TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL COLINA

MP C/ RODRIGO ALBERTO VERA MUÑOZ

Rol

O-68-2022

Fecha

18 de octubre de 2024

Materia

VIOLACION DE MORADA.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “Que con fecha 25 de julio del año 2020, siendo aproximadamente las 21:15 el imputado Rodrigo Alberto Vera Muñoz ingresó al domicilio de la víctima de iniciales J. D. A. C. F. ubicado en avenida Francia Nº 90, sector Batuco, de la comuna de Lampa con el objeto de sustraer las especies que se encontraban al interior de la propiedad, para dichos fines el imputado escaló y forzó la malla metálica perimetral que se encontraba en el costado sur del inmueble, lugar por donde ingresó y posteriormente sustrajo diversas especies dentro de las cual se Código: RTZXXQXPHWP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 encontraban con serrucho eléctrico, galletero, herramientas, una soldadora, avaluada en la suma de 250.000 pesos, siendo sorprendido al interior del inmueble por la víctima cuando se encontraba debajo de una cama, siendo detenido por funcionarios de Carabineros sin encontrar la especie en su poder.” (SIC) El Ministerio Público calificó tales hechos como constitutivos de un delito de robo con fuerza en lugar habitado, previsto y sancionado en el artículo 440 N° 1 del Código Penal. Planteó que el ilícito se encuentra en grado de desarrollo consumado y que en los mismos le correspondió al acusado una participación en calidad de autor, conforme al artículo 15 N° 1 del Código Penal. Agregó que, respecto del encartado, concurre la circunstancia agravante de responsabilidad penal de reincidencia específica, del artículo 12 N° 16 del Código Penal, por lo que solicitó que se le impusiera la pena de nueve años de presidio mayor en su grado mínimo, además de las accesorias legales, y se le condene al pago de las costas según lo prescrito en el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal. Finalmente, solicitó que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 17 de la Ley N° 19.970, sobre Sistema Nacional de Registros de ADN, en la oportunidad procesal correspondiente, se determine la huella genética del cond

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Colina, integrada por los magistrados María Laura Gjurovic, quien la presidió, Gabriela Abusabal Chacoff y René Subiabre Pérez, el día 8 de octubre de 2024 tuvo lugar la audiencia de juicio oral en la causa RUC N° 2000751863-4, RIT N° 68-2022, seguida en contra de Rodrigo Alberto Vera Muñoz, chileno, cédula nacional de identidad N° 16.562.827-6, nacido en Lampa el 18 de mayo de 1988, 36 años, soltero, apodado “El Piojo”, estudios básicos incompletos, comerciante ambulante, domiciliado en calle Inglaterra N° 1.376, Población Batuco, comuna de Lampa. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la fiscal adjunto Alejandra Ruíz Herrera, mientras que la representación judicial del encartado estuvo a cargo del defensor penal público Matías García Muñoz. SEGUNDO: Acusación fiscal. Que, la acusación fiscal se fundó en los siguientes hechos: “Que con fecha 25 de julio del año 2020, siendo aproximadamente las 21:15 el imputado Rodrigo Alberto Vera Muñoz ingresó al domicilio de la víctima de iniciales J. D. A. C. F. ubicado en avenida Francia Nº 90, sector Batuco, de la comuna de Lampa con el objeto de sustraer las especies que se encontraban al interior de la propiedad, para dichos fines el imputado escaló y forzó la malla metálica perimetral que se encontraba en el costado sur del inmueble, lugar por donde ingresó y posteriormente sustrajo diversas especies dentro de las cual se Código: RTZXXQXPHWP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 encontraban con serrucho eléctrico, galletero, herramientas, una soldadora, avaluada en la suma de 250.000 pesos, siendo sorprendido al interior del inmueble por la víctima cuando se encontraba debajo de una cama, siendo detenido por funcionarios de Carabineros sin encontrar la especie en su poder.” (SIC) El Ministerio Público calificó tales hechos como constitutivos de un delito de robo con fuerza en lugar habitado, previsto y sancionado en el artículo 440 N° 1 del Código Penal. Planteó que el ilícito se encuentra en grado de desarrollo consumado y que en los mismos le correspondió al acusado una participación en calidad de autor, conforme al artículo 15 N° 1 del Código Penal. Agregó que, respecto del encartado, concurre la circunstancia agravante de responsabilidad penal de reincidencia específica, del artículo 12 N° 16 del Código Penal, por lo que solicitó que se le impusiera la pena de nueve años de presidio mayor en su grado mínimo, además de las accesorias legales, y se le condene al pago de las costas según lo prescrito en el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal. Finalmente, solicitó que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 17 de la Ley N° 19.970, sobre Sistema Nacional de Registros de ADN, en la oportunidad procesal correspondiente, se determine la huella genética del condenado, previa toma de muestras

Fallo

fallo de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, de fecha 20 de septiembre de 2023, en causa Rol N° 4.152-2023, que realiza un análisis detallado de la situación. Código: RTZXXQXPHWP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 35 entorno familiar, representa una evidente mayor afectación a la seguridad personal de ésta. Por lo razonado, no se impondrá la pena mínima asignada en abstracto al delito, fijándola en 301 días de reclusión menor en su grado mínimo, como lo solicitaron de manera coincidente los litigantes. DÉCIMO NOVENO: Forma de cumplimiento y abonos. Que, atendido lo que se consigna en el Extracto de Filiación y Antecedentes la pena corporal que se impondrá será de cumplimiento efectivo. Servirá de abono el tiempo que el sentenciado ha permanecido privado de libertad con ocasión de esta causa, esto es desde el día de su detención verificada el 25 de julio de 2020 y posterior prisión preventiva, que se mantuvo hasta el 2 de diciembre del mismo año, fecha en que quedó sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno y que se mantuvo hasta el 5 de julio de 2022, según se consigna en el auto de apertura y en el certificado de 15 de octubre de 2024, del Ministro de Fe (s) de este tribunal, quien además da cuenta de un total de 59 incumplimientos a la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno. En consecuencia, el sentenciado verifica un total de 480 días de abono, por lo que se tendrá p

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1 Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Colina. C/ Rodrigo Alberto Vera Muñoz Robo en lugar habitado RIT : 68-2022.- RUC : 2000751863-4.- En Colina, a dieciocho de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos, oídos y considerando: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Colina, integrada por los magistrados María Laura Gjurovic, quien la pr

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