10º Juzgado de Garantía de Santiago

LORENZO ANDRES HUEICHA HERNANDEZ C/ ALAN PATRICIO LASTRA RÍOS

Rol

O-466-2023

Fecha

16 de octubre de 2024

Materia

ATENTADOS Y AMENAZAS CONTRA LA AUTORIDAD. ART. 261N? 1Y., RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 2 de febrero de 2 2 , aproximadamente a las :5 horas, en la vía pública, esto es, en Av. Lo Ovalle intersección Clotario Blest, comuna de Pedro Aguirre Cerda, el imputado ALAN PATRICIO LASTRA RÍOS fue sorprendido por personal policial, conduciendo y manteniendo en su poder el vehículo motorizado marca Citroen, modelo New Cactus, color blanco, año 2 2 , placa patente única LVLV- , que mantenía encargo vigente por robo de vehículo motorizado SEBV N° 2 22 2-5 , de fecha 2 de Diciembre del año 2 22, hechos denunciados a personal policial de la Comisaría de Carabineros de Cuaracaví, por la víctima de inciales M.E.O.P., sabiendo o no pudiendo menos que saber el orígen ilícito del vehículo. Además de lo anterior, al momento de ser fiscalizado por funcionarios policiales en actos de servicio, este continuó su marcha, dirigiendo el vehículo en contra de los funcionarios policiales con conocimiento de su calidad de tal, huyendo del lugar, haciendo caso omiso al personal policial y oponiendo resistencia a su detención. Santiago, quince de octubre de dos mil veinticuatro.- Se declara: l.- Se condena a ALAN PATRICIO LASTRA RÍOS, ya individualizado en esta causa, a las siguientes penas: a) A la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al pago de una multa de 4 unidades tributarias mensuales por su responsabilidad en calidad de autor del delito de receptación de vehículos motorizados, hecho perpetrado el día 2 de febrero del año 2 2 en territorio jurisdiccional de este tribunal. Código: XVXZXQKRNDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl b) A la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo y suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena por su responsabilidad en calidad de autor del delito de atentado contra la autoridad, hecho perpetrado

Fallo

Se declara: l.- Se condena a ALAN PATRICIO LASTRA RÍOS, ya individualizado en esta causa, a las siguientes penas: a) A la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al pago de una multa de 4 unidades tributarias mensuales por su responsabilidad en calidad de autor del delito de receptación de vehículos motorizados, hecho perpetrado el día 2 de febrero del año 2 2 en territorio jurisdiccional de este tribunal. Código: XVXZXQKRNDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl b) A la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo y suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena por su responsabilidad en calidad de autor del delito de atentado contra la autoridad, hecho perpetrado el día 2 de febrero del año 2 2 en territorio jurisdiccional de este tribunal. II.- Que las penas corporales impuestas deberán ser cumplidas de manera real y efectivas, sirviendo de abono el tiempo que ha permanecido ininterrumpidamente privado de libertad por estos antecedentes desde el día de marzo del año 2 2 a la fecha. III.- Que, la multa impuesta deberá ser enterada en parcialidades iguales, mensuales y sucesivas de cuatro unidades tributarias mensuales cada una, la primera de ellas el último día hábil del mes siguiente ejecutoriada esta sentencia y así sucesivamente. IV.- Habie

Texto Completo (Preview)

RUC : - RIT : - MAGISTRADO : CLAUDIO ORTEGA LOYOLA NOMBRE IMPUTADO : ALAN PATRICIO LASTRA RÍOS CEDULA DE IDENTIDAD : - DOMICILIO : DE AGOSTO Nº 25 4, Pedro Aguirre Cerda. FISCAL : MIGUEL ARTURO PALACIOS HENRIQUEZ DEFENSOR PRIVADO : JORGE FRANCISCO CASTRO DÍAZ TRIBUNAL : º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : quince de octubre de dos mil veinticuatro CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS :

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