Juzgado de Letras y Garantía de Chanco

ORELLANA/SOCIEDAD DE INVERSIONES DOÑA EVARISTA LIMITADA

Rol

M-10-2022

Fecha

1 de agosto de 2022

Materia

Feriado proporcional, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos y en virtud de lo dispuesto en el artículo 453 Nº1 inciso 6 y Nº3 del Código Laboral se procede a hacer somera exposición de los hechos en la causa y a la dictación de sentencia. DICTACIÓN DE SENTENCIA: Chanco, veintinueve de julio de dos mil veintidós. Se resuelve: I.- Que, se condena a pagar a la parte demandada por concepto de feriado proporcional la suma de $60.038 pesos (sesenta mil treinta y ocho pesos) y en cuanto a las remuneraciones descontadas ilegalmente durante el mes de diciembre de 2021 por anticipo de caja por la suma de $27067 (veintisiete mil sesenta y siete pesos) y en el mes de enero de 2022 por la suma de $185.303(ciento ochenta y cinco mil trecientos setenta pesos), dando un total a pagar de $212.370 (doscientos doce mil trescientos setenta pesos). II.- y se condena al pago a los reajustes e intereses de acuerdo al artículo 173 del Código del Trabajo. III.- Se condena a la demandada al pago de las costas de la causa. Con todo lo obrado se pone término a la audiencia. Los intervinientes quedan válidamente notificados de las resoluciones dictadas en audiencia. Dirigió la audiencia don GUILLERMO ALBERTO COFRE RIVERA, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía con Competencia en Familia de Chanco. “La Presente acta solo constituye un registro administrativo, confeccionada por la funcionaria encargado de acta en el que se resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 62 del acta 71-2016 sobre procedimiento en los Tribunales que tramitan con carpeta electrónica”.

Fallo

Se resuelve: I.- Que, se condena a pagar a la parte demandada por concepto de feriado proporcional la suma de $60.038 pesos (sesenta mil treinta y ocho pesos) y en cuanto a las remuneraciones descontadas ilegalmente durante el mes de diciembre de 2021 por anticipo de caja por la suma de $27067 (veintisiete mil sesenta y siete pesos) y en el mes de enero de 2022 por la suma de $185.303(ciento ochenta y cinco mil trecientos setenta pesos), dando un total a pagar de $212.370 (doscientos doce mil trescientos setenta pesos). II.- y se condena al pago a los reajustes e intereses de acuerdo al artículo 173 del Código del Trabajo. III.- Se condena a la demandada al pago de las costas de la causa. Con todo lo obrado se pone término a la audiencia. Los intervinientes quedan válidamente notificados de las resoluciones dictadas en audiencia. Dirigió la audiencia don GUILLERMO ALBERTO COFRE RIVERA, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía con Competencia en Familia de Chanco. “La Presente acta solo constituye un registro administrativo, confeccionada por la funcionaria encargado de acta en el que se resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 62 del acta 71-2016 sobre procedimiento en los Tribunales que tramitan con carpeta electrónica”.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO /DICTACIÓN DE SENTENCIA FECHA 29/07/2022 RUC 22- 4-0402728-3 RIT M-10-2022 MAGISTRADO GUILLERMO ALBERTO COFRÉ RIVERA ADMINISTRATIVO DE ACTAS YAEL RIVERA CUEVAS HORA DE INICIO 09:47 HORAS HORA DE TERMINO 10:14 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2240402728-3-132-22-07-29-00-01- M-10-2022 PARTE RECLAMANTE COMPARECIEN

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