Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de los Andes.

JORGE ELÍAS CARVAJAL CASTILLO C/ HUMBERTO ORLANDO SILVA PÉREZ

Rol

O-18-2024

Fecha

18 de octubre de 2024

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “Don JORGE ELIAS CARVAJAL CASTILLO, agricultor, víctima en la presente causa y con domicilio en la ciudad de Los Andes, conoció a los imputados Aliro Leonel Silva Pérez y a Humberto Orlando Silva Pérez, con quienes fue generando relaciones de confianza, debido a negocios por ellos realizados Código: HQWXQCLRYP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl relacionados a la actividad agrícola y el apoyo obtenido de parte de Aliro Silva Pérez en una enfermedad de fibrosis pulmonar que al Sr. Carvajal afectaba. Ello generó en la víctima confianza de la seriedad de los imputados y la buena voluntad que los motivaba. Es de esta manera que, a principio del año 2016, le ofrecieron un negocio inmobiliario, que consistía en la compra de unas propiedades en la zona, en especial en la comuna de Putaendo, y además, hacer con ellos negocios loteando dichos inmuebles, vendiendo lotes de cinco mil metros a particulares, negocio supuestamente muy rentable. Para tal objetivo, y mediante una serie de engaños, lograron que desde esa época y hasta principios del año 2018, les entregara la víctima diversas partidas de dinero, en efectivo o mediante documentos, lo que sumó la suma total de $ 417.000.000.- (cuatrocientos doce millones de pesos), que corresponden $ 350.000.00.-0 para la compra de la parcela que se iba a lotear y la suma de $ 67.000.000.- por insumos agrícolas que compró para entregárselos a los imputados, quienes operaban a través de la sociedad denominada AGROTRIGAL S.A. sociedad que era representada por el imputado Aliro Silva Pérez. Para efectos de obtener la entrega de los fondos y aparentar seriedad en el cumplimiento de los supuestos negocios ofertados— la cual era inexistente-, los imputados hicieron firmar a la víctima diversos contratos a cambio de cuya suscripción la victima hacia entrega de los fondos a los imputados y donde se daban supuestas garantías que no eran reales: En primer lugar firmó doc

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: INDIVIDUALIZACIÓN DEL TRIBUNAL E INTERVINIENTES. Con fecha 3, 7, 8, 9, 11 y 14 de octubre de 2024, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Andes, integrada por los jueces doña Alessandra Tubino Tassara, en calidad de Presidente de sala, Cristian Cáceres Castro y María Fernanda Cornejo Sandoval, todos jueces titulares de este Tribunal, se llevó a efecto el juicio oral RIT N° 18-2024, seguido en contra de don ALIRO LEONEL SILVA PÉREZ, sin apodo, cédula de identidad N° 10.487.055-4, nacido el 30 de junio de 1965, sector de San Lorenzo, comuna de Cabildo, 59 años, agricultor y comerciante, domiciliado en Parcela N° 23, sector El Escorial, comuna de Panquehue y respecto de don HUMBERTO ORLANDO SILVA PÉREZ, sin apodo, cédula de identidad N° 8.175.509-4, nacido el 27 de agosto de 1958 en Cabildo, 66 años, comerciante y agricultor, domiciliado en Avenida Con Con Reñaca, N° 205, Con Con. Fue parte acusadora del presente juicio el Ministerio Público, representado por el fiscal adjunto don JORGE ALFARO FIGUEROA y como parte querellante, comparecieron los abogados don JULIO LEÓN ESCUDERO Y EDUARDO BERRÍOS VALENZUELA; en tanto la defensa del acusado, estuvo a cargo del defensor penal privado, don FERNANDO MORALES PÉREZ, todos con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. SEGUNDO: PRETENSIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO. HECHOS. El Ministerio Público fundó su acusación, según se lee en el auto de apertura, en los siguientes hechos: “Don JORGE ELIAS CARVAJAL CASTILLO, agricultor, víctima en la presente causa y con domicilio en la ciudad de Los Andes, conoció a los imputados Aliro Leonel Silva Pérez y a Humberto Orlando Silva Pérez, con quienes fue generando relaciones de confianza, debido a negocios por ellos realizados Código: HQWXQCLRYP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl relacionados a la actividad agrícola y el apoyo obtenido de parte de Aliro Silva Pérez en una enfermedad de fibrosis pulmonar que al Sr. Carvajal afectaba. Ello generó en la víctima confianza de la seriedad de los imputados y la buena voluntad que los motivaba. Es de esta manera que, a principio del año 2016, le ofrecieron un negocio inmobiliario, que consistía en la compra de unas propiedades en la zona, en especial en la comuna de Putaendo, y además, hacer con ellos negocios loteando dichos inmuebles, vendiendo lotes de cinco mil metros a particulares, negocio supuestamente muy rentable. Para tal objetivo, y mediante una serie de engaños, lograron que desde esa época y hasta principios del año 2018, les entregara la víctima diversas partidas de dinero, en efectivo o mediante documentos, lo que sumó la suma total de $ 417.000.000.- (cuatrocientos doce millones de pesos), que corresponden $ 350.000.00.-0 para la compra de la parcela que se iba a lotear y la suma de $ 67.000.000.- por insumos agrícolas que compró para entregárselos a los imputados, quienes operaban a

Fallo

POR TANTO: Rogamos a S.S. tenerlo presente y aprobarlo. PRIMER OTROSI: EDUARDO BERRIOS VALENZUELA, abogado, con domicilio en la calle Portus 152, San Felipe, y don JULIO LEON ESCUDERO, abogado, con domicilio en Santo Domingo 154, San Felipe, ambos por la parte querellante don JORGE ELIAS CARVAJAL CASTILLO, ya individualizado en esta causa, hoy su sucesión, en autos seguidos en contra de don Aliro Leonel Silva Pérez, y don Humberto Orlando Silva Pérez, RIT Nº 869-2019, a S.S. con respeto decimos: Que venimos en este acto, ello conforme a lo establecido en el artículo 261 letra d) del Código Procesal penal, y en relación con lo dispuesto en el artículo 60 y 61 de mismo cuerpo legal, y en relación con el artículo 254 del Código de Procedimiento Civil, en Interponer demanda Civil en contra de los imputados y acusados en la presente causa, don ALIRO LEONEL SILVA PEREZ, comerciante, domiciliado en Parcela 23, Sector El Escorial, comuna de Panquehue y don HUMBERTO ORLANDO SILVA PEREZ, comerciante, domiciliado en Avenida Concón Reñaca N O 205, comuna de Concón, ambos representados en su defensa por el abogado don Fernando Morales Pérez, con domicilio y forma de notificación señalados en estrados, solicitando a S.S., que se le condene al pago de las siguientes cantidades, en forma solidaria: Código: HQWXQCLRYP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl a.- La suma de $ 350.000.000.- por concepto de daño emergente, más los rea

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Los Andes, dieciocho de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: INDIVIDUALIZACIÓN DEL TRIBUNAL E INTERVINIENTES. Con fecha 3, 7, 8, 9, 11 y 14 de octubre de 2024, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Andes, integrada por los jueces doña Alessandra Tubino Tassara, en calidad de Presidente de sala, Cristian Cáceres Castro y María Fernanda Cor

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