LUIS ANTONIO HERNANDEZ CASTILLO C/ BYRON NICOLÁS MADRID PACHECO
Rol
O-838-2023
Fecha
10 de octubre de 2024
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 5 de Abril del año , aproximadamente a las : 5 horas, funcionarios policiales sorprendieron al acusado BYRON NICOLAS MADRID PACHECO, en la vía pública, específicamente en Avenida Central N° , comuna de Pedro Aguirre Cerda, portando y manteniendo en su poder una bolsa de nylon transparente, contenedora de sustancia verde prensada que sometida a la respectiva prueba de campo, arrojo coloración positiva ante la presencia de cannabis sativa con un peso bruto de gramos y miligramos, una pesa de color gris y la suma de $ . en dinero en efectivo, sin la autorización legal respectiva, no siendo para atender un tratamiento médico ni para su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo. Y con lo dispuesto en los artículos , , 5, , del Código Penal, artículo y de la ley . , artículo , y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: l.- Que se condena a BYRON NICOLÁS MADRID PACHECO, ya individualizado, como autor de la infracción consumada al artículo de la ley . , ocurrido en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, el día 5 de abril de , en grado de desarrollo de consumado, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, multa de una unidad tributaria mensual, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas y comiso de la las especies incautadas. lI.- La pena privativa de libertad que se la ha impuesto se le da por cumplida con el tiempo que permaneció privado de libertad y sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva entre el día de abril de y el día 5 de abril de . lII.- Respeto de la multa, teniendo en consideración lo dispuesto en el artículo del Código Penal, se la da por cumplida con los días en exceso que resultan de esa privación de libertad. lV.- Cúmplase con lo dispuesto en el artículo de la ley . , procediéndose al registro de la huella genética del sentenciado. Código: XKGNXQQURXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://veri
Fallo
se declara: l.- Que se condena a BYRON NICOLÁS MADRID PACHECO, ya individualizado, como autor de la infracción consumada al artículo de la ley . , ocurrido en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, el día 5 de abril de , en grado de desarrollo de consumado, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, multa de una unidad tributaria mensual, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas y comiso de la las especies incautadas. lI.- La pena privativa de libertad que se la ha impuesto se le da por cumplida con el tiempo que permaneció privado de libertad y sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva entre el día de abril de y el día 5 de abril de . lII.- Respeto de la multa, teniendo en consideración lo dispuesto en el artículo del Código Penal, se la da por cumplida con los días en exceso que resultan de esa privación de libertad. lV.- Cúmplase con lo dispuesto en el artículo de la ley . , procediéndose al registro de la huella genética del sentenciado. Código: XKGNXQQURXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo del Código Procesal Penal, regístrese y archívese en su oportunidad. Se tiene presente la renuncia de plazos, por ejecutoriada la presente sentencia. Se dejan sin efecto las medidas cautelares que se decretaron en su oportunidad. El sentenciado queda citado al Servicio Médic
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RUC : - RIT : - MAGISTRADO : MARÍA CAROLINA SALINAS HERNÁNDEZ NOMBRE IMPUTADO : BYRON NICOLÁS MADRID PACHECO CEDULA DE IDENTIDAD : . . - FISCAL : SERGIO ORTEGA OBREGON DEFENSOR : ROBERTO PASTEN SAAVEDRA TRIBUNAL CIRCUNSTANCIAS MODIF. : : 10º JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO NO CONCURREN FECHA DE SENTENCIA : DIEZ DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO TIPO DE RESOLUCION : SENTENCIA PROCEDIMIENTO ABREVI
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