MP C/ CAMILA ANDREA SALDIVIA FLÁNDEZ
Rol
O-1020-2023
Fecha
13 de octubre de 2024
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
Individualización de audiencia de control de la detención. Fecha Concepción, trece de octubre de dos mil veinticuatro Magistrado CLAUDIA ANDREA CASTILLO JIMENEZ Fiscal JORGE ESTEBAN LORCA RODRÍGUEZ Defensor ARIEL MUÑOZ ESPINOZA Hora inicio 11:23 AM Hora término 11:31 AM Sala 3, María Elena Bravo Chamorro Tribunal Juzgado de Garantía de Concepción RUC 2310008050-8 RIT 1020 - 2023 N° registro audio 2310008050-8-1082 Audiencia efectuada en forma semipresencial por videoconferencia. Audiencia se encuentra respaldada en forma íntegra en el registro de audio del Tribunal, conforme a lo que establece el Capítulo VIII en sus artículos 60, 61 y 62 del Acta N° 71- 2016, de fecha 16 de junio de 2016, del Tribunal Pleno de la Corte Suprema. NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION / OBSERVACION LUIS MOISÉS IBARRA CANALES 13596404-2 Moises Arce Nº 56, Puerto Montt. Conectado por videoconferencia desde el Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Apercibimiento del artículo 26 del Código Procesal Penal: Sí Actuaciones efectuadas Control de detención Ámbito afectado Detalle del Hito RELACIONES: LUIS MOISÉS IBARRA CANALES Controlado en el Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Sentencia en procedimiento simplificado, con admisión de responsabilidad. Ámbito afectado Detalle del Hito CAUSA: RUC 2310008050-8 RIT 1020 - 2023 Fecha de deliberación trece de octubre de dos mil veinticuatro Juez redactor CLAUDIA ANDREA CASTILLO JIMENEZ RELACIONES: LUIS MOISÉS IBARRA CANALES / Porte de arma cortante o punzante. Resultado Condenado. JUZGADO DE GARANTÍA DE CONCEPCIÓN. Código: XSERXQXCTTP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C/ LUIS MOISÉS IBARRA CANALES. Concepción, trece de octubre de dos mil veinticuatro. Por las consideraciones consignadas en el registro de audio de la presente audiencia y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 14 N° 1, 15 N° 1, 288 bis del Código Penal; y artículos 395 y siguientes del Código Proces
Fundamentos
considerando el tiempo de privación de libertad, entre el día 12 y 13 de octubre de 2024, se tiene por cumplida. III. Que, habiendo admitido responsabilidad, se le exime del pago de las costas de la causa. Cúmplase en su oportunidad con el artículo 468 del Código Procesal Penal. Orden de libertad Ámbito afectado Detalle del Hito RELACIONES: LUIS MOISÉS IBARRA CANALES Ordena libertad N° 111/2024 La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. La audiencia se encuentra respaldada en forma íntegra en el registro de audio del Tribunal. Dirigió la audiencia, resolvió y dictó sentencia doña CLAUDIA ANDREA CASTILLO JIMENEZ, Juez de Garantía de Concepción. Código: XSERXQXCTTP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-10-18T09:58:13-0300
Fallo
SE DECLARA: I. Que, SE CONDENA al imputado LUIS MOISÉS IBARRA CANALES, cédula de identidad N° 13.596.404-2, ya individualizado, como autor del delito consumado, previsto y sancioando en el artículo 288 bis del Código Penal, cometido en Concepción el 10 de febrero de 2023, a las siguientes penas: multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. Se dispone además el comiso de la especie incautada con motivo de su detención, especificamente un cuchillo cocinero, se dispone oficiar en su oportunidad al Ministerio Público para los fines que sean pertinentes. II. Que, en lo que dice relación con la pena pecuniaria, considerando el tiempo de privación de libertad, entre el día 12 y 13 de octubre de 2024, se tiene por cumplida. III. Que, habiendo admitido responsabilidad, se le exime del pago de las costas de la causa. Cúmplase en su oportunidad con el artículo 468 del Código Procesal Penal. Orden de libertad Ámbito afectado Detalle del Hito RELACIONES: LUIS MOISÉS IBARRA CANALES Ordena libertad N° 111/2024 La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. La audiencia se encuentra respaldada en forma íntegra en el registro de audio del Tribunal. Dirigió la audiencia, resolvió y dictó sentencia doña CL
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Individualización de audiencia de control de la detención. Fecha Concepción, trece de octubre de dos mil veinticuatro Magistrado CLAUDIA ANDREA CASTILLO JIMENEZ Fiscal JORGE ESTEBAN LORCA RODRÍGUEZ Defensor ARIEL MUÑOZ ESPINOZA Hora inicio 11:23 AM Hora término 11:31 AM Sala 3, María Elena Bravo Chamorro Tribunal Juzgado de Garantía de Concepción RUC 2310008050-8 RIT 1020 - 2023 N° registro audio
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