Juzgado de Letras de Angol

JADUE/

Rol

V-73-2020

Fecha

30 de junio de 2021

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que a folio 1 compareció don BENJAMÍN ANTONIO JADUE ROSSELOT, Rol Único Tributario número 18.932.285-2, chileno, abogado, domiciliado en Av. Ricardo Lyon 1717, departamento 202, Providencia, Santiago, quien viene en presentar acción en contra del Conservador de Minas y de Bienes Raíces de Angol, don ELEODORO JAVIER SALGADO DELGADO, Rol Único Tributario número 4.984.736-K, domiciliado en Pedro Aguirre Cerda, número 601, de la comuna de Angol, Región de La Araucanía, de nacionalidad chilena, en adelante e indistintamente “Conservador”, en razón del artículo 18 del Reglamento del Registro de Conservatorio de Bienes Raíces, aplicable al Conservador de Minas, en cuanto ha incurrido en un error en consignar la fecha de requerimiento de dos inscripciones solicitadas por esta parte ,negándose a su rectificación , conforme a los términos que se exponen a continuación: Con fecha primero de octubre del presente año, se presentó un requerimiento de inscripción de una sentencia de rectificación al Conservador de Minas de Angol, la cual versa sobre la causa Rol V – 99 – 2019 del Juzgado de Letras de Angol sobre Concesión Minera de Exploración. Con fecha cinco de octubre del 2020, el Conservador de Minas de Angol, hace ver a esta parte que la sentencia la cual se pretendía rectificar, esta es: la sentencia constitutiva de concesión minera de exploración denominada Angol Solar V, dictada en causa Rol V – 99 – 2019 del Juzgado de Letras de Angol, no estaba inscrita en los registros conservatorios de dicho conservador, por lo que, no se podría inscribir la rectificación, sin antes proceder a su inscripción. RIT« » Foja: 1 Señala que debido a lo anterior, y como consta en los documentos que se acompañan en el Primer Otrosí, se procedió a requerir la inscripción de la sentencia constitutiva en comento, cuyo título fue acompañado, según consta en la imagen del correo electrónico que se acompaña en el Primer Otrosí, el día 06 de octubre de 2020 a las 10:30 horas, tenie

Fundamentos

fundamentos del Conservador, resuelve por escrito y sin más trámite lo que corresponda. QUINTO: Que, a fin de resolver la petición de autos, por la cual se solicita corregir la fecha de la inscripción, del mérito de los antecedentes aparejados, se desprende de forma fehaciente que el requerimiento fue practicado mediante correo electrónico de fecha 06 de octubre del año 2020, dentro del horario de funcionamiento del conservador, tal como se desprende de la documental de folio 8, motivo por el cual el repertorio se encontraba abierto. Asimismo la fecha del requerimiento es coincidente con la informada por el Conservador de Bienes raíces de Angol. Que así las cosas, el requerimiento de la inscripción se practicó dentro del horario de funcionamiento del conservador, motivo por el cual se acogerá la solicitud de don BENJAMÍN ANTONIO JADUE ROSSELOT, tal como se pasará a decir.

Fallo

por tanto, imposible una inscripción válida de dicha sentencia en las fechas que el Conservador consagró en las inscripciones, por lo que carecería de sentido que esta parte hubiese solicitado las inscripciones en las fechas que el Conservador constató en las mismas; además, debemos señalar que el artículo 103 del Reglamento del Código de Minería prohíbe al Conservador de Minas inscribir una sentencia constitutiva una vez cumplido el plazo del artículo 89 del Código de Minería, por lo que, al haber realizado las inscripciones con fecha siete y ocho de octubre respectivamente, estaría incurriendo en un incumplimiento normativo. Finalmente expuesto lo anterior, podemos considerar que se configura un perjuicio ante la negativa del Conservador, por lo que conforme al artículo 18 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, aplicable a los Conservadores de Minas, ocurro ante US., para que dicho perjuicio sea enmendado. SEGUNDO: Que se han aparejado a estos autos los siguientes antecedentes: a)Imagen de correo electrónico enviado al Conservador de Minas de Angol en que consta la fecha de requerimiento de la Sentencia Rectificatoria de Concesión Minera de Exploración denominada Angol Solar V, dictada en causa Rol V – 99 – 2019 del Juzgado de Letras de Angol. b) Imagen de correo electrónico enviado al Conservador de Minas de Angol en que consta el requerimiento de inscripción de la Sentencia Constitutiva de Concesión Minera de Exploración denominada Angol Solar V, d

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 FOJA: 11.- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Angol CAUSA ROL : V-73-2020 CARATULADO : JADUE/ Angol, treinta de junio de dos mil veintiuno. VISTOS: PRIMERO: Que a folio 1 compareció don BENJAMÍN ANTONIO JADUE ROSSELOT, Rol Único Tributario número 18.932.285-2, chileno, abogado, domiciliado en Av. Ricardo Lyon 1717, departamento 202, Providencia, Santi

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