MP C/ DAVID ALEJANDRO FAÚNDEZ TOBAR
Rol
O-4675-2024
Fecha
8 de octubre de 2024
Materia
ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos : El día 18 de mayo de 2024, alrededor de las 05:35 horas, en el pasaje José Manuel Figari frente al N° 742, de la villa Santa Clara, en la comuna de Buin, la víctima don Piero Felipe Castro García conducía su station wagon, marca Nissan, modelo Kicks, color azul, PPU TKFS-63, en compañía de don Francisco Javier Moraga Soto y al momento de estacionarlo, de manera sorpresiva, llega al lugar un automóvil marca Hyundai, modelo Veloster, sin placas patentes, del cual descienden 03 individuos, quienes comienzan a amenazar a las víctimas. El imputado DAVID ALEJANDRO FAUNDEZ TOBAR portaba en sus manos un arma de fuego, quien amenazó a la víctima don Piero Felipe Castro García y lo bajó del móvil, le apuntó en el pecho y le pidió que le entregara todas las cosas. La víctima le pasó la billetera con su cédula de identidad, licencia de conducir, diferentes tarjetas de bancos y 20 dólares en efectivo. Posteriormente mientras los otros dos sujetos trataban de bajar a su acompañante don Francisco Javier Moraga Soto, golpeándolo y el imputado DAVID ALEJANDRO FAUNDEZ TOBAR le apunta en la cabeza y le dice con insultos que se baje del auto y ahí recién se bajó del auto, pero se le quedó enganchado el pie en el cinturón de seguridad y es arrastrado por la calle. Posteriormente los imputados se dan a la fuga en dirección desconocida, en el station wagon de la víctima, en cuyo interior las víctimas tenían cargados 2 sacos de dormir marca Doite, un colchón inflable de plazas marca Doyte, un par de audífonos marca Apple, un bolso con juegos de mesa y bolsos con ropa. Código: GGPPXQFLKGK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgsanbernardo@pjud.cl Juzgado de Garantía de San Bernardo Urmeneta N°330 – San Bernardo Mail: jgsanbernardo@pjud.cl, Fono: 2-25202500 Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 6, 9, 14, 15 N° 1, 18, 29, 31,50, 68, 69, 70, 432, 436 Y 439
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 6, 9, 14, 15 N° 1, 18, 29, 31,50, 68, 69, 70, 432, 436 Y 439 del Código Penal; artículos 36, 297, 342 y 406y siguientes del Código Procesal Penal y 15 y siguientes de la ley 18.216 SE DECLARA: I.- Que se condena a DAVID ALEJANDRO FAÚNDEZ TOBAR, ya individualizado, como autor del delito de Robo con intimidación, cometido en grado de desarrollo consumado y perpetrado en el territorio jurisdiccional de este Tribunal el día 18/05/2024, a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO Y a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 15 bis de la Ley N°18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social Santiago Sur II el día 21/10/2024 y debiendo, además, cumplir durante el período de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento y con las condiciones legales de la letras c) del artículo 17 y letra B) Y D) del artículo 17 ter de la citada ley. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada el (la) condenado(a) cumplirá íntegra y efectivamente
Texto Completo (Preview)
Juzgado de Garantía de San Bernardo Urmeneta N°330 – San Bernardo Mail: jgsanbernardo@pjud.cl, Fono: 2-25202500 ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha : ocho de octubre de dos mil veinticuatro. Imputado : DAVID ALEJANDRO FAÚNDEZ TOBAR, cédula de identidad N° 21.842.187-3, fecha de nacimiento, estado civil, profesión u oficio, con domicilio en Pasaje Pasaje Profesora Irma Sa
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