MINISTERIO PÚBLICO C/ JOSÉ MIGUEL GALDAMES SALAZAR
Rol
O-9-2024
Fecha
14 de octubre de 2024
Materia
ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1
Resultado
No especificado
Hechos
hechos descritos, analizados en su conjunto y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha cuatro de octubre de dos mil veinticuatro, se llevó a efecto ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, constituido por la Juez Presidente de Sala doña Marcela Osorio Páez e integrado además por doña Ángela Carrasco Palma y, doña María Eugenia Vega Godoy, el juicio oral Rit 9-2024 seguido en contra de José Miguel Galdames Salazar, cédula de identidad 8.5 6.903-0, trabajador independiente, soltero, primero medio rendido, 30 años de edad, domiciliado en pasaje Estero Marga Marga, Bosques de Santa Julia, casa número 78, Viña del Mar, legalmente representado por el defensor penal privado don Claudio Uribe Hernández, domiciliado en calle Villanelo N° 80, oficina N° 303, Viña del Mar, con forma especial de notificación al correo electrónico claudio.uribe@abogadoasesor.com. Fue parte acusadora del presente juicio el Ministerio Público de Casablanca, representado por el Fiscal adjunto don German Klug Maturana, domiciliado en calle Punta Arenas N° 48 de Casablanca. SEGUNDO: El Ministerio Público sostuvo en su acusación: “El día 11 de octubre de 2023, a las 15:45 horas aproximadamente, los acusados Galdámez Salazar y Salazar Ovalle, ya individualizados, junto a otros sujetos ingresaron al interior del supermercado A Cuenta, ubicado en avenida Constitución 793, Casablanca, con el fin de sustraer especies con ánimo de lucro desde su interior. Para ello los acusados junto con quienes les acompañaban se distribuyeron por distintos sectores del recinto, realizando algunos de ellos labores de distracción de los guardias de seguridad, y otras labores directamente sustractivas, especialmente de envases de carnes al vacío y elementos de perfumería. Los guardias de seguridad del establecimiento, que se habían percatado de la sustracción en curso, trataron de impedir la consumación de ésta; particularmente el guardia Carlos Bustos Ramírez corriendo hasta la puerta de entrada del local tratando de detener a uno de los individuos referidos con las especies que llevaba, lugar en que el acusado Galdámez Salazar le acerca a la altura de su tórax un objeto metálico puntiagudo (alicate) y le intimida diciéndole “suéltalo conchetumadre”. Ante la amenaza indicada el guardia Bustos Ramírez soltó a la persona que, retenida, escapando los acusados junto con los demás sujetos, con parte de las especies sustraídas. El acusado Galdámez fue detenido por Carabineros, que llegó prontamente al sitio del suceso, en un predio vecino del supermercado, y el acusado Salazar fue detenido por la policía con algunas de las especies robadas”. Código: SWXUXQQFVUM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:claudio.uribe@abogadoasesor.com 2 A juicio del Ministerio público los hechos descritos, analizados en su conjunto y considerando lo dispuesto en el artículo 436 inciso ° del Código Penal, configuran el delito de robo con intimidación. El delito señalado se encuent
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos °, 50 y, 436 inciso primero del Código Penal; y artículos , 45, 47, 295, 297, 325 a 338, 340, 34 , 342, 345, 347, 359, 468, 469 y 470 del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que, se ABSUELVE al acusado JOSÉ MIGUEL GALDAMES SALAZAR, cédula de identidad Nº 8.5 6.903-0, ya individualizado, de la acusación fiscal que lo tuvo como autor del delito de robo con intimidación presuntamente cometido el día de octubre de 2023 en la ciudad de Casablanca. Código: SWXUXQQFVUM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que no se condena en costas al Ministerio Publico por haber tenido motivo plausible para litigar. Se ordena devolver al Ministerio Público los documentos incorporados al juicio. Acordada la decisión de no condenar en costas al ente persecutor con el voto en contra de la Magistrado señora Marcela Osorio Páez, quien estimó que atendido el hecho de que se ha informado durante el desarrollo del juicio en el sentido que el persecutor nunca contó con las grabaciones de las cámaras de seguridad existentes en el sitio del suceso, según declaró el funcionario a cargo del diligenciamiento para concretar la obtención de las mismas, que del mérito de la declaración del guardia -testigo presencial- que fue introducida por la funcionaria que la consignó en el parte policial se desprende que éste tampoco identificó directamente al acusado en relación
Texto Completo (Preview)
MINISTERIO PÚBLICO DE CASABLANCA CONTRA JOSÉ MIGUEL GALDAMES SALAZAR. DELITOS: ROBO CON INTIMIDACION. RUC N° 2301105669-5 RIT N° 9-202 VALPARAÍSO, catorce de octubre de dos mil veinticuatro. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha cuatro de octubre de dos mil veinticuatro, se llevó a efecto ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, constituido por la Juez
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica