MINISTERIO PUBLICO C/ ROLANDO SEBASTIÁN ORTIZ CONSTANZO
Rol
O-89-2024
Fecha
11 de octubre de 2024
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos siguientes, según se exponen en el auto de apertura: “QUE, EL DÍA 27 DE JULIO DE 2023, APROXIMADAMENTE A LAS 22.58 HRS, EN INTERSECCIÓN DE CALLES BARROS ARANA ESQUINA CELINDA HUILCAL, COMUNA DE LAUTARO, EL ACUSADO ROLANDO SEBASTIÁN ORTIZ CONSTANZO CONDUJO EN ESTADO DE EBRIEDAD, LA Código: XMTPXQJWCXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl - 2 - CAMIONETA MARCA CHEVROLET, MODELO LUV DMAX, PLACA PATENTE UNICA BHGX-18, SIENDO FISCALIZADO POR PERSONAL POLICIAL, QUIENES CONSTATARON SU EBRIEDAD, QUIEN MANTENIA UN FUERTE HÁLITO ALCOHÓLICO, ROSTRO CONGESTIONADO E INCOHERENCIA AL HABLAR. SOMETIDO A PRUEBA DE INTOXYLIZER ARROJÓ 1,91 GRS DE ALCOHOL POR LITRO DE SANGRE; Y, DE ACUERDO CON ALCOHOLEMIA, DICHA CONCENTRACIÓN ASCIENTE A 2,04 GRS POR MIL. PRODUCTO DE SU EBRIEDAD, PROCEDIO A COLISIONAR EL CAMIÓN MARCA MERCEDES BENZ, MODELO ACTROS 3336, PLACA PATENTE ÚNICA CSFL-84, SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, EN LA PARTE POSTERIOR RESULTANDO AQUEL CON DAÑOS EN GRUA Y ESCALERA, DE DICHO CAMIÓN”. Indicó el Ministerio Público que los hechos previamente descritos son constitutivos del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley Nº 18.290, Ley de Tránsito, en relación con el artículo 209 del mismo cuerpo legal, en grado de desarrollo consumado, en el cual al acusado le corresponde participación en calidad de autor directo, de conformidad al artículo 15 N° 1 del Código Penal. A juicio del órgano acusador, concurre contra el acusado la circunstancia agravante prevista en el artículo 12 Nº 15 del Código Penal, no beneficiándole atenuantes. Fundado en lo anterior, solicita se le condene y se le imponga en definitiva la pena de tres (3) años de presidio menor en su grado medio, multa de diez (10) unidades tributarias mensuales y la suspensión o inhabilidad perpetua para obtener licencia
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO (Fecha de realización del juicio e intervinientes en el mismo): Que el día dos del presente mes y año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco, constituido por los jueces titulares señores Leonel Torres Labbé, quien presidió, Roberto Herrera Olivos y Wilfred Ziehlmann Zamorano, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa rol único N° 2300811930-9, rol interno del tribunal N° 81- 2023, seguida por el delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños sin haber obtenido licencia de conducir, en contra de Rolando Sebastián Ortiz Constanzo, cédula de identidad N° 13.588.126-0, chileno, nacido en Corral el 01 de diciembre de 1979, 44 años, soltero, trabaja en áridos, enseñanza media incompleta, domiciliado en pasaje Manzanar N° 753, población Icalma, comuna de Victoria. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el fiscal adjunto señor Miguel Velásquez Droguett, en tanto la defensa del imputado estuvo a cargo del abogado defensor privado señor Felipe Méndez Huentenao, letrados cuyos domicilios y forma de notificación ya se encuentran registrados en este tribunal. SEGUNDO (Acusación fiscal): Que el Ministerio Público fundó su acusación en los hechos siguientes, según se exponen en el auto de apertura: “QUE, EL DÍA 27 DE JULIO DE 2023, APROXIMADAMENTE A LAS 22.58 HRS, EN INTERSECCIÓN DE CALLES BARROS ARANA ESQUINA CELINDA HUILCAL, COMUNA DE LAUTARO, EL ACUSADO ROLANDO SEBASTIÁN ORTIZ CONSTANZO CONDUJO EN ESTADO DE EBRIEDAD, LA Código: XMTPXQJWCXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl - 2 - CAMIONETA MARCA CHEVROLET, MODELO LUV DMAX, PLACA PATENTE UNICA BHGX-18, SIENDO FISCALIZADO POR PERSONAL POLICIAL, QUIENES CONSTATARON SU EBRIEDAD, QUIEN MANTENIA UN FUERTE HÁLITO ALCOHÓLICO, ROSTRO CONGESTIONADO E INCOHERENCIA AL HABLAR. SOMETIDO A PRUEBA DE INTOXYLIZER ARROJÓ 1,91 GRS DE ALCOHOL POR LITRO DE SANGRE; Y, DE ACUERDO CON ALCOHOLEMIA, DICHA CONCENTRACIÓN ASCIENTE A 2,04 GRS POR MIL. PRODUCTO DE SU EBRIEDAD, PROCEDIO A COLISIONAR EL CAMIÓN MARCA MERCEDES BENZ, MODELO ACTROS 3336, PLACA PATENTE ÚNICA CSFL-84, SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, EN LA PARTE POSTERIOR RESULTANDO AQUEL CON DAÑOS EN GRUA Y ESCALERA, DE DICHO CAMIÓN”. Indicó el Ministerio Público que los hechos previamente descritos son constitutivos del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley Nº 18.290, Ley de Tránsito, en relación con el artículo 209 del mismo cuerpo legal, en grado de desarrollo consumado, en el cual al acusado le corresponde participación en calidad de autor directo, de conformidad al artículo 15 N° 1 del Código Penal. A juicio del órgano acusador, concurre contra el acusado la circunstancia agravante prevista en el artículo 12 Nº 15 del Código Penal, no beneficiándole ate
Fallo
se acuerda, es que hace tanto tiempo que no se acuerdo, parece que el foco no tuvo daños pero el parachoques y la abrazadera sí. De hecho el otro día no pudo salir a cargar porque si no esa parte se queda débil y se puede caer la grúa, la grúa pesa 3500 kilos, entonces no se puede mover tan fácil así, las abrazaderas son las que soportan la grúa en el carro. c) En tercer lugar, incorporó válidamente, mediante su exhibición y lectura resumida, prueba documental y pericial consistente en: 1. Hoja de vida del conductor del acusado Rolando Sebastián Ortiz Constanzo, emitida por el Servicio de Registro Civil e Identificación, señalándose, en lo pertinente, que tiene una última licencia de conducir registrada, clases B y D de la Municipalidad de Victoria, con fecha de otorgamiento 19 de diciembre de 2012. En dicho documento constan anotaciones correspondientes a condenas en las causas roles internos Nos 211/2015 –por el delito de manejo en estado de ebriedad-, 381/2016 –por el delito de conducción de vehículo durante la vigencia de alguna sanción impuesta artículo 209 Ley 18.290-, 749/2016 -por el delito de conducir con licencia suspendida-, 930/2016 –por el delito de conducción en estado de ebriedad con licencia suspendida-, 175/2017 –por el delito de conducción en estado de ebriedad con licencia de conducir suspendida- y 533/2018 – por el delito de conducir vehículo motorizado con licencia suspendida-, todas ellas del Juzgado de Garantía de Victoria. 2. Formulario de atención
Texto Completo (Preview)
- 1 - C/ ROLANDO SEBASTIÁN ORTIZ CONSTANZO. CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS SIN CONTAR CON LICENCIA DE CONDUCIR. R.U.C. 23 00 81 19 30-9. R.I.T. 089-2024. _____________________________________/ Temuco, once de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO (Fecha de realización del juicio e intervinientes en el m
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