Juzgado de Garantía de Valparaíso.

MP C/ BRAYAN ALEJANDRO POLANCO CARVAJAL

Rol

O-1128-2024

Fecha

11 de octubre de 2024

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: “El día 26 de febrero del año 2024, siendo aproximadamente las 2:40 horas de la madrugada, el acusado Brayan Alejandro Polanco Carvajal ingresó mediante escalamiento, esto es, saltando el cierre perimetral, al inmueble ubicado en Avenida Uno Sur, sitio 1-A, manzana H- H, Laguna Verde, comuna de Valparaíso, forzando a su vez, luego de ingresar al inmueble, la protección del ventanal de material metálico, sacándola de su base, para luego forzar un ventanal de aluminio, ingresando al inmueble, sustrayendo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño un televisor marca LG color negro, un televisor marca Caixun y un balón de gas, para luego darse a la fuga del lugar siendo detenido por funcionarios policiales en las inmediaciones del lugar.” Valparaíso, once de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Solo se transcribe la parte resolutiva y las disposiciones legales aplicables. La sentencia íntegra consta en el registro de audio. Y visto además lo dispuesto por los artículos 1, 3, 7, 11 N°9, 15 N° 1, 18, 21, 24, 29, 432, 440 y 449 del Código Penal; artículos 30, 36, 45, 47, 295, 297, 340, 341, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 14 y siguiente de la Ley 18.216, y, artículos 1, 4, 5, 16, 17 de la Ley 19.970,

Fallo

SE DECLARA: I.- Se CONDENA a BRAYAN ALEJANDRO POLANCO CARVAJAL, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de robo en lugar habitado, cometido en Valparaíso el día 26 de febrero del año 2024, en grado de desarrollo consumado. II.- Se sustituye el cumplimiento de la pena impuesta por la libertad vigilada intensiva por el mismo término que la pena privativa de libertad a la cual ha sido condenado, para lo cual, deberá presentarse en el Centro de Reinseción Social que corresponda y cumplir además durante el período de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su Código: DNPQXQSLMYM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl momento y con las condiciones legales de las letras a), b) y c) del artículo 17 de la Ley 18.216. Adicionalmente se imponen al sentenciado las condiciones del artículo 17 ter de la Ley 18.216, a saber, las siguientes: de la letra a), que es la prohibición de acercarse al inmueble que está ubicado en la avenida Uno Sur, sitio 1-A, manzana H-H, Laguna Verde, comuna de Valparaíso. En segundo lugar, la prohibición de acercarse a la víctima y a sus familiares, y además, a la señora que hizo la denuncia, y, en tercer l

Texto Completo (Preview)

RUC 2400225002-7 RIT 1128 – 2024 C/ BRAYAN ALEJANDRO POLANCO CARVAJAL, cédula nacional de identidad N° 19.328.531-7, de 27 años de edad, nacido el 31 de enero del año 1997, estado civil soltero, salvavidas, domiciliado en la Calle Ernesto Riquelme con Luis Uribe, Block 1131, departamento Nº 24, San Bernardo, Región Metropolitana. HECHOS: “El día 26 de febrero del año 2024, siendo aproximadamente

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