VILLEGAS/ILUSTRE MUNIPALIDAD DE SANTIAGO
Rol
C-29300-2019
Fecha
29 de junio de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Visto Comparece Manuel Francisco Villegas Badilla, taxista, con domicilio en calle Tarapacá N°752, departamento 201, Torre A, comuna de Santiago, y deduce demanda de prescripción extintiva, en contra de la Ilustre Municipalidad de Santiago, con domicilio en Plaza de Armas s/n, comuna de Santiago, solicitando que se declare la prescripción extintiva de las acciones para el cobro de los derechos de aseo comprendidos entre septiembre de 2001 a septiembre de 2016, por un monto de $1.520.884, debidamente reajustados a la fecha, en subsidio, se declare prescripción de los 5 años, contados desde la notificación de la demanda, con costas. Refiere que la propiedad de calle Tarapacá 750, departamento 201 Torre A, comuna de Santiago, adeuda derechos de aseo que no fueron pagados y que figuran pendientes como deuda con la Ilustre Municipalidad de Santiago, por el período que va desde el 30 de septiembre de 2001 a 30 de septiembre de 2016. Funda demanda en disposiciones de los artículos 2492,2514, 2515 y 2521 del Código Civil. Mediante resolución de 3 de abril de 2021 se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de la demandada. Llamadas las partes a conciliación, ésta no se produce. C-29300-2019 Foja: 1 Se omitió la recepción de la causa a prueba, por no existir hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. Se citó a las partes a oír sentencia.
Fundamentos
Considerando Primero: Ha comparecido Manuel Francisco Villegas Badilla, deduciendo demanda de prescripción extintiva, en contra de la Ilustre Municipalidad de Santiago, solicitando que se declare la prescripción extintiva de las acciones para el cobro de los derechos de aseo comprendidos entre septiembre de 2001 a septiembre de 2016, por un monto de $1.520.884, debidamente reajustados a la fecha, en subsidio, se declare prescripción de los 5 años, contados desde la notificación de la demanda, con costas. Funda demanda en antecedentes de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia. Segundo: A la contestación de demanda se le tuvo por extemporánea. Tercero: La prescripción extintiva es un modo de extinguir las acciones y es producto del transcurso del tiempo unido a la inactividad del acreedor para hacer valer su derecho al crédito, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2492 del Código Civil. Cuarto: Los derechos emanados de los servicios de aseo municipal se enmarcan jurídicamente en la noción de “Tributo”, ya que se trata de una prestación respeto de la cual se encuentra obligado el propietario de un bien raíz. Ahora, y según lo prescrito en artículo 9 sobre Decreto Ley 3.063, será pagado por el dueño u ocupante de la propiedad asociando el gravamen al dominio del bien. El artículo 47 de la Ley de Rentas Municipales (D.L.N°3.063 de 1979) prescribe que “para efectos de cobro judicial de las patentes, derechos y tasas municipales, tendrá mérito el certificado que acredite la deuda emitido por el secretario municipal (…)” y dentro de los derechos a que alude se encuentran los derechos del artículo 7 y siguientes de la ley en mención. C-29300-2019 Foja: 1 Dicho lo antes expuesto, corresponde aplicar lo dispuesto en artículo 2521 del Código Civil, cual sostiene que “El plazo de prescripción de las acciones de las cuales el titular el Fisco de Chile y las Municipalidades, es de 3 años, el que conforme a las reglas generales se contabiliza desde que la obligación se ha hecho exigible”. Quinto: A partir del razonamiento expuesto, corresponde averiguar la época en que se hizo exigible la obligación de pago de derechos de aseo adeudados por la propiedad ubicada en calle Tarapacá 752, departamento 201 Torre A, comuna de Santiago. Sexto: Al efecto, se encuentra acompañado en la causa certificado de deuda emanado de la Municipalidad de Santiago, que da cuenta que la propiedad ubicada en calle Tarapacá 752, departamento 201 Torre A, comuna de Santiago, adeuda derechos de aseo, cuyas fechas de vencimiento van desde el 30 de septiembre de 2001 a 30 de junio de 2019, por la suma total de $1.629.503.- (un millón seiscientos veintinueve mil quinientos tres pesos). Séptimo: Con el mérito de la prueba acompañada por la actora la que no ha sido objetada de contrario, ha de encontrarse acreditado los siguientes hechos: a) La propiedad ubicada en calle Tarapacá 752, departamento 201 Torre A, comuna de Santiago, adeuda derechos de
Fallo
se declara: I. Que se acoge la demanda de prescripción extintiva de cobro de derechos de aseo deducida en autos. II. Que como consecuencia de lo antes expuesto, se declara la prescripción de las acciones para el cobro de derechos de aseo adeudados por la propiedad ubicada en calle Tarapacá 752, departamento 201 Torre A, comuna de Santiago, por el período que va desde el 30 de septiembre de 2001 a 30 de septiembre del año 2016, ambos inclusive, y que asciende a la suma de $1.520.884, (un millón quinientos veinte mil ochocientos ochenta y cuatro pesos); III. Que, cada parte pagará sus costas. Regístrese y archivase; Rol N°29300-2019 Pronunciada por Ricardo Núñez Videla, Juez Titular Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintinueve de Junio de dos mil veintiuno C-29300-2019 Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-06-29T18:56:25-0400
Texto Completo (Preview)
C-29300-2019 Foja: 1 FOJA: 1 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-29300-2019 CARATULADO : VILLEGAS/ILUSTRE MUNIPALIDAD DE SANTIAGO Santiago, veintinueve de Junio de dos mil veintiuno Visto Comparece Manuel Francisco Villegas Badilla, taxista, con domicilio en calle Tarapacá N°752, departamento 201, Torre A, comuna de Santiago, y deduce demanda
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