Juzgado de Garantía de Linares.

M.P C/ JUAN FERNANDO NORAMBUENA NORAMBUENA

Rol

O-4223-2021

Fecha

7 de octubre de 2024

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., NO DAR CUENTA DE ACCIDENTE DE TRANSITOART. 195LEY DE TRA.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS ACREDITADOS: El El día 18 de septiembre del 2021, aproximadamente a las 21:10 horas, en circunstancias que CÉSAR ANTONIO CERRO MUÑOZ se desplazaba en su automóvil marca RENAULT, modelo SYMBOL, color azul, año 2016, placa patente única HLTD-64, por la RUTA L-13 en dirección al poniente, al llegar al cruce con la RUTA L-11, se detiene al enfrentar la señal de un disco pare que se encuentra a la altura del KM. 20 de la RUTA L-11, siendo sorpresivamente colisionado por la parte posterior por un vehículo marca NISSAN, modelo NP300, color blanco, año 2017, placa patente única JGYS26, que era conducida por el imputado JUAN FERNANDO NORAMBUENA NORAMBUENA. El afectado por la colisión CERRO MUÑOZ se baja de su vehículo y se percata de que el otro conductor se da a la fuga por la RUTA L-11, en dirección al poniente, por tal situación es que el afectado sigue a este vehículo hasta que a la altura del KM. 11 de la señalada ruta, el vehículo del imputado se detiene, descendiendo este del vehículo, procediendo a encarar al afectado por la colisión, llamando este a Carabineros. Al constituirse personal de Carabineros en el lugar se percatan de que el acusado NORAMBUENA NORAMBUENA se encuentra en evidente estado de ebriedad, dado su halito alcohólico, incoherencia al hablar, inestabilidad al caminar, y rostro congestionado. Así también se hace presente que a raíz de esta colisión el conductor del vehículo impactado CERRO MUÑOZ sufrió lesiones de carácter clínicamente leves, según da cuenta el respectivo dato de atención de urgencia, consistentes en contusión hombro y brazo, y este hecho habría ocurrido aproximadamente 9 KM. antes del lugar de la detención, habiendo huido y hecho abandono el acusado NORAMBUENA NORAMBUENA del lugar sin dar cuenta a autoridad alguna. Por otra parte, se hace presente que el i Código: EUXVXQFDQHM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl NORAMBUENA NORAMBUENA además efectuaba esta conducc

Fallo

se declara: I.- Que se CONDENA a JUAN FERNANDO NORAMBUENA NORAMBUENA, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, al pago de una multa de beneficio fiscal a DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES a la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por la responsabilidad que le cabe como autor de delito de conducir vehículo motorizado en estado de ebriedad, causando lesiones leves y sin contar con licencia de conducir en grado de desarrollo de consumado, cometido en la persona de la víctima, don César Antonio Cerro Muñoz, perpetrado con fecha dieciocho de septiembre de dos mil veintiuno en la comuna de Yerbas Buenas. II.- Se condena al acusado, JUAN FERNANDO NORAMBUENA NORAMBUENA ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la suspensión de cargo de oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de beneficio fiscal ascendente a DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, y a la sanción accesoria especial de Inhabilitación perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica, por la responsabilidad que le cabe como autor del delito consumado de huir del lugar y no dar cuenta de accidente de tránsito, perpetrado en la comuna de Yerbas Buenas, con fecha el dieciocho de septiembre del año dos mil veintiuno. III.- Que, respecto de la pena de multa, se le otorgan SEIS PARCIALIDADES para su pago, debiendo pagar la primera de estas cuotas entre los cinco prime

Texto Completo (Preview)

RUC : 2100842284-k RIT : 4223-2021 DELITO : Conducción en estado de ebriedad, con o sin daños, o lesiones leves. No dar cuenta de accidente de transito GRADO DESARROLLO: Consumado. IMPUTADO : Juan Fernando Norambuena Norambuena RUT N° : 15.149.194-4 DOMICILIO : Sector Orilla De Maule, Santa Ana De Queri Al Lado Del Reten Santa Ana, Yerbas Buenas. FISCAL : Patricia Elena Spiess Henríquez DEFENSOR

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