MP C/ LUIS JORDHAN DANIEL PEÑA OJEDA
Rol
O-4192-2024
Fecha
17 de octubre de 2024
Materia
ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 15 de abril del año 2024, a las 12:10 horas aproximadamente, en la vía pública, en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins intersección con calle Guayaquil, en la comuna de Santiago, los acusados LUIS PEÑA OJEDA y SEBASTIÁN LEÓN PÉREZ, de manera previamente concertada, se acercan a la víctima Catalina Fernández Pérez, procediendo el imputado PEÑA OJEDA a cruzar una bicicleta y obstaculizar el paso de la víctima para luego el imputado LEÓN PÉREZ, quien también se movilizaba en una bicicleta, procedieron a arrebatarle a la víctima de las manos de forma sorpresiva su teléfono celular marca IPhone, modelo 13, color negro, carcasa transparente, el que mantenía adosado a este 01 tarjetero color negro con 01 Cedula de Identidad, 02 Tarjetas bancarias y 01 credencial universitaria, siendo detenidos posteriormente los acusados por personal policial, recuperando las especies sustraídas. SE RESUELVE: I.- Que se condena a SEBASTIAN ALEXIS LEON PEREZ ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado en el Artículo 436 inciso 2° del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, el cual se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 4º de la ley 18.216, se sustituye la pena privativa de libertad por la REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA por un año, pena que deberá presentarse a cumplir al Centro de Reinserción Social de su domicilio, el día 04 de noviembre de 2024. En el evento que le fuera revocada la pena sustitutiva el condenado deberá cumplir la pena en forma efectiva o intensificarse las condiciones impuestas, con un día de abono. III.- Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 31 del Código Penal se decreta el comiso de la bicicleta incautada. Código: GKCCXQEHPCQ Este docu
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que se condena a SEBASTIAN ALEXIS LEON PEREZ ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado en el Artículo 436 inciso 2° del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, el cual se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 4º de la ley 18.216, se sustituye la pena privativa de libertad por la REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA por un año, pena que deberá presentarse a cumplir al Centro de Reinserción Social de su domicilio, el día 04 de noviembre de 2024. En el evento que le fuera revocada la pena sustitutiva el condenado deberá cumplir la pena en forma efectiva o intensificarse las condiciones impuestas, con un día de abono. III.- Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 31 del Código Penal se decreta el comiso de la bicicleta incautada. Código: GKCCXQEHPCQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl IV.- Que se le exime al imputado del pago de las costas de la causa al haber admitido responsabilidad en los hechos y haber evitado la realización de un juicio oral. IV.- Una vez ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. FECHA: Santiago, diecisiete de octubre de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: PONCIANO ANDRES SALLES BASTARRICA RUC: 2400429113-8 RIT: 4192-2024 IMPUTADO: SEBASTIAN ALEXIS LEON PEREZ C.I. 16646792-6 NACIONALIDAD chileno DELITO ROBO POR SORPRESA ARTICULO Artículo 436 inciso 2° del Código Pena
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