MELITON ARIEL ELGUETA GUTIERREZ C/ SERGIO ANTONIO MUÑOZ PAVEZ
Rol
O-472-2024
Fecha
11 de octubre de 2024
Materia
CONDUC.VEHIC DURANTE VIG ALG.SANCI IMPUEST ART209 LEY 18290.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente: Por estas consideraciones y visto, además, lo prevenido en los artículos 1, 2, 3, 5, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N°, 18, 19, 22, 25, 26, 30, 31, 49, 50, 60, 61, 67, 70 del Código Penal; artículos 45, 48, 342, 388, 389, 393 y 395 del Código Procesal Penal; artículo 196 y 110 de la Ley 18.290; y artículos 1 y 8 de la Ley 18.216; se declara: I.- Que se condena a SERGIO ANTONIO MUÑOZ PAVEZ, Run N° 10.457.828-4, CON DOMICILIO EN SECTOR SALTO DE AGUA S/N, CURANIPE. COMUNA DE PELLUHUE, a sufrir la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, pago de una multa de un tercio de unidad tributaria mensual, en su calidad de autor por el delito consumado de CONDUCIR VEHICULO CON SANCIÓN VIGENTE, previsto y sancionado en el artículo 209 de la ley 18.290, perpetrado el día 11 de abril del año 2024, en la Ruta N-60 a la altura del Kilometro 32, de la comuna de Ninhue. II.- Que reuniéndose en esta caso los requisitos del artículo 8 de la Ley N° 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de reclusión parcial domiciliaria nocturna, por el termino de cuarenta y un días, consistente en el encierro en su domicilio ubicado en SECTOR SALTO DE AGUA S/N, CURANIPE. COMUNA DE PELLUHUE, entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente, cuyo control deberá efectuarse por el Centro de Reinserción Social de Código: CXRYXQHVGXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Cauquenes, y atendida la ruralidad del domicilio del condenado el cumplimento de la pena sustitutiva se deberá efectuar por Carabineros del domicilio del condenado, en días y horas distintas al menos dos veces a la semana, debiendo el Centro de Reinserción Social coordinarse con Carabineros de Chile. Se fija como fecha de presentación para el inicio del cumplimento de la condena e
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo prevenido en los artículos 1, 2, 3, 5, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N°, 18, 19, 22, 25, 26, 30, 31, 49, 50, 60, 61, 67, 70 del Código Penal; artículos 45, 48, 342, 388, 389, 393 y 395 del Código Procesal Penal; artículo 196 y 110 de la Ley 18.290; y artículos 1 y 8 de la Ley 18.216; se declara: I.- Que se condena a SERGIO ANTONIO MUÑOZ PAVEZ, Run N° 10.457.828-4, CON DOMICILIO EN SECTOR SALTO DE AGUA S/N, CURANIPE. COMUNA DE PELLUHUE, a sufrir la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, pago de una multa de un tercio de unidad tributaria mensual, en su calidad de autor por el delito consumado de CONDUCIR VEHICULO CON SANCIÓN VIGENTE, previsto y sancionado en el artículo 209 de la ley 18.290, perpetrado el día 11 de abril del año 2024, en la Ruta N-60 a la altura del Kilometro 32, de la comuna de Ninhue. II.- Que reuniéndose en esta caso los requisitos del artículo 8 de la Ley N° 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de reclusión parcial domiciliaria nocturna, por el termino de cuarenta y un días, consistente en el encierro en su domicilio ubicado en SECTOR SALTO DE AGUA S/N, CURANIPE. COMUNA DE PELLUHUE, entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente, cuyo control deberá efectuarse por el Centro de Reinserción Social de Código: CXRYXQHVGXP Este document
Texto Completo (Preview)
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Fecha Quirihue, once de octubre de dos mil veinticuatro. RUC 2400600797-6 RIT 472-2024. Magistrado ADOLFO MONTENEGRO VENEGAS. Fiscal MARIA DE LOS ANGELES CACERES TORRES Defensor Privado IGNACIO PAVEZ DIAZ Hora de inicio 11:44 horas. Hora de término 12:04 horas. N.° de registro de audio 2400600797-6-152. Encargado de actas Karlo Garrido Godoy ASISTENCIA. Aper
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica