Juzgado de Letras y Garantía de Quellon.

MARIA MAGDALENA RAMIREZ CONCHA C/ ALEJANDRO ABEL SOTO OLMOS

Rol

O-216-2023

Fecha

2 de octubre de 2024

Materia

HURTO AGRAVADO (ART. 447 CODIGO PENAL).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la acusación, acepta los antecedentes de la carpeta fiscal y renuncia a su derecho a un juicio oral, manifestando su conformidad con que se realice el procedimiento abreviado. El Tribunal admite que la presente causa se tramite conforme a las reglas del procedimiento abreviado. El Fiscal del Ministerio Público incorpora los antecedentes de la carpeta investigativa. Se abre debate entre los intervinientes. Se le da la palabra al acusado. Sentencia.: RUC RIT Ámbito afectado Detalle del Hito Valor 2300194793-1 216-2023 CAUSA.: R.U.C=2300194793-1 R.U.I.=216-2023 Fecha de deliberación 2024/10/02 Juez redactor MARIANELA DEL CARMEN Código: YDSCXQKKZHL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:alejandroabel@gmail.com MANCILLA BAÑARES RELACIONES.: SOTO OLMOS ALEJANDRO ABEL / Hurto agravado (art. 447 código penal). Resultado Condenado. CAUSA.: R.U.C=2300194793-1 R.U.I.=216-2023 - - RELACIONES.: SOTO OLMOS ALEJANDRO ABEL / Hurto agravado (art. 447 código penal). Procedimiento Abreviado. DICTA SENTENCIA: La parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Quellón, dos de octubre de dos mil veinticuatro. Y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, 4, 47, 297, 340, 406, y 407 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 7, 11, N°6, 9, 14, 15, N°1, 18, 30, 50, 68, 69, 447 N°1 en relación al artículo 446 N°1 del Código Penal, y Ley 18.216; se resuelve: I.- Que se condena a don ALEJANDRO ABEL SOTO OLMOS, RUN 16.972.850-K, ya individualizado, a la siguiente pena; 1.- 541 DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO; multa de 1/3 UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por la responsabilidad que le cabe como autor de un delito consumado de Hurto Agravado, descrito y sancionado en el art 447 N°1 con relación al artículo 446 N° 1, del Código Penal, perpetrado en Quellón el día 17 de febrero de 2023. II.- Que s

Fallo

se resuelve: I.- Que se condena a don ALEJANDRO ABEL SOTO OLMOS, RUN 16.972.850-K, ya individualizado, a la siguiente pena; 1.- 541 DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO; multa de 1/3 UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por la responsabilidad que le cabe como autor de un delito consumado de Hurto Agravado, descrito y sancionado en el art 447 N°1 con relación al artículo 446 N° 1, del Código Penal, perpetrado en Quellón el día 17 de febrero de 2023. II.- Que se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad por la: - REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo el sentenciado quedar sujeto al control y observancia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de Curicó por el plazo de 541 DIAS, debiendo cumplir los restantes requisitos del artículo 5° de la ley N° 18.216. El sentenciado deberá presentarse a dicho centro en fecha que le fijará el Tribunal, bajo apercibimiento de despacharse una orden de detención en su contra. Si esta pena sustitutiva fuere revocada, el sentenciado deberá cumplir íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta o, en su caso, se la remplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condiciones impuestas. III.- Que, para el pago de la multa impuesta, se le concede al sentenciado la posibilidad de hacerlo en el plazo de 30 días. Se advierte al sentenciado que el no pago de cualquiera de las parcialidades hará exigible el total de la multa impuesta o saldo pendiente de ella. Si no tu

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Individualización de Audiencia de preparación juicio oral// Dicta Sentencia P.abreviado. Fecha Quellón, dos de octubre de dos mil veinticuatro Magistrado MARIANELA DEL CARMEN MANCILLA BAÑARES Fiscal FELIPE LEANDRO RODRÍGUEZ SILVA Defensor SABINA HORTENCIA MANSILLA VÁSQUEZ Hora inicio 11:08AM Hora termino 11:39AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Quellon. Acta jmvc RUC 230019479

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