JUAN MAURICIO HERNANDEZ SANCHEZ C/ CRISTIAN ALEJANDRO ALMONACID LEVIÑANCO
Rol
O-640-2023
Fecha
14 de octubre de 2024
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la acusación, acepta los antecedentes de la carpeta fiscal y renuncia a su derecho a un juicio oral, manifestando su conformidad con que se realice el procedimiento abreviado. El Tribunal admite que la presente causa se tramite conforme a las reglas del procedimiento abreviado. El Fiscal del Ministerio Público incorpora los antecedentes de la carpeta investigativa. Se abre debate entre los intervinientes. Se le da la palabra al acusado. El Tribunal dicta sentencia. Sentencia: RUC RIT Ámbito afectado Detalle del Hito Valor 2300423292-5 640-2023 CAUSA.: R.U.C=2300423292-5 R.U.I.=640-2023 Fecha de deliberación 2024/10/14 Juez redactor MARIANELA DEL CARMEN Código: YGEXXQQKXLP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl MANCILLA BAÑARES RELACIONES.: ALMONACID LEVIÑANCO CRISTIAN ALEJANDRO / CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LE Resultado Condenado. CAUSA.: R.U.C=2300423292-5 R.U.I.=640-2023 - - RELACIONES.: ALMONACID LEVIÑANCO CRISTIAN ALEJANDRO / CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LE Procedimiento Abreviado. DICTA SENTENCIA: La parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Quellón, catorce de octubre de dos mil veinticuatro. Y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, 4, 47, 297, 340, 341 y siguientes, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 7, 11, N°9 del Código Penal; artículos 110, 196, y 209 de la Ley 18.290 de Transito, Ley 18.216, se resuelve: I.- Que se condena a don CRISTIAN ALEJANDRO ALMONACID LEVIÑANCO, RUN 17.649.816-1, ya individualizado, a la pena de 541 DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO; multa de 1/3 UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, accesoria legal de SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR por el plazo de 02 años, y accesoria legal de suspensión para cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena, por la responsabilidad que le cabe como a
Fallo
se resuelve: I.- Que se condena a don CRISTIAN ALEJANDRO ALMONACID LEVIÑANCO, RUN 17.649.816-1, ya individualizado, a la pena de 541 DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO; multa de 1/3 UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, accesoria legal de SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR por el plazo de 02 años, y accesoria legal de suspensión para cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena, por la responsabilidad que le cabe como autor de un delito consumado de Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, sin contar con licencia de conducir, previsto y sancionado en el artículo 196, en relación al artículo 110, y 209 de la Ley de Tránsito, perpetrado en Quellón el día 16 de abril de 2023. II.- Que se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad por la: REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo el sentenciado quedar sujeto al control y observancia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de Castro por el plazo de 02 AÑOS, debiendo cumplir los restantes requisitos del artículo 5° de la ley N° 18.216. El sentenciado deberá presentarse a dicho centro dentro del plazo de 15 días, bajo apercibimiento de despacharse una orden de detención en su contra. Si esta pena sustitutiva fuere revocada, el sentenciado deberá cumplir íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta o, en Código: YGEXXQQKXLP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl su caso, se la remplazará por una pena sustitut
Texto Completo (Preview)
Individualización de Audiencia de Procedimiento abreviado// Dicta Sentencia P.abreviado. Fecha Quellón, catorce de octubre de dos mil veinticuatro Magistrado MARIANELA DEL CARMEN MANCILLA BAÑARES Fiscal FABIÁN IGNACIO FERNÁNDEZ GATICA Defensor DANIEL IVÁN FUENZALIDA MATURANA Hora inicio 12:34PM Hora termino 01:01PM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Quellon. Acta jmvc RUC 230042
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