C/ PEDRO EDUARDO ALMUNA ROJAS
Rol
O-8871-2024
Fecha
4 de octubre de 2024
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 3 de octubre del año 2024 alrededor de las 19.10 horas en la vía pública en calle Idra a la altura del 2.541 de la comuna de Puente Alto. Pedro Eduardo Almuna Roja fue objeto un control de identidad por parte de personal de carabineros y se le encontró desde su vestimenta un arma blanca del tipo corta pluma marca W3 de 6 centímetros de hoja y 8,5 centímetros empuñadura, sin justificar razonablemente el porte dicha arma. Circunstancias modificatorias de responsabilidad: Artículo 11 N° 9 del Código Penal. Puente Alto, cuatro de octubre de dos mil veinticuatro. Conforme a lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 Nº 9, 14 N°1, 15 N°1, 18, 21, 24, 26, 31, 49, 50, 70 y 288 BIS del Código Penal; artículos 297, 340 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal y demás normas pertinentes, se declara que: I.- Se condena a PEDRO EDUARDO ALMUNA ROJAS, cédula nacional de identidad N°13.938.931-K a sufrir la pena de MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad en calidad de AUTOR DE UN DELITO CONSUMADO DE PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE EN LA VÍA PÚBLICA, ilícito previsto y sancionado en el artículo 288 BIS del Código Penal, cometido con fecha 03 de octubre de 2024 en la comuna de Puente Alto. II.- Respecto de la multa impuesta de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual, esta se le sustituirá por un día de reclusión y se le tendrá por cumplida con cargo al tiempo que el sentenciado ha permanecido privado de libertad con ocasión de estos antecedentes, correspondiente a al día en que fue controlada su detención. III.- Se ordena el comiso de la cortapluma incautada bajo la cadena de custodia NUE Nº4160854. IV.- No se condena al sentenciado al pago de las costas de la causa. Ejecutoriada que sea esta sentencia, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Ofíciese a los organismos correspondientes comunicando lo resuelto. Regístrese y archívese, en su oportunidad. RIT 8871-2024 RUC 2401189940-0 Dicta
Fallo
se declara que: I.- Se condena a PEDRO EDUARDO ALMUNA ROJAS, cédula nacional de identidad N°13.938.931-K a sufrir la pena de MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad en calidad de AUTOR DE UN DELITO CONSUMADO DE PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE EN LA VÍA PÚBLICA, ilícito previsto y sancionado en el artículo 288 BIS del Código Penal, cometido con fecha 03 de octubre de 2024 en la comuna de Puente Alto. II.- Respecto de la multa impuesta de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual, esta se le sustituirá por un día de reclusión y se le tendrá por cumplida con cargo al tiempo que el sentenciado ha permanecido privado de libertad con ocasión de estos antecedentes, correspondiente a al día en que fue controlada su detención. III.- Se ordena el comiso de la cortapluma incautada bajo la cadena de custodia NUE Nº4160854. IV.- No se condena al sentenciado al pago de las costas de la causa. Ejecutoriada que sea esta sentencia, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Ofíciese a los organismos correspondientes comunicando lo resuelto. Regístrese y archívese, en su oportunidad. RIT 8871-2024 RUC 2401189940-0 Dictada por Alejandro González Rodríguez, Juez (s) del Juzgado de Garantía de Puente Alto. Sentencia.: RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor Código: SRDBXQLCRMK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2401189940-0 8871-2024 CAUSA.: R.U.C=240
Texto Completo (Preview)
Individualización de Audiencia de control de la detención. Fecha Puente Alto., cuatro de octubre de dos mil veinticuatro Magistrado ALEJANDRO MATIAS GONZALEZ RODRIGUEZ Fiscal ALONSO HORMAZÁBAL Defensor FADWA AMIRA SABA HERRERA Hora inicio 11:15AM Hora termino 11:24AM Sala CONTROLES Tribunal Juzgado de Garantía de Puente Alto Acta jlm RUC 2401189940-0 RIT 8871 - 2024 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION
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