Juzgado de Garantía de Valdivia.

MP C/ CRISTOPHER ALEJANDRO VIDAL HORMAZÁBAL

Rol

O-7607-2023

Fecha

3 de octubre de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos: “El día 30 del 12 de 2023, el imputado CRISTOPHER ALEJANDRO VIDAL HORMAZABAL, con ánimo de sustraer especies, se dirigió hasta las dependencias de la tienda RIPLEY Valdivia, ubicada al interior del MALL PLAZA VALDIVIA, ubicado en calle Arauco N°561 de la ciudad de Valdivia. Una vez en su interior, procedió a acopiar y ocultar en el interior de una mochila que portaba, diversas especies, consistentes en 2 máquinas eléctricas para rasurar, una crema corporal, un bloqueador, y 3 perfumes, todo con una valoración total de 218.930 pesos, para luego retirarse del lugar sin pagar por ellas, siendo detenido por el personal de seguridad en el exterior de la tienda” Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC N° 230143480 3-4 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 12 N° 15, 14 N°1, 15 N°1, 24, 25, 30, 49 bis y siguientes, 67, 70, 432, 446 N° 3 del Código Penal, artículos 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal; ley 18.216, se declara: I. Que se condena a CRISTOPHER ALEJANDRO VIDAL HORMAZABAL, C.I. 15.886.420- 7, domiciliado en Calle GUILLERMO FRICK 454, Valdivia, a las siguientes penas como autor en los términos del artículo 15 N°1 del Código Penal, grado de desarrollo tentado, de un delito de hurto simple del artículo 446 N°3 del Código Penal, perpetrado en Valdivia el día 30 de diciembre de 2023, a una pena de once (11) días de prisión en su grado mínimo, accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa a beneficio fiscal de un tercio de unidad tributaria mensual, sin costas. II. Que la pena corporal impuesta será cumplida en forma íntegra y efectiva, por no reunirse ningún requisito que permita la concesión de algún beneficio de la Ley 18.216, debiendo despacharse en consecuencia, en su contra una Código: NXFGXQPXDEN Este docume

Fallo

se declara: I. Que se condena a CRISTOPHER ALEJANDRO VIDAL HORMAZABAL, C.I. 15.886.420- 7, domiciliado en Calle GUILLERMO FRICK 454, Valdivia, a las siguientes penas como autor en los términos del artículo 15 N°1 del Código Penal, grado de desarrollo tentado, de un delito de hurto simple del artículo 446 N°3 del Código Penal, perpetrado en Valdivia el día 30 de diciembre de 2023, a una pena de once (11) días de prisión en su grado mínimo, accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa a beneficio fiscal de un tercio de unidad tributaria mensual, sin costas. II. Que la pena corporal impuesta será cumplida en forma íntegra y efectiva, por no reunirse ningún requisito que permita la concesión de algún beneficio de la Ley 18.216, debiendo despacharse en consecuencia, en su contra una Código: NXFGXQPXDEN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgvaldivia@pjud.cl _____________________________________________________________________________________________________ Avenida Francia N° 2688, Valdivia Correo Electrónico: jgvaldivia@pjud.cl Teléfono Contacto: 632348916 / 632348842 orden de detención, por ambas policías, para ser ingresado la unidad penal más cercana al domicilio del mismo. III. En cuanto a la pena pecuniaria, ésta se tiene por cumplida con el día que ha permanecido privado de libertad con ocasión de estos

Texto Completo (Preview)

_____________________________________________________________________________________________________ Avenida Francia N° 2688, Valdivia Correo Electrónico: jgvaldivia@pjud.cl Teléfono Contacto: 632348916 / 632348842 SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Valdivia, tres de octubre de dos mil veinticuatro. Los hechos: “El día 30 del 12 de 2023, el imputado CRISTOPHER ALEJANDRO VIDAL HORMAZABAL, co

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