AUTOMOTORA E INVERSIONES ALIAN C/ ESTELA JUDIT HIGUERA ORELLANA
Rol
O-405-2022
Fecha
15 de octubre de 2024
Materia
ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de ESTELA JUDIT HIGUERA ORELLANA, Cédula de Identidad Nº18.728.909-2 se resuelve en virtud de los siguientes
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho: Hechos: En el mes de septiembre de 2021 la víctima Gonzalo Arévalo Armijo con domicilio en Villa Alemana, publicó en Facebook la venta de su automóvil marca Susuki modelo Baleno año 2020 PPU LWFG-19 contactándose un posible comprador, quien se identificó como Robinson Pinilla, indicándole a Árevalo, que su cónyuge compraría el automóvil a través de un poder notarial. Es así como el día 14 de septiembre de 2021 la víctima se reunió con la requerida ESTELA JUDITH HIGUERA ORELLANA, quien se presentó como cónyuge de Pinilla, firmando una carta poder en la Notaría Sotomayor de Villa Alemana, entregando el automóvil Arévalo a Higuera, por un precio de venta de $10.600.000.- enviándole luego un pantallazo de un cheque depositado a su nombre por la referida suma, resultando ser un engaño por cuanto el cheque luego fue protestado, resultando con un perjuicio económico por ese monto. Luego la requerida, aprovechando la carta poder, ofertó el vehículo a través de la plataforma AUTOFACT, siendo adquirido finalmente por la Automotora e Inversiones Alianza SPA el día 15 de septiembre de 2021. Luego la víctima recuperó su vehículo, pero inscrito a nombre de la Automotora. Código: XTLSXQVHXBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Los hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, constituyen el delito de ESTAFA RESIDUAL previsto en el artículo 473 del Código Penal, en grado de desarrollo CONSUMADO, y perpetrado en calidad de AUTOR.
Fallo
se resuelve en virtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: Hechos: En el mes de septiembre de 2021 la víctima Gonzalo Arévalo Armijo con domicilio en Villa Alemana, publicó en Facebook la venta de su automóvil marca Susuki modelo Baleno año 2020 PPU LWFG-19 contactándose un posible comprador, quien se identificó como Robinson Pinilla, indicándole a Árevalo, que su cónyuge compraría el automóvil a través de un poder notarial. Es así como el día 14 de septiembre de 2021 la víctima se reunió con la requerida ESTELA JUDITH HIGUERA ORELLANA, quien se presentó como cónyuge de Pinilla, firmando una carta poder en la Notaría Sotomayor de Villa Alemana, entregando el automóvil Arévalo a Higuera, por un precio de venta de $10.600.000.- enviándole luego un pantallazo de un cheque depositado a su nombre por la referida suma, resultando ser un engaño por cuanto el cheque luego fue protestado, resultando con un perjuicio económico por ese monto. Luego la requerida, aprovechando la carta poder, ofertó el vehículo a través de la plataforma AUTOFACT, siendo adquirido finalmente por la Automotora e Inversiones Alianza SPA el día 15 de septiembre de 2021. Luego la víctima recuperó su vehículo, pero inscrito a nombre de la Automotora. Código: XTLSXQVHXBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Los hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, constituyen el delito de ESTAFA RESIDUAL previsto
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SENTENCIA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Villa Alemana, quince de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de ESTELA JUDIT HIGUERA ORELLANA, Cédula de Identidad Nº18.728.909-2 se resuelve en virtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: Hechos: En el mes de septiembre de 2021 la víct
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