2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ANGULO/SERVICIOS MÉDICOS INTEGRADOS MYRA SALUD S.P.A.

Rol

M-1232-2022

Fecha

4 de agosto de 2022

Materia

Despido indirecto

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS OIDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en causa Rit M-1232-2023, doña SINDY ANGULO RIASCOS, técnico en enfermería, domiciliada para estos efectos en calle Neptuno N° 859 Lo Prado, Santiago, interpone demanda por despido indirecto en contra de MYRA SPA, empresa dedicada a la prestación de servicios de enfermería, domiciliada en calle Las Concepción N°165 Piso 4, Providencia, Santiago, representada por YANKO HERRERA SOTO, solicitando se condene a la demandada al pago de las prestaciones que indica en su demandada, con expresa condena en costas. SEGUNDO: Que en la audiencia única de contestación, conciliación y prueba, asistieron ambas partes, y contestando la demanda, la apoderada de la demandada doña CAROLINA ANDREA GONZÁLEZ GÓMEZ, solicita su completo rechazo, y hace presente que no son efectivos los hechos alegados por la actora, señalando que su parte nunca recibió ninguna carta de autodespido, que la demandante no dio cumplimiento a las formalidades del despido indirecto, por lo que su parte desconoce cualquier antecedente referente a la auto desvinculación que alega la actora, por lo que solicita se rechace la demanda en todas sus partes, con expresa condena en costas, TERCERO: Que llamadas las partes a conciliación esta no se produce, procediendo el tribunal a fijar los hechos a probar en audiencia única, habiendo las partes incorporado la que rola en el proceso. CUARTO: Que, la demandante en su libelo pretensor dice que: “Debo decir que en la carta de autodespido que envié a mi empleador y la carta conductora dirigida a la Inspección del Trabajo por un error de tipeo figura como fecha del autodespido el 7 de febrero de 2022 lo que no es real ya que la fecha verdadera es el 7 de abril de 2022 lo que se comprueba con el boucher de correos de Chile que tiene como fecha el 7 de abril de 2022 y en el sello puesto en la carta conductora de la Inspección del Trabajo que es del día 8 de abril de 2022. Debido a esto el 2 de mayo de 2022 envié una carta a mi empleador por correo certificado ingresada en correos el 5 de mayo de 2022, indicándole el error en la fecha de la carta de autodespido original y dejé una constancia al respecto en la Inspección del Trabajo, por lo demás durante el mes de febrero y marzo de 2022 presté servicios para mi empleador lo que comprueba que la fecha 7 de febrero de 2022, no corresponde a la fecha del autodespido. (SIC) QUINTO: Que en la especie, habiendo la demandante ejercido una acción de autodespido, le correspondía acreditar haber dado cumplimiento a las formalidades del mismo en tiempo y forma, y al efecto, de la prueba instrumental aportada al proceso por esa parte, no es posible establecer, ni determinar que el actora hubiese cumplido con las formalidades del envío de los avisos a que se refiere el artículo 162 del Código del Trabajo, en la forma y oportunidad allí señalados, lo que por expresa disposición del artículo 171 inciso 4°, debía cumplir para ejercer su acción de conformidad al referido artículo 171 del Código de

Fallo

se declara: I.- Que, SE RECHAZA, la demanda de despido indirecto, interpuesta por doña SINDY ANGULO RIASCOS, en contra de la empresa MYRA SPA, entendiéndose que el contrato de trabajo que vinculaba a las partes terminó por renuncia de la demandante. II.- Que cada parte pagará sus costas. Regístrese y archívese en su oportunidad, RIT: M-1232-2022. RUC: 22-4-0407223-8 Dictada en Procedimiento Monitorio, por don Ricardo Antonio Araya Pérez, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

Texto Completo (Preview)

Santiago, a cuatro de agosto de dos mil veintidós. VISTOS OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en causa Rit M-1232-2023, doña SINDY ANGULO RIASCOS, técnico en enfermería, domiciliada para estos efectos en calle Neptuno N° 859 Lo Prado, Santiago, interpone demanda por despido indirecto en contra de MYRA SPA, empresa dedicada a la prestación de servicios de enfermería, domiciliada en calle Las Concep

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