MARÍN/PRODUCTOS SIBARITA DEL SUR SPA
Rol
T-100-2022
Fecha
2 de agosto de 2022
Materia
Art. 485 inciso 3º CT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que TAMARA ÁNGELA MARÍN VÁSQUEZ, RUN 18.484.619-5, cesante, domiciliada en Av. Los Fundadores 0180 Depto. J13, comuna de Temuco, demanda de tutela de derechos fundamentales a PRODUCTOS SIBARITAS DEL SUR SPA RUT 76.315.087-9, del giro de su denominación, representada legalmente por Camilo Klein Hodar, ambos domiciliados en Los Ganaderos 03326, Temuco y expone. 1.-INICIO DE LA RELACION LABORAL: Comencé a prestar servicios para la empresa, PRODUCTOS SIBARITAS DEL SUR SPA., con fecha 01 de septiembre del año 2021, para desempeñar mis funciones en Los Ganaderos N°03326, de Temuco. 2.- DURACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO: El contrato de trabajo celebrado con fecha 01 de septiembre del año 2021, era de carácter indefinido. 3.- NATURALEZA DE LOS SERVICIOS REALIZADOS: Las funciones para las cuales fui contratada fue la de “Ayudante de cocina”, dichas labores consistían en preparar alimentos, pelando alimentos, cortando los ingredientes, limpiar y desinfectar las áreas de preparación, lavado de utensilios entre otras. 4.- Jornada de trabajo y distribución: La jornada de trabajo, será de 30 horas semanales como Part Time, que se cumplían de lunes a domingo en turnos rotativos según los siguientes turnos de 03:00 a 13:30 o de 06:00 a 16:30 con un descanso de 30 minutos de colación, o bien de 12:30 a 23:30 horas o de 15:00 a 02:30 horas, con un descanso de una hora de colación. 5.- REMUNERACIÓN: $366.750, compuesto por sueldo base más gratificación legal. 6.- ACTOS VULNERATORIOS: Desde el mes de enero del año 2022, al ingresar a mi nuevo turno asignado de la mañana empiezo a sufrir conductas de acoso laboral provenientes de mis colegas de trabajo, consistentes en agresión verbal, menoscabo, constantes humillaciones, comentarios discriminatorios respecto de mi persona y un aislamiento por parte de mis colegas, quienes me dejaban fuera de las actividades cotidianas que realizábamos como trabajadores, todas estas actitudes se tornaron intolerable en el mes de febrero del año 2022, dichos hechos conllevaron a que mi salud decayera y empezará a sentirme mal, todos estos hechos fueron comunicados a mi empleador en forma oportuna, específicamente a la jefe de cocina doña Nicolle Vergara. - Con fecha 14 de marzo del año 2022, se realiza una reunión, con los colegas del área de panadería, turno de la tarde, siendo yo la única que asistí de mi turno actual en ese entonces, es decir el turno de la mañana, ya que mis colegas de turno se negaron a participar, y no solo eso, sino que antes de la reunión me reprocharon el hecho de haber comentado a la jefatura lo que me estaba ocurriendo, donde se me indica que redactara una carta formal detallando todos estos hechos que me aquejaban. - Con fecha 17 de marzo del año 2022, remito correo electrónico a doña Nicolle Vergara, jefa de cocina, a don Osward Pinto jefe del turno de tarde, a Claudio Iturrieta y Paz Iturrieta pertenecientes a administración, tal cual me lo habían solicitado en la reunión de
Fallo
se declara: I.- Que SE RECHAZA la denuncia deducida por TAMARA ÁNGELA MARÍN VÁSQUEZ, en contra de PRODUCTOS SIBARITAS DEL SUR SPA. II.- Que SE ACOGE la demanda por despido injustificado, declarándose que el despido de fecha 30 de abril de 2022, se califica como injustificado y, en consecuencia, se condena a PRODUCTOS SIBARITAS DEL SUR SPA al pago de la siguiente suma: 1.- $ 366.750 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. La suma será reajustada y devengará los intereses que establece el artículo 173 del Código del Trabajo. III.- Que cada parte pagará sus costas. Regístrese. RIT T-100-2022 RUC 22-4-0403393-3 Sentencia pronunciada por CHRISTIAN OSSES CARES, Juez Titular del Juzgado del Trabajo de Temuco.
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SENTENCIA Temuco, dos de agosto de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que TAMARA ÁNGELA MARÍN VÁSQUEZ, RUN 18.484.619-5, cesante, domiciliada en Av. Los Fundadores 0180 Depto. J13, comuna de Temuco, demanda de tutela de derechos fundamentales a PRODUCTOS SIBARITAS DEL SUR SPA RUT 76.315.087-9, del giro de su denominación, representada legalmente por Camilo Klein Hodar, ambos domic
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