Juzgado de Garantía de San Carlos.

GERARDO ANTONIO MUÑOZ HERNANDEZ C/ BRYAN PATRICIO KLENER MORALES

Rol

O-2107-2023

Fecha

16 de octubre de 2024

Materia

QUEBRANTAMIENTO.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Por estas consideraciones y visto, además, lo prevenido en los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 90 N° 1 del Código Penal; artículos 395 del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I. Que, se condena al imputado don BRYAN PATRICIO KLENER MORALES, cédula nacional de identidad N° 0018366844-7, ya individualizado, a la pena de VEINTE (20) DÍAS DE INCOMUNICACIÓN quedando sujeto al régimen más estricto del establecimiento penal, por el ilícito de quebrantamiento de condena cometido en territorio jurisdiccional de este tribunal el día 25 de septiembre de 2023. II. Que dado lo informado por Gendarmería se tiene por cumplida la pena impuesta. III. Que no se le condena en costas por haber admitido responsabilidad en contexto de un procedimiento simplificado. Dese cumplimiento en su oportunidad a lo establecido en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Quedan las partes notificadas en audiencia. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se entiende firme y ejecutoriada la resolución por la renuncia a recursos y términos. RUC 2301041546-2 RIT 2107 - 2023 Dirigió la audiencia y resolvió IVAN SANTIBAÑEZ TORRES, Juez Titular del Juzgado de Garantía de San Carlos. Código: YJXHXQVGELX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-10-16T14:06:06-0300

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo prevenido en los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 90 N° 1 del Código Penal; artículos 395 del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I. Que, se condena al imputado don BRYAN PATRICIO KLENER MORALES, cédula nacional de identidad N° 0018366844-7, ya individualizado, a la pena de VEINTE (20) DÍAS DE INCOMUNICACIÓN quedando sujeto al régimen más estricto del establecimiento penal, por el ilícito de quebrantamiento de condena cometido en territorio jurisdiccional de este tribunal el día 25 de septiembre de 2023. II. Que dado lo informado por Gendarmería se tiene por cumplida la pena impuesta. III. Que no se le condena en costas por haber admitido responsabilidad en contexto de un procedimiento simplificado. Dese cumplimiento en su oportunidad a lo establecido en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Quedan las partes notificadas en audiencia. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se entiende firme y ejecutoriada la resolución por la renuncia a recursos y términos. RUC 2301041546-2 RIT 2107 - 2023 Dirigió la audiencia y resolvió IVAN SANTIBAÑEZ TORRES, Juez Titular del Juzgado de Garantía de San Carlos. Código: YJXHXQVGELX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-10-16T14:06:06-0300

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de procedimiento simplificado. Fecha San Carlos., dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro Magistrado IVAN SANTIBAÑEZ TORRES Fiscal TAMARA CECILIA CUELLO PEÑA Defensor ANDRES MACAYA CONTERAS Hora inicio 11:01AM Hora termino 11:06AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de San Carlos. Acta cda RUC 2301041546-2 RIT 2107 - 2023 Actuaciones efectuadas NOMBRE IMPU

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