MP C/ ADOLFO ENRIQUE ALEGRÍA MEDEL
Rol
O-151-2023
Fecha
14 de octubre de 2024
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN., ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que, ante esta Sala Única del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cauquenes, se llevó a efecto la audiencia de juicio en causa RIT N° - seguida contra don ADOLFO ENRIQUE ALEGRÍA MEDEL, cédula nacional de identidad Nº . . - , conductor, soltero, nacido el de mayo de 97 , domiciliado en Ruta L- , kilómetro 6, Las Corrientes sin número, comuna de Constitución; y de don JONATHAN ANDRÉS ALEGRÍA AGURTO, cédula nacional de identidad Nº 9. 7-9, mecánico, soltero, nacido el 7 de enero de , domiciliado en Las Corrientes, Puente Purapel sin número, comuna de Constitución. Alegría Medel es representado por la abogada doña María José Guevara Mendoza; y Alegría Agurto, por el abogado don Félix Arto Castillo; ambos defensores particulares. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, mediante la intervención del fiscal don Francisco Ávila Calderón. Asimismo, compareció al juicio, como querellante y acusador particular, el abogado Jaime Carrasco Molina, en representación de Forestal Arauco S.A. Los intervinientes letrados, fijaron su domicilio y forma de notificación en forma previa, en el Tribunal.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: De la acusación. Que los hechos y circunstancias objeto de la acusación fiscal se encuentran contenidos en el auto de apertura del juicio oral de fecha de agosto de , del Juzgado de Garantía de Cauquenes, en el que se señala lo siguiente: “Con fecha 7 de diciembre del año , en horas de la madrugada, aproximadamente a las : horas, los imputados ADOLFO ENRIQUE ALEGRÍA MEDEL, JONATHAN ANDRÉS ALEGRÍA AGURTO Y NICOLÁS HERNÁN Código: UPKXQXHBBN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ARAVENA ALEGRÍA, conjuntamente con el menor JAVIER ANDRÉS ARAVENA ALEGRÍA, procedían a la sustracción de madera desde el predio correspondiente y de propiedad de la Forestal Arauco, ubicado en la Ruta M- 6 , a la altura del km de la comuna de Cauquenes Para esto, efectuaron la carga de dos camiones de la placa patente única GZKP- , marca Mercedes Benz, modelo Actros, año , color verde y el camión placa patente única WK 6 , marca Mercedes Benz, modelo Actros, año 7, color blanco, cargándolos con un total de metros cúbicos de madera de pino radiata, avaluados en la suma de $ pesos Al ser descubiertos en el lugar, los imputados ocuparon otros dos camiones que participaban en la sustracción, que correspondían a la placa patente única CXZH6 , marca Mercedes Benz, año , color blanco y placa patente única UW9 66, marca Volvo, modelo FM, color blanco, con los cuales, habiendo participado en el hecho, se dieron a la fuga del lugar, siendo detenidos posteriormente los imputados Adolfo Enrique Alegría Medel Y Jonathan Andrés Alegría Agurto, en uso del camión antes citado, CXZH6 , dándose a la fuga del lugar y los imputados Nicolás Aravena Alegría y Javier Aravena Alegría, en uso y fuga del camión marca Volvo, placa patente única UW9 66, este último, camión pluma auto cargante”. El Ministerio Público sostiene que los hechos descritos, son constitutivos del delito de “ROBO EN LUGAR NO HABITADO, conforme al artículo del Código Penal”. Sostiene el ente acusador, que el ilícito se encuentra en grado de CONSUMADO, y que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Nº del Código Penal, les ha cabido responsabilidad a los acusados en calidad de AUTORES. En cuanto a circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, a juicio del Ministerio Público, respecto de ambos acusados “concurre la agravante del artículo N° del Código Penal, cual es Ejecutarlo de noche o en despoblado”. Y que respecto de ambos acusados “corresponde reconocer la atenuante del artículo N° 6 del Código Penal, esto es la irreprochable conducta anterior”. Por último, el Ministerio Público requiere se imponga a ambos acusados “la pena de años de presidio menor en su grado medio, accesorias del artículo del Código Penal y las costas del proceso”. SEGUNDO: De la Acusación particular: Que la parte querellante, dedujo su acusación particular en los siguientes términos: “El 7 de diciembre de , los acusados Adolfo Enrique Alegría Mede
Fallo
se acuerdan de la placa patente de mi Código: UPKXQXHBBN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl representado. Y más aún, el policía de Quella señala que Sauzal, el único que prestó auxilio supuestamente, los pasó a buscar. Y aquí, el conductor del único carro que participó de Sauzal, dice que no los pasó a buscar; incluso no recuerda cuándo se le subieron al vehículo y si es que se subieron al vehículo. Solamente indican que estos vehículos venían saliendo a la ruta y siguieron uno a Parral y uno a Cauquenes, pero ninguno de ellos pudo acreditar o dar fe de que efectivamente esa madera fue descargada previamente por dichos camiones, o fue descargada por terceros y ellos simplemente venían pasando. O el tema de la seguridad o la prendida de luces, en la noche si hay supuestamente estos montones que obstruyen, también obstruyen las luces, no necesariamente determinar de una forma cierta que se prendieron para dar una fuga. También el Ministerio Público con el querellante, hablan de una fuga, de esconder. Mi representado no se metió en ningún camino aledaño, mi representado cuando se percató que estaba en control se detuvo voluntariamente y así lo señaló el carabinero que participó de Sauzal, es decir, esta fuga a alta velocidad, como se describe en los hechos de las acusaciones, no es tal; y él mismo corrobora una persecución controlada, que significa mantener vigilado el vehículo que venían siguiendo. Por último,
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TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL CAUQUENES RUC N° : - . RIT N° : - . Acusados : Adolfo Enrique Alegría Medel. Jonathan Andrés Alegría Agurto. Delito : Robo en sitio no destinado a la habitación usando medios de tracción. Cauquenes, catorce de octubre de dos mil veinticuatro. VISTO: Que, ante esta Sala Única del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cauquenes, se llevó a efecto la audienc
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