTM, accesorias de suspensión de cargos u oficio públicos durante el tiempo de la condena; por su responsabilidad como AUTOR del delito consumado de Hurto Simple, previsto y sancionado en el art. n° del C.P., cometido el día de mayo de , en la comuna de Santiago. Sin costas. II.- Que respecto de la pena de MULTA se le tiene por EXIMIDA, según el art. del Código Penal. III.- Que respecto a la pena CORPORAL esta será sustituida bajo la pena sustitutiva de prestación de servicios a beneficio de la comunidad equivalentes a horas, luego de que termine de cumplir la condena por la que se encuentra privado de libertad. Código: TXHJXQRCNCR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl _____________________________________________________________________ Pedro Montt 1606 – Torre A – Piso 3° / Fono: 29757550 – Fax: 29757575 Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 8 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renunciaron a los plazos. Dictada por Don (ña) CRISTIAN LUIS SANCHEZ RIVERA, Juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal,
Texto Completo (Preview)
_____________________________________________________________________ Pedro Montt 1606 – Torre A – Piso 3° / Fono: 29757550 – Fax: 29757575 PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, veintiuno de octubre de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CRISTIAN LUIS SANCHEZ RIVERA RUC: - RIT: - IMPUTADO: LUIS GUILLERMO MOLINA GUZMÁN C.I. - DELITO (Indicar si e
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