CARABINEROS DE LIMACHE C/ CRISTIAN ALEJANDRO URBINA NAVEAS
Rol
O-723-2024
Fecha
10 de octubre de 2024
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos acreditados: “El día 17 de mayo de 2024, a las 01:30 horas aproximadamente, el imputado Cristian Alejandro Urbina Naveas, ingreso mediante el escalamiento del cierre perimetral y posteriormente mediante la fractura de la puerta de ingreso, al domicilio ubicado en calle Andrés Bello N° 205, de la comuna de Limache, domicilio que se encuentra desocupado sin moradores y sin ningún tipo de inmobiliario en su interior, una vez en el interior, el imputado procedió a sustraer desde las griferías del baño, diversas cañerías y la grifería del baño del inmueble, cuestión que fue advertida por el propietario don Juan Felipe Bustamante Cofre, quien dio aviso a Carabineros de Chile, los cuales ingresaron a la propiedad y sorprendieron al imputado en el patio posterior del inmueble, se hace presente que las especies corresponden a un set de grifería de baño avaluadas en $30.000.- (treinta mil pesos”. Limache, a diez de octubre de dos mil veinticuatro. Que, atento lo dispuesto en los artículos 39 incisos 2° y 3°; artículo 412 inciso 1º del Código Procesal Penal, y artículo 4° del Auto Acordado 40-2014 de la Excma. Corte Suprema, la sentencia en su integridad obra en el registro oficial de audio y la parte resolutiva, además, en el formulario PDF incorporado en el módulo respectivo; sin perjuicio, esta última se transcribe en los siguientes términos: En virtud de lo expuesto, y lo dispuesto por los artículos 1, 7, 11 N°6, 14, 15, 18, 24, 25, 30, 67, 69, 432 y 442 N°1 del Código Penal; artículos 1, 36, 45, 47 inciso 3º, 340 inciso 3º, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y artículos 3°, 4° y 24 y siguientes de la Ley 18.216, se declara: I. Que SE ACOGE el requerimiento y, en consecuencia, SE CONDENA a CRISTIAN ALEJANDRO URBINA NAVEAS, ya individualizado, por su responsabilidad como autor del delito frustrado de robo en lugar no habitado, cometido Código: YVXRXQNFXJL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pju
Fallo
se declara: I. Que SE ACOGE el requerimiento y, en consecuencia, SE CONDENA a CRISTIAN ALEJANDRO URBINA NAVEAS, ya individualizado, por su responsabilidad como autor del delito frustrado de robo en lugar no habitado, cometido Código: YVXRXQNFXJL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl en Limache el día 17 de mayo de 2024, a la pena de CUARENTA y (41) días de prisión en su grado máximo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas por haber admitido su responsabilidad en los hechos, ahorrando los costos de realización de un juicio oral simplificado. II. Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4° de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y la asistencia del Centro de Reinserción Social de Valparaíso por el lapso de UN AÑO debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al referido centro dentro de cinco días hábiles, contados desde que estuviere firme y ejecutoriada esta sentencia, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Si incumpliere la pena sustitutiva, se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas; si incurriere en incumplimiento grave o reiterado, se l
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PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO. RIT : 2400562350-9. RUC : 723-2024. SENTENCIA EJECUTORIADA C/ CRISTIAN ALEJANDRO URBINA NAVEAS, cédula de identidad N° 16.550.973-0, nacido el 15 de julio de 1987, 37 años, domiciliado en Calle 24 norte 1341, Santa Inés, Viña del Mar (centro de rehabilitación de consumo de drogas Educere), forma especial de notificación al teléfono móvil 9- 37748565 Hechos acreditados
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