TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE MELIPILLA

C/ NICOLÁS FELIPE CATALÁN GODOY

Rol

O-86-2024

Fecha

9 de octubre de 2024

Materia

AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR)., POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, RECEPTACION. ART. 456 BIS A., TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos en que se fundó la acusación fueron los siguientes: “El día 07 de abril del 2023 aproximadamente a las 18:15 hrs, personal policial de carabineros ingresó al domicilio ubicado en calle pasaje 7, casa 397, villa bicentenario, comuna de Melipilla, previa autorización voluntaria de su encargada doña Mariana Noemí Correa Riffo, lugar donde se percatan que el imputado Nicolás Felipe Catalán Godoy mantenía en el interior del inmueble un arma de fuego consistente en una pistola calibre 9 milímetros, marca cz, modelo 83, serie nro. 57662, con encargo de la comuna de san Fernando con fecha 28.04.2022, por el delito de robo, además de un cargador de pistola sin marca, un cartucho calibre 12 milímetros, marca cbc además de guardar y ocultar la cantidad de 11 gramos, 82 milígramos, peso bruto de marihuana, todo ello, sin contar con las autorizaciones legales, asimismo, al momento de la detención, el imputado procedió a amenazar a funcionarios de carabineros señalándoles “ pacos culiados donde los vea me las pagaran y se acordaran de mi giles, además tengo amigos en el juzgado y se todas las leyes y voy a quedar libre “. Además debe señalarse que el imputado a las 15 hrs del mismo día, procedió a amenazar en forma seria y verosímil a la víctima Frank Esteban Suazo Luengo, intimidándola con un arma de fuego señalándole “queris tus hueas”, aquí tenis tus hueas, pero no te las voy a entregar, ándate conchetumadre”, esto por cuanto la victima señaló que el imputado se había puesto celoso, a raíz de esto la victima concurrió a realizar la denuncia a carabineros, los que procedieron a la detención del imputado”. A juicio del Ministerio Público los hechos descritos son constitutivos del delito del delito de Tenencia Ilegal de Arma de Fuego y Munición, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley 17.798 sobre control de armas de fuego, del ilícito de Receptación de Especies, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, de un delito de Tráfico de Drogas en

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del Tribunal e Intervinientes. Que con fecha tres de octubre del presente año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Melipilla, integrado por las jueces titulares doña Jessica Cofré Hidalgo en calidad de Presidenta de sala; doña Sylvia Alvarado Estay, como redactora y doña Mariela Hernández Beiza, subrogando legalmente en calidad de tercera integrante, se llevó a efecto el Juicio Oral Rol Único de Causa N° 2.300.381.040-2, Rol Interno del Tribunal Nº 86-2024, seguido en contra de NICOLÁS FELIPE CATALÁN GODOY, cédula nacional de identidad N°18.212.409-5, sin apodos, nacido en Melipilla, el 27 de marzo de 2022, 32 años, soltero, 2° medio, temporero, domiciliado en Villa Bicentenario pasaje 12, casa 376, comuna de Melipilla. Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público, representado por el Fiscal Adjunto don Luis Carreño Muñoz; en tanto, la defensa estuvo a cargo del Defensor Penal Público licitado, don José Luis San Martín Whestoff, ambos con domicilios y forma de notificación registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación Fiscal. Que, los hechos en que se fundó la acusación fueron los siguientes: “El día 07 de abril del 2023 aproximadamente a las 18:15 hrs, personal policial de carabineros ingresó al domicilio ubicado en calle pasaje 7, casa 397, villa bicentenario, comuna de Melipilla, previa autorización voluntaria de su encargada doña Mariana Noemí Correa Riffo, lugar donde se percatan que el imputado Nicolás Felipe Catalán Godoy mantenía en el interior del inmueble un arma de fuego consistente en una pistola calibre 9 milímetros, marca cz, modelo 83, serie nro. 57662, con encargo de la comuna de san Fernando con fecha 28.04.2022, por el delito de robo, además de un cargador de pistola sin marca, un cartucho calibre 12 milímetros, marca cbc además de guardar y ocultar la cantidad de 11 gramos, 82 milígramos, peso bruto de marihuana, todo ello, sin contar con las autorizaciones legales, asimismo, al momento de la detención, el imputado procedió a amenazar a funcionarios de carabineros señalándoles “ pacos culiados donde los vea me las pagaran y se acordaran de mi giles, además tengo amigos en el juzgado y se todas las leyes y voy a quedar libre “. Además debe señalarse que el imputado a las 15 hrs del mismo día, procedió a amenazar en forma seria y verosímil a la víctima Frank Esteban Suazo Luengo, intimidándola con un arma de fuego señalándole “queris tus hueas”, aquí tenis tus hueas, pero no te las voy a entregar, ándate conchetumadre”, esto por cuanto la victima señaló que el imputado se había puesto celoso, a raíz de esto la victima concurrió a realizar la denuncia a carabineros, los que procedieron a la detención del imputado”. A juicio del Ministerio Público los hechos descritos son constitutivos del delito del delito de Tenencia Ilegal de Arma de Fuego y Munición, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley 17.798 sobre control de armas de fuego, del ilícito de

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 15 N° 1, 50, 296 N°3 y 456 bis A del Código Penal, artículos 1, 4, 45, 48, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 344 y 347 del Código Procesal Penal; artículos 2 letra b) y c), 9, 15 y 23 de la Ley 17.798; artículo 1, 4 y 41 de la Ley 20.000 y 417 del Código de Justicia Militar, SE DECLARA: I.- Que se ABSUELVE a NICOLÁS FELIPE CATALÁN GODOY, ya individualizado, de los cargos deducidos en su contra como presunto autor de los delitos de Tenencia Ilegal de Arma de Fuego y Munición, Receptación de Especies, Tráfico Ilícito de Drogas en Pequeñas Cantidades y Amenazas a Carabineros, en grado consumado, hechos presumiblemente acaecidos el día 7 de abril de 2023, en la comuna de Melipilla. Código: KJZKXQXGXXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 16 II.- Que, se decreta el comiso de un cartucho calibre 12 milímetros, marca CBC incautado con motivo de esta causa debiendo ser remitido a Arsenales de Guerra para su destrucción, lo que deberá llevarse a efecto por el Ministerio Público. Que, se ordena la devolución del arma de fuego pistola marca CZ, modelo 83, número de serie 57662, su cargador a quien acredite ser su dueño de acuerdo a los plazos que establece el artículo 23 de la Ley 17.798, en caso de que dicho plazo transcurra sin reclamante, debe procederse a su destrucción en los arsenales de guerra, lo que deberá llevarse a efecto por el Ministerio

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1 TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE MELIPILLA CONTRA: NICOLÁS FELIPE CATALÁN GODOY R.U.C. N° 2300381040-2 R.I.T. N° 86-2024 DELITOS: TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO Y MUNICION, RECEPTACIÓN DE ESPECIES, TRAFICO ILICITO DE DROGAS EN PEQUEÑAS CANTIDADES Y AMENAZAS A CARABINEROS. Melipilla, nueve de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Indiv

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