MINISTERIO PUBLICO ANTOFAGASTA C/ LUIS DEIVID SAUCEDO PARADA
Rol
O-451-2024
Fecha
17 de octubre de 2024
Materia
CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha siete de octubre pasado, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, integrada por las jueces don José Luis Ayala Leguas, quien presidió, don Marcelo Eduardo Echeverría Muñoz y doña Paula Lorena Ortiz Saavedra, se llevó a efecto, la audiencia del juicio oral, correspondiente a la causa RUC Nº 2200926958-8, RIT Nº 451- 2024, seguida en contra del acusado don LUIS DEIVID SAUCEDO PARADA, boliviano, RUT N° 14.890.433-2, nacido el 4 de abril de 1987, 37 años, soltero, carpintero, con domicilio en Luis Cruz Martínez N° 7173, de Antofagasta. Fue parte acusadora, el Ministerio Público, representado por el Fiscal, abogado, don Carlos Lillo Adaos, en tanto que la defensa del acusado estuvo a cargo del abogado de la Defensoría Penal Pública Licitada, don Hugo León Saavedra. SEGUNDO: Que, los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación, contenida en el auto de apertura del juicio oral de fecha 22 de julio de 2024, proveniente del Juzgado de Garantía de Antofagasta, son los siguientes: “El día 18 de septiembre de 2022, alrededor de las 22:00 horas, en circunstancias que el imputado LUIS DEIVID SAUCEDO PARADA, ya individualizado, conducía en estado de ebriedad y sin licencia de conducir el vehículo marca kia, modelo frontier, año 2008, placa patente única BTLJ.34, por calle Benito Ocampo con Código: HUFHXQGJQXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 calle oficina Ausonia de Antofagasta, instante en que debido a su estado de intemperancia alcohólica realiza una maniobra imprudente y colisiona al vehículo placa patente YN.9333, de propiedad de la victima de iniciales F.I.F.G., el cual se encontraba estacionado en dicha intersección, acción que fue advertida por personal de carabineros quienes al fiscalizar al imputado se percatan que conducía sin licencia de conducir y en evidente estado de ebriedad, lo que les constó por su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar, por lo que se le practicó prueba respiratoria la que arrojó como resultado 2.08 G/L. cuestión que fue ratificada a través del peritaje de alcoholemia practicado el que arrojó como resultado 2.49 gramos de alcohol por mil en la sangre, según consta de informe de alcoholemia N° 3143-2022 del Servicio Médico Legal de Antofagasta.” Según el Ministerio Público, los hechos descritos, son constitutivos del delito consumado de conducción en estado de ebriedad, causando daños, sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en los artículos 110, 196 y 209 de la Ley 18.290, en el cual, se le atribuye al encausado, participación en calidad de autor, de conformidad a lo establecido en el artículo 15 Nº 1 del Código Penal. Agrega, que beneficia al acusado, la atenuante prevista en el artículo 11 N° 6 del Código Penal, por lo que solicita, se imponga la pena de ochocientos diecisiete días de presidio m
Fallo
Por estas consideraciones y, de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 1°, 11 N° 6, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 18, 21, 24, 25, 26, 30, 47, 49, 50, 60, 62, 67, 69, 70; 1°, 4° y siguientes y 38 de la Ley 18.216; artículos 110, 196 y 209 de la Ley 18.290; 1°, 4°, 36, 45, 46, 47, 281, 295, 296, 297, 309, 315, 325, 328, 329, 333, 338, 339, 340, 341, 342, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal; e Instrucciones del Pleno de la Excma. Corte Suprema sobre la forma y contenido de las sentencias dictadas por los Tribunales de la Reforma Procesal Penal, se declara: I.- Que, SE CONDENA, al acusado, LUIS DEIVID SAUCEDO PARADA, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO y AL PAGO DE UNA MULTA DE DOS Código: HUFHXQGJQXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 17 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, equivalente a la moneda de curso legal vigente al momento de su pago efectivo, además a la SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR POR EL TÉRMINO DE DOS AÑOS, más accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, sin haber obtenido licencia de conducir, causando daños, cometido en Antofagasta, el 18 de septiembre de 2022. La referida multa, podrá ser pagada por el acusado, en cuatro cuotas iguales, mensuales y sucesivas, las que deberá enterar dentro de lo
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1 Antofagasta, jueves diecisiete de octubre de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha siete de octubre pasado, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, integrada por las jueces don José Luis Ayala Leguas, quien presidió, don Marcelo Eduardo Echeverría Muñoz y doña Paula Lorena Ortiz Saavedra, se llevó a efecto, la audiencia del juicio oral,
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