JOHN EDUARD MEZA DOMINGUEZ C/ CRISTÓBAL ALEJANDRO ZÚÑIGA CALUPI
Rol
O-4448-2024
Fecha
2 de octubre de 2024
Materia
TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “En Valdivia, el día 16 de enero de 2024, alrededor de las 14:50 horas, personal del Complejo Penitenciario Valdivia, ubicado en Avenida Ramón Picarte N° 4100, realiza un registro y allanamiento en distintas celdas del recinto penitenciario, en donde se le encuentran elementos prohibidos reglamentariamente a los requeridos: CRISTOBAL ZUÑIGA CALUPI, habitante de la celda N° 21, se le encuentran 01 teléfono celular marca Alcatel, color negro, el que tenía en su poder.” Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC N° 2410035226-1 y la parte resolutiva a es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 9, 12 N° 14, 12 N° 15, 14, 15, 24 25, 29, 30, 49, 50, 67, 68, 70 y 304 TER del Código Penal, artículos 30, 36, 45, 388 y siguientes del Código Procesal Penal y artículos 11 y siguientes de la Ley 18. 216, se declara: I. Que se condena a CRISTOBAL ZUÑIGA CALUPI, Cédula Nacional de Identidad N° 17.360.272-3, domiciliado en Norte Grande Dos, Pasaje Pica N° 439, Valdivia, actualmente recluido en el Complejo Penitenciario Llancahue ubicado en Avenida Ramón Picarte N° 4100, Valdivia a la siguiente pena como autor en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal, grado de desarrollo consumado de un delito de tenencia de teléfono al interior de un establecimiento penitenciario, previsto y sancionado en el artículo 304 TER del Código Penal, perpetrado en Valdivia el día 16 de enero de 2024, a una pena de 41 días de prisión en su grado máximo y a la accesoria del artículo 30 del Código Penal, esto es, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Se concede al sentenciado CRISTOBAL ZUÑIGA CALUPI, Cédula Nacional de Identidad N° 17.360.272-3, la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, por un total de 54,6 horas, sin que los trabajos puedan exceder de 8 horas diarias, para lo cual se oficiará al pro
Fallo
se declara: I. Que se condena a CRISTOBAL ZUÑIGA CALUPI, Cédula Nacional de Identidad N° 17.360.272-3, domiciliado en Norte Grande Dos, Pasaje Pica N° 439, Valdivia, actualmente recluido en el Complejo Penitenciario Llancahue ubicado en Avenida Ramón Picarte N° 4100, Valdivia a la siguiente pena como autor en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal, grado de desarrollo consumado de un delito de tenencia de teléfono al interior de un establecimiento penitenciario, previsto y sancionado en el artículo 304 TER del Código Penal, perpetrado en Valdivia el día 16 de enero de 2024, a una pena de 41 días de prisión en su grado máximo y a la accesoria del artículo 30 del Código Penal, esto es, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Se concede al sentenciado CRISTOBAL ZUÑIGA CALUPI, Cédula Nacional de Identidad N° 17.360.272-3, la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, por un total de 54,6 horas, sin que los trabajos puedan exceder de 8 horas diarias, para lo cual se oficiará al programa respectivo al Centro de Reinserción Social de Valdivia, al que deberá presentarse el sentenciado dentro de décimo día de ejecutoriado el presente fallo, contado desde que recupere su libertad por encontrarse cumpliendo pena en causa diversa, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere, con el solo mérito del informe Código: BVQXXQMHQGL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser valida
Texto Completo (Preview)
_____________________________________________________________________________________________________ Avenida Francia N° 2688, Valdivia Correo Electrónico: jgvaldivia@pjud.cl Teléfono Contacto: 632348916 / 632348842 SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Valdivia, dos de octubre de 2024 Hechos: “En Valdivia, el día 16 de enero de 2024, alrededor de las 14:50 horas, personal del Complejo Penitenci
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