ANONIMIZADO
Rol
F-4773-2023
Fecha
30 de octubre de 2023
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, se desprende que los hechos denunciados no revisten la gravedad necesaria para ser considerados como actos de violencia intrafamiliar que exige la Ley 20.066 en su artículo 5º ni menos una situación de riesgo a que alude el artículo 7 de la misma ley, sino más bien se trataría de un problema relación directa y regular; por lo que se RESUELVE: negar LUGAR a la denuncia de violencia intrafamiliar interpuesta. RESOLVIÓ DOÑA MARIA PAZ GUTIERREZ ADASME, JUEZA TITULAR DEL JUZGADO DE FAMILIA DE PUDAHUEL.
Fallo
se RESUELVE: negar LUGAR a la denuncia de violencia intrafamiliar interpuesta. RESOLVIÓ DOÑA MARIA PAZ GUTIERREZ ADASME, JUEZA TITULAR DEL JUZGADO DE FAMILIA DE PUDAHUEL.
Texto Completo (Preview)
RIT: F-4773-2023 RUC: 23- 2-4145593-9 Pudahuel, treinta de octubre de dos mil veintitrés. (cmb) VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, se desprende que los hechos denunciados no revisten la gravedad necesaria para ser considerados como actos de violencia intrafamiliar que exige la Ley 20.066 en su artículo 5º ni menos una situación de riesgo a que alude el artículo 7 de la misma ley, sino
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