Juzgado de Garantía de Quillota.

FELIPE ANDRÉS MONTENEGRO PIZARRO C/ JAVIER ENRIQUE BARRERA SILEY

Rol

O-2070-2021

Fecha

10 de octubre de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 02 de enero de 2021, alrededor de las 23.30 horas, en Villa Los Aromos, Block 1, departamento número 104, Quillota, el requerido JAVIER ENRIQUE BARRERA SILEY sustrajo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño 01 cubre de tapabarro costado izquierdo de propiedad de la víctima FELIPE ANDRES MONTENEGRO PIZARRO, especie avaluada en la suma de $60.000 (sesenta mil pesos), para luego huir en dirección desconocida. Se deja constancia que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, el cual es el registro íntegro de la misma, y la resolutiva es del siguiente tenor: Y visto lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 12 N° 15, 14, 15, 30, 0, 432, 446 N° 3 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; ley 18.216 y demás normas legales pertinentes se declara: I.- Que SE CONDENA a JAVIER ENRIQUE BARRERA SILEY, ya individualizado, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DIAS (4 ) DE PRISIÓN EN SU GRADO MAXIMO y a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en calidad de autor del delito de Hurto simple, ejecutado en grado de consumado, cometido en este territorio jurisdiccional, el día 02 de enero de 2021. II.- Que reuniéndose los requisitos del artículo 11 de la Ley 18.216, concurriendo la expresa voluntad del sentenciado, se le sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por prestación de servicios en beneficio de la comunidad, quedando bajo el control y vigilancia de Gendarmería de Chile. Las horas de cumplimiento, se establecerán una vez certificado los días de abono que tenga en sentenciado. La pena sustitutiva impuesta no podrá extenderse por más de ocho horas diarias de Prestación de servicios en beneficio de la comunidad y deberá ser compatible con la actividad laboral o estudiantil que el condenado acredite desarrollar. Código: GNMYXQQXVFL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser

Fallo

se declara: I.- Que SE CONDENA a JAVIER ENRIQUE BARRERA SILEY, ya individualizado, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DIAS (4 ) DE PRISIÓN EN SU GRADO MAXIMO y a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en calidad de autor del delito de Hurto simple, ejecutado en grado de consumado, cometido en este territorio jurisdiccional, el día 02 de enero de 2021. II.- Que reuniéndose los requisitos del artículo 11 de la Ley 18.216, concurriendo la expresa voluntad del sentenciado, se le sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por prestación de servicios en beneficio de la comunidad, quedando bajo el control y vigilancia de Gendarmería de Chile. Las horas de cumplimiento, se establecerán una vez certificado los días de abono que tenga en sentenciado. La pena sustitutiva impuesta no podrá extenderse por más de ocho horas diarias de Prestación de servicios en beneficio de la comunidad y deberá ser compatible con la actividad laboral o estudiantil que el condenado acredite desarrollar. Código: GNMYXQQXVFL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que se impone la pena de multa ascendente a UN TERCIO ( /3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, la cual se tiene por cumplida, por el tiempo que el imputado permaneció privado de libertad con motivo de esta causa, entre los días 09 y 10 de octubre de 2024. IV.- Ejecutoriada esta sentencia, déjese sin efecto

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TRIBUNAL JUZGADO DE GARANTIA DE QUILLOTA RUC: - RIT: - CONDENADO: JAVIER ENRIQUE BARRERA SILEY RUN IMPUTADO: DOMICILIO: - POB. SEGUNDA CONCEPCION PJE. TRES CASA Nº , QUILLOTA DELITO: HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM. PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Quillota, diez de octubre de dos mil veinticuatro HECHOS: El día 02 de enero de 2021, alrededor de las 23.30 horas, en Villa Los Aromos,

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