MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ MATÍAS FRANCISCO ESQUIVEL DELPORTE
Rol
O-887-2023
Fecha
21 de octubre de 2024
Materia
CONDUC.BAJO INFLUEN DEL ALCOHOL CON O SIN DAÑOS O LES.LEVES., CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Fecha Pucón, veintiuno de octubre de dos mil veinticuatro RESOLUCION SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO MODIFICATORIAS NO CONCURREN RUC 2300500923-5 RIT 887 - 2023 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA MATÍAS FRANCISCO ESQUIVEL DELPORTE 0013460556-1 Calle LOS BOLDOS Nº 1355 PUCÓN En cumplimiento a lo resuelto por la Excma. Corte Suprema en el artículo 162 del acta N° 71-2016 de fecha 16 de Junio del 2016, se transcribe sólo la parte resolutiva de la sentencia dictada oralmente. Pucón, veintiuno de octubre de dos mil veinticuatro. SENTENCIA: Por todas estas consideraciones y teniendo también presente lo que disponen los artículos 1, 7, 14, 15, 24, 25, 49, 67, 70 del Código penal, los artículos 340, 388, 393, 394, 395 del Código procesal Penal, artículo 1 y siguientes de la Ley 18.290, se declara: I.- Que se condena a MATIAS FRANCISCO ESQUIVEL DELPORTE, , a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo y oficio público por el tiempo que dure la condena, multa equivalente a un tercio de unidad tributaria mensual y suspensión de licencia de conducir por el lapso de 2 años por su responsabilidad como AUTOR de un delito consumado de CONDUCCIÓN DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, ilícito previsto y sancionado en el artículo 196 de la ley 18.290, cometido el día 8 de mayo de 2023, en territorio jurisdiccional del Tribunal. II.- Que se condena a MATIAS FRANCISCO ESQUIVEL DELPORTE, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo y oficio público por el tiempo que dure la condena, multa equivalente a un tercio de unidad tributaria mensual y suspensión de licencia de conducir por el lapso de 5 años, por su responsabilidad como AUTOR de un delito consumado de CONDUCCIÓN DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, ilícito previsto y Código: JHERXQUJPUQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl sancionado en el artículo 196 de la ley
Fundamentos
considerando que el sentenciado cumple con los requisitos para optar a una pena sustitutiva de las que establece la ley 18.216, y en conformidad a lo previsto en los artículos 1 a 5 de la ley , se decreta la pena sustitutiva de LA REMISION CONDICIONAL DE LA PENA POR EL TÉRMINO DE UN AÑO, sujeto a la discreta observación y asistencia del CENTRO DE REINSERCION SOCIAL dependiente de Gendarmería de Chile del domicilio del sentenciado, esto es, de la ciudad de Villarrica. VI.- Para el cómputo de la suspensión de licencia de conductor deberá entregarla dentro de quinto día de firme la presente sentencia en el Tribunal. Ofíciese al Registro Civil, para efectos de la suspensión la licencia indicada. VII.- Que, se exime del pago de las costas al condenado. En su oportunidad cúmplase con lo dispuesto por el artículo 468 del Código Procesal Penal. Los intervinientes presentes en la audiencia se dan por notificados de todo lo precedentemente resuelto. Anótese, Regístrese y Archívese si no fuere impugnado por recurso de nulidad. RUC : 2300500923-5 Código: JHERXQUJPUQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT : 887-2023 Dictó FRANCISCO MADRID ALARCÓN, Juez del Juzgado de Letras, Garantía, Familia y del Trabajo de Pucón. Código: JHERXQUJPUQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-10-21T16:01:43-0300
Fallo
se declara: I.- Que se condena a MATIAS FRANCISCO ESQUIVEL DELPORTE, , a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo y oficio público por el tiempo que dure la condena, multa equivalente a un tercio de unidad tributaria mensual y suspensión de licencia de conducir por el lapso de 2 años por su responsabilidad como AUTOR de un delito consumado de CONDUCCIÓN DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, ilícito previsto y sancionado en el artículo 196 de la ley 18.290, cometido el día 8 de mayo de 2023, en territorio jurisdiccional del Tribunal. II.- Que se condena a MATIAS FRANCISCO ESQUIVEL DELPORTE, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo y oficio público por el tiempo que dure la condena, multa equivalente a un tercio de unidad tributaria mensual y suspensión de licencia de conducir por el lapso de 5 años, por su responsabilidad como AUTOR de un delito consumado de CONDUCCIÓN DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, ilícito previsto y Código: JHERXQUJPUQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl sancionado en el artículo 196 de la ley 18.290, cometido el día 16 de mayo de 2024, en territorio jurisdiccional del Tribunal. III.- Que se condena a MATIAS FRANCISCO ESQUIVEL DELPORTE, ya individualizado, como autor del delito de CONDUCCIÓN BAJO LA INFLUENCIA DEL ALCOHOL en calidad de AUTOR y grado de desarrollo consumado, perpetrado en esta jur
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Fecha Pucón, veintiuno de octubre de dos mil veinticuatro RESOLUCION SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO MODIFICATORIAS NO CONCURREN RUC 2300500923-5 RIT 887 - 2023 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA MATÍAS FRANCISCO ESQUIVEL DELPORTE 0013460556-1 Calle LOS BOLDOS Nº 1355 PUCÓN En cumplimiento a lo resuelto por la Excma. Corte Suprema en el artículo 162 del acta N° 71-2016 de fecha 1
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