BACHUR/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA
Rol
C-1911-2021
Fecha
23 de junio de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Se ha iniciado este proceso rol N 1911-2021 sobre declaraci n de prescripci n° ó ó extintiva de acci n de cobro de acci n de derechos de aseo, por demanda interpuestaó ó por do a Claudia Marcela Bachur Henr quez, domiciliada en Calamar N 8923,ñ í ° comuna de La Cisterna, en contra de la Ilustre Municipalidad de La Cisterna, representada legalmente por su Alcalde, don Santiago Rebolledo Pizarro, soci logo,ó ambos domiciliados en calle Pedro Aguirre Cerda N 0161, comuna de La Cisterna.° Expone que mantiene una deuda por concepto de derechos de aseo domiciliario, con la demandada, por el periodo comprendido entre los vencimientos que van desde el 31 de octubre de 2007 al 30 de noviembre de 2020, por la suma de $2.341.805.-Esgrime que respecto del periodo antes referido, viene en solicitar se declare la prescripci n extintiva, respecto de las acciones de cobro respectivas, poró las cuotas devengadas y con vencimiento entre el 31 de octubre de 2007 y el 30 de abril de 2018, ambos vencimientos inclusive, por la suma de $2.032.422.- Funda su acci n en los art culos 2492, 2493, 2514 e inciso 1 del art culo 2521ó í ° í del C digo Civil, y alega un plazo de prescripci n de tres a os, respecto de losó ó ñ periodos devengadas y con vencimiento entre el 31 de octubre de 2007 y el 30 de abril de 2018, respecto de la propiedad ubicada en Calamar N 8923, comuna de° La Cisterna, por la suma de $2.032.422.-, con expresa condena en costas en caso de oposici n.ó A folio 6 se dio curso a la demanda. A folio 11, atenta comparecencia del demandado de 8 de junio de 2021, folio 7, se tuvo a esta por notificada de la acci n dirigida en su contra, a la fecha indicadaó y, acorde a igual presentaci n, se tuvo por contestada la demanda y por allanada a laó misma, respecto de las deudas anteriores, y hasta el vencimiento del 30 de abril de 2018, inclusive. A folio 12, conforme a lo previsto en el art culo 313 del C digo deí ó Procedimiento Civil, se cit a las partes a o r sentencia.ó í
Fundamentos
Considerando: C-1911-2021 Foja: 1 Primero: Que comparece a estrados do a Claudia Marcela Bachur Henr quezñ í interponiendo acci n de cobro de acci n de derechos de aseo en contra de la Ilustreó ó Municipalidad de La Cisterna, debidamente representada, por los fundamentos y con las peticiones referidas en lo expositivo de este fallo. Segundo: Que la demandada, notificada legalmente de la demanda dirigida en su contra, la contest allan ndose a los hechos en ella expuestos, seg n se ha indicadoó á ú ya en lo expositivo. Tercero: Que de acuerdo a la previsto en el art culo 1698 del C digo Civil,í ó incumbe probar las obligaciones o su extinci n al que alega aqu llas o sta.ó é é Cuarto: Que la parte demandante para acreditar los fundamentos de su demanda acompa , en forma legal y sin objeci n de la contraria, informe de deudañó ó de derechos de aseo emitido por la Direcci n de Administraci n y Finanzas de laó ó Ilustre Municipalidad de La Cisterna, el 2 de febrero de 2021. Quinto: Que frente a la demanda materia de autos, corresponde siempre a la parte interesada impetrar la prescripci n de deuda por concepto de derechos de aseo,ó ello porque el art culo 2493 del C digo Civil se ala que quien quiera aprovecharseí ó ñ de la prescripci n debe alegarla, no pudiendo el Juez declararla de oficio. ó Sexto: Que ante la solicitud de prescripci n extintiva de acciones de cobroó efectuada por el actor, y fundada en un plazo de prescripci n de tres a os, estaó ñ resulta no aplicable en la especie, en atenci n a que el cobro que se persigue declararó prescrito responde a derechos municipales de aseo domiciliario, en los que el pago se refiere a una actividad determinada, que beneficia directamente a la contribuyente (extracci n de residuos domiciliarios o basura), y que de acuerdo a la redacci n deló ó art culo 6 la Ley de Rentas Municipales, se trata de rentas por servicio con car cterí º á distinto al del impuesto y, por ende, quedando fuera de la aplicaci n del art culoó í 2521 del C digo Civil se rige por la regla general contemplada a prop sito de laó ó prescripci n de las acciones, que es de cinco a os (art culo 2515 del C digo Civil).ó ñ í ó S ptimoé : Que atentos los fundamentos de la acci n principal, con el m rito deló é certificado de deuda de derechos de aseo aportado por la actora, legalmente apreciado, y conforme al allanamiento de la demandada expresado en el proceso, se tiene por acreditada tanto la legitimidad activa e inter s de la demandante en laé declaraci n que persigue, en la medida que aparece ella, do a Bachur Henriquezó ñ “ Claudia Marcela en calidad de deudora de los derechos de aseo de marras, respecto” del predio de Calamar 8923 (La Cisterna). De igual modo, acredita la actora la existencia de las deudas materia de autos, a saber, cuota impagas por concepto de derechos de aseo, las que seg n informeú C-1911-2021 Foja: 1 emitido por la propia demanda, se han devengado y tienen vencimiento entre el 31 de octubre de 2007 y el 30 de n
Fallo
se declarar la extinci n del derecho de cobro de los reajustes,á ó multas y cualquier recargo que accedan a los derechos de aseo correspondientes al periodo antes referido, atendida precisamente la calidad de accesorios de aqu llos ené relaci n a stos.ó é Noveno: Que no se condenar en costas a la demandada por no mediará oposici n de su parte.ó Por estas consideraciones y atento, adem s, lo previsto en los art culos 144, 160á í y 170 del C digo de Procedimiento Civil y 1437, 1698, 2515, 2521 y 2493 deló C digo Civil, se declara que:ó I.- Se acoge la demanda de prescripci n extintiva interpuesta por ó do añ Claudia Marcela Bachur Henr quezí , y se declaran extinguidas las acciones de cobro respecto de los derechos de aseo correspondientes a los per odos con í vencimiento entre el 31 de octubre de 2007 y el 30 de abril de 2018, ambos vencimientos inclusive, por la suma de $2.032.422.-, respecto del predio de calle Calamar N° 8923, comuna de La Cisterna; as como tambi n las referentes a los reajustes,í é multas y dem s que le accedan.á II.- No se condena en costas a la demandada. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Dictada y firmada por don Gonzalo Alejandro Neira Campos, Juez Subrogante. C-1911-2021 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, veintitr s de Junio de dos mil veintiunoé Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificad
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C-1911-2021 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-1911-2021 CARATULADO : BACHUR/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA San Miguel, veintitr s de Junio de dos mil veintiunoé Vistos: Se ha iniciado este proceso rol N 1911-2021 sobre declaraci n de prescripci n° ó ó extintiva de acci n de cobro de acci n de derechos de aseo, por demanda interpues
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