C/ DAVID OCTAVIO MENESES ACEVEDO
Rol
O-6125-2024
Fecha
1 de octubre de 2024
Materia
TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 31/03/2024, alrededor de las 09:55AM, al interior del Centro de Detención Penitenciario Santiago Uno, ubicado en Nueva Centenario N° 1879, comuna de Santiago, funcionarios de gendarmería sorprendieron al imputado privado de libertad, DAVID OCTAVIO MENESES ACEVEDO, portando en su poder (01) 01 TELEFONO CELULAR MARCA XIAOMI COLOR NEGRO, sin estar legalmente autorizado para tal efecto SE DECLARA: I. Que se condena a DAVID OCTAVIO MENESES ACEVEDO, ya individualizado, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DIAS DE PRESION EN SU GRADO MAXIMO y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de TENENCIA DE ELEMENTOS TECNOLÓGICOS DENTRO DE UN ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO, previsto y sancionado en el ART. 304 ter del Código Penal, ilícito que se encuentra en grado de CONSUMADO, cometido en la comuna de Santiago. II. Que no reuniendo el imputado los requisitos de la ley 18.216 deberá hacer cumplimiento efectivo de la pena privativa de libertad antes mencionada, sin abonos que considerar. III. Que habiendo admitido responsabilidad en los hechos se le exime al imputado al pago de las costas de la causa atendido a que con ello ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. IV. Dese oportuno cumplimiento 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renuncian a los plazos. Código: KMFXQMJXPK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por PONCIANO ANDRES SALLES BASTARRICA, Juez Titular del 7° Juzgado de Garantía de Santiago “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: KMFXQMJXPK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificado
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a DAVID OCTAVIO MENESES ACEVEDO, ya individualizado, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DIAS DE PRESION EN SU GRADO MAXIMO y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de TENENCIA DE ELEMENTOS TECNOLÓGICOS DENTRO DE UN ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO, previsto y sancionado en el ART. 304 ter del Código Penal, ilícito que se encuentra en grado de CONSUMADO, cometido en la comuna de Santiago. II. Que no reuniendo el imputado los requisitos de la ley 18.216 deberá hacer cumplimiento efectivo de la pena privativa de libertad antes mencionada, sin abonos que considerar. III. Que habiendo admitido responsabilidad en los hechos se le exime al imputado al pago de las costas de la causa atendido a que con ello ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. IV. Dese oportuno cumplimiento 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renuncian a los plazos. Código: KMFXQMJXPK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por PONCIANO ANDRES SALLES BASTARRICA, Juez Titular del 7° Juzgado de Garantía de Santiago “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: KMF
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. FECHA: Santiago., uno de octubre de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: 7° Juzgado de Garantía de Santiago MAGISTRADO: PONCIANO ANDRES SALLES BASTARRICA RUC: 2400390750-K RIT: 6125-2024 IMPUTADO: DAVID OCTAVIO MENESES ACEVEDO C.I. 18859261-9 DELITO Tenencia De Elementos Tecnológicos Dentro De Un Establecimiento Penitenciario ARTICULO ART. 304
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