Juzgado de Garantía de Arica.

FISCALIA ARICA C/ ERIKA VICTORIA MARTES CASAS

Rol

O-1505-2024

Fecha

3 de octubre de 2024

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 04 de enero de 2024 aproximadamente a las 10:45 horas, PDI efectuó vigilancia en el inmueble calle Chépicas N°2145, Arica; visualizando al consumidor Cristian Enrique MEDINA VARGAS, quien llegó hasta la reja del domicilio, haciendo entrega de un objeto pequeño a una persona que se encontraba dentro del inmueble, esperando alrededor de un minuto, para luego recibir algo desde el interior, retirándose rápidamente del lugar por calle Chépicas al oriente. En consecuencia, los funcionarios PDI, iniciaron un seguimiento discreto al sujeto, donde en virtud a los indicios de una posible adquisición de droga, se le efectuó un control de identidad, en calle Chépicas intersección Flor del Inca, siendo individualizado como el consumidor Cristian Enrique MEDINA VARGAS, C.I N° 9.941.279-8, quien ante las consultas efectuadas por los funcionarios policiales, hizo entrega de un envoltorio de papel blanco cuadriculado que mantenía en la mano izquierda, corroborando personal PDI que el mismo Código: SHQGXQYFXXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl consistió en 01 envoltorio de papel blanco cuadriculado contenedor de 0,36 (cero coma treinta y seis) gramos brutos de pasta base de cocaína (N.U.E. 6866820); droga que previamente el consumidor adquirió en el inmueble de la imputada ERIKA VICTORIA MARTES CASAS. En mérito de lo anterior, en fecha 29 de febrero de 2024, el Juzgado de Garantía de Arica, por un plazo de 10 días, otorgó orden de entrada, registro e incautación, respecto del inmueble de Calle Chépicas N°2145, Arica. Por consiguiente, en fecha 07 de marzo de 2024, aproximadamente a las 16:00 horas, personal PDI, ejecutó la orden judicial, irrumpiendo en el inmueble, en cuyo interior fue habida la imputada ERIKA VICTORIA MARTES CASAS, quien en el interior del inmueble, poseía, tenía y guardaba a fin de traficar la siguiente droga: En el dormitorio habitado por la imputada ERIKA VICTORIA MARTES CASA

Fallo

se declara: I. Que se condena a ERIKA VICTORIA MARTES CASAS, cédula de identidad N° . .7 - , ya individualizado, a las penas de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, multa de diez unidades tributarias mensuales, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas, como autor del delito consumado de Tráfico de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo ° de la Ley . , hecho cometido en Arica el día 7 de marzo del . II. La multa se pagará en pesos y se conceden diez cuotas iguales, mensuales y sucesivas de una unidad tributaria mensual. Si no la pagare será citado a audiencia conforme lo establece el artículo 9 del Código Penal. III. Que la pena corporal se cumplirá efectivamente, sirviéndole de abono los días que ha permanecido privado de libertad en la causa, a propósito de la prisión preventiva decretada con fecha de marzo de hasta la fecha. IV. Se decreta el comiso de las especies y dinero incautados, correspondiente en $ . , los cuales de conformidad con el artículo 6 de la Ley . deberán ingresar en partes iguales entre el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, OS-7 de Carabineros, Policía de Investigaciones y Ministerio Público de esta ciudad. V. Trasládese al sentenciado al Servicio Médico Legal de Arica, a fin de determinar su huella genética y ser incorporado al Registro de Condenados, según lo dispuesto en el artículo 7 de

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, tres de octubre de dos mil veinticuatro Magistrado FELIPE ANDRÉS SALAS TORRES Fiscal CARLOS ALBERTO MARÍN SANDOVAL Defensor ARIEL EDUARDO CABELLO CAÑETE Tipo de Audiencia PROCEDIMIENTO ABREVIADO Hora inicio Hora término Sala Tribunal Juzgado de Garantía de Arica Registro de audio 6 7- -99 - - - -PABR FST JHC RIT 5 5 Acta JHC RUC 6 7- RIT 5 5 - Delito Tráfico de peque

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