COMERCIAL ECCSA S.A./INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE VALPARAÍSO
Rol
I-9-2021
Fecha
1 de agosto de 2022
Materia
Costas, Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Se reproduce el reclamo en los términos expuestos en el mismo, sin perjuicio de haberse efectuado su síntesis al momento de la dictación de la sentencia, según consta en el registro de audio. SEGUNDO: Se reproduce la contestación del reclamo en los términos expuestos en el mismo, sin perjuicio de haberse efectuado su síntesis al momento de la dictación de la sentencia, según consta en el registro de audio. TERCERO: En la referida audiencia única, luego de tenerse por contestado el reclamo, el Tribunal llama a las partes a conciliación, la que no se produce. En la misma audiencia, se establece como hecho controvertido, el siguiente: Efectividad que la reclamante acreditó en el proceso de reconsideración administrativa, que los tres trabajadores objeto de la multa se encontraban desempeñando labores de carácter esencial o de delivery, el día 17 de agosto de 2020. Antecedentes del proceso de reconsideración. CUARTO: En dicha audiencia, la parte reclamante de Comercial Eccsa S.A., rindió la siguiente prueba que a continuación se indica. Documental: 1.- Copia resolución multa N° 1184/20/64 de 06 de septiembre de 2020. 2.- Copia Ord. N°292/2020 del 15 de diciembre de 2020. 3.- Copia Sobre Correos de Chile, Resolución Ord. N°292/2020 de fecha 16 de diciembre de 2020. 4.- Contratos de trabajo y anexos respectivos de las trabajadoras mencionadas en la infracción, correspondientes a Carolina Valle Paz, Rossana Verdejo Carreño y Gabriela López López. 5.- Descriptor de cargo de asesor de compras y jefe visual. 6.- Ord. Nº758 del 24 de septiembre de 2020, emanado de la Inspección Provincial del Trabajo de Valparaíso. 7.- Acta De Constatación de Infracciones Y Notificación de Suspensión de Labores/Cese De Servicios de 27 de agosto de 2020, fiscalización Nº878, suscrita por la fiscalizadora Sra. María Alejandra Muñoz Vega. 8.- Registro de asistencia correspondiente a doña Rossana Verdejo Carreño y Gabriela López López desde el 27 de agosto al 3 de noviembre de 2020. QUINTO: Por su parte, la reclamada Inspección Provincial del Trabajo de Valparaíso, incorporó la prueba que a continuación se indica. Documental: 1.- Formulario Especial de Solicitud de Fiscalización de fecha 05.08.2020 2.- Activación de fiscalización de fecha 12.08.2020 3.- Formulario FI-1 de notificación de inicio de procedimiento. 4.- Formulario FI-2, Formularios de antecedentes verificados en la fiscalización. 5.- Formulario FI-4, Acta de Notificación de Requerimiento de documentación 6.- Formulario FI-6, Acta de Constatación de Infracciones y Notificación de Suspensión de Labores. 7.- Caratula de Informe de Fiscalización N°0501/2020/878 8.- Informe de Exposición de fecha 06.09.2020 9.- Resolución de Multa N°1184/20/64 de fecha 06.09.2020 10.- Solicitud de Recurso Administrativo de fecha 16.11.2020 11.- Resolución Nº292 de fecha 15.12.2020 12.- Formulario F 15 y anexo. SEXTO: Que, atendido que la acción interpuesta es aquella establecida en el artículo 512
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 2°, 3°, 5°, 7°, 420 letra e), 446 y siguientes, y 503 y siguientes, todos del Código del Trabajo, en los artículos 1°, 23 y 27 del DFL N° 2 de 1967, Resolución Exenta N° 88, de fecha 6 de abril 2020, del Ministerio de Hacienda, y en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, se declara que: I.- Se rechaza, en todas sus partes, la acción de reclamación deducida por Comercial Eccsa S.A., en contra de la Resolución de Multa N° 292/2020, dictada por la Inspección Provincial del Trabajo Valparaíso, con fecha 15 de diciembre de 2020, que rechazó la reconsideración administrativa presentada por la reclamante. II.- Se condena en costas a la reclamante, por resultar completamente vencida y por haber incumplido la normativa laboral, regulándose las personales en la suma de $300.000. Regístrese, archívese en su oportunidad y ténganse por notificadas a las partes a contar de esta fecha, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 457 inciso segundo y 501 inciso final, ambos del Código del Trabajo. Pronunciada por Sebastián Ramírez Melo, Juez Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso. Siendo las 16:26 horas, se pone término a la audiencia. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia realizada por video conferencia mediante plataforma Zoom, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, a prime
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA - PROCEDIMIENTO RECLAMACIÓN DE MULTA VIDEOCONFERENCIA PLATAFORMA ZOOM FECHA Valparaíso, 1° de agosto de 2022. RUC 21-4-0314229-5 RIT I-9-2021 MAGISTRADO SEBASTIÁN RAMÍREZ MELO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Victoria Paredes Llano SALA VIRTUAL 7 HORA DE INICIO 11:05 horas. HORA DE TÉRMINO 16:26 horas. N° REGISTRO DE AUDIO 21-4-0314229-5-1338 (Sala 7) PARTE DEM
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