2º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ LEODAN ANDRÉS CHÁVEZ CHÁVEZ

Rol

O-3182-2022

Fecha

16 de octubre de 2024

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS 1° Ante el 2° Juzgado de Garantía de Santiago, se realizó la audiencia de procedimiento simplificado, con la asistencia de la Fiscal Adjunto Sra. Lía Herrera F. y de la defensora penal público Sra. Constanza Bozo C. Comparece el imputado Leodán Andrés Chávez Chávez, cédula de identidad 19.169.246-2, domiciliado en calle Tauro N° 0490, Quilicura.- Los hechos por los cuales se requiere responsabilidad al encartado consisten, en síntesis, en que: El día 24 de Mayo del año 2022, a las 15:59 horas aproximadamente, en la vía pública, específicamente en la intersección de calles San Luis con Manuel Antonio Matta, en la comuna de Quilicura, el imputado fue sorprendido portando en el cinto de su pantalón un cuchillo de 12 centímetros de empuñadura y 9 centímetros de hoja, sin justificar razonablemente su porte.- En concepto del Ministerio Público los hechos descritos constituyen el delito previsto por el artículo 288 bis del Código Penal, en grado de consumado.- El Ministerio Público no invoca circunstancias agravante de responsabilidad y solicita se imponga pena de multa por el equivalente a 1/3 (un tercios) de Unidad Tributaria Mensual, comiso, sin costas .- 2° Después de haber informado al imputado de los diversos procedimientos para juzgar la causa y las eventuales penas que enfrentaría en las diversas instancias, renunció a su derecho a juicio oral simplificado, asumiendo su responsabilidad en los hechos y juzgamiento inmediato en esta audiencia.- 3° En mérito de lo anterior, esto es, el reconocimiento expreso de responsabilidad efectuado por el encartado de los hechos objeto de requerimiento, se tendrá como hechos ciertos en la causa, que, en horas de la tarde del 24 de Mayo del año 2022, personal policial sorprendió a un hombre en la vía pública, la intersección de calle San Luis con Manuel Antonio Matta, en la comuna de Quilicura, portando un arma blanca, tipo cuchillo sin justificar razonablemente las circunstancias para portar este elemento .- En consecuenc

Fundamentos

Considerando que efectivamente el imputado detenta una condición social precaria, se hará lugar a la petición de la defensa, para no agravar su situación personal.- Código: CTWVXQQTXXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 49, 288 bis del Código Penal, se declara: Se condena a Leodán Andrés Chávez Chávez, cédula de identidad 19.169.246-2, ya individualizado, a la pena de multa por el equivalente a 1/3 de Unidad Tributaria Mensual, en calidad de autor infractor del ilícito de porte de arma blanca, previsto por el artículo 288 bis del Código Penal, consumado.- Para efectos del pago de la pena pecuniaria, se efectúa su conversión anticipada en un día de reclusión, al cual se imputa igual lapso de privación de libertad en esta causa, en virtud de orden de detención (16 de Octubre de 2024). En consecuencia la pena pecuniaria se tiene por cumplida.- Se decreta el comiso del arma incautada y se autoriza al Ministerio Público para que proceda a efectuar su destrucción. Tratándose de la primera sentencia impuesta al sentenciado, proceda el Registro Civil e Identificación a dar cumplimiento a lo dispuesto 38 de la Ley 18.216.- Se exime de condena en costas al sentenciado.- Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad.- Pronunciada por don Paulo Orozco López, Juez de Garantía de Santiago Código: CTWVXQQTXXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-10-21T07:09:12-0300

Texto Completo (Preview)

DELITO : PORTE de ARMA BLANCA. ARTICULO 288 BIS C.P. IMPUTADO : LEODAN ANDRES CHAVEZ CHAVEZ RUC : 2200505012-3 RIT : 3182 - 2022 Santiago, dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS 1° Ante el 2° Juzgado de Garantía de Santiago, se realizó la audiencia de procedimiento simplificado, con la asistencia de la Fiscal Adjunto Sra. Lía Herrera F. y de la defensora penal público Sra. Constanz

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