ESCOBAR/FERROSTAAL S.A.C
Rol
M-511-2022
Fecha
1 de agosto de 2022
Materia
Costas, Despido injustificado, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Registrado en audio. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, esta no se ha arribado. DESITIMIENTO DEMANDADA SOLIDARIA En este acto la parte demandante se desiste de las acciones interpuestas en contra de la demandada solidaria ENAP REFINERÍAS S.A. Traslado a la demandada solidaria ENAP REFINERÍAS S.A., quien acepta el desistimiento y se allana a la solicitud de retención. El tribunal resuelve: Teniendo presente lo dispuesto en el articulo 148 Código de procedimiento civil y en relación con el artículo 432 del código del trabajo, se hace lugar al desistimiento parcial de la demandada en relación con la demandada solidaria ENAP REFINERÍAS S.A,. Y respecto a la retención solicitada y teniendo en consideración que la demandada principal no se ha presentado al juicio, se hace lugar a la retención hasta por la suma de $4.500.000.- pesos, ordenándose a la demandada ENAP REFINERÍAS S.A que retenga la suma de $4.500.000.- de los montos pendientes de pago que le corresponda recibir a FERROSTAL S.A.C, en merito de ello, queda notificado en este acto la demandada ENAP REFINERÍAS S.A de la retención decretada para efectos de proceder a ello remitiendo en su oportunidad los dineros mediante su depósito en la cuenta corriente del tribunal. Atendido que no se presento la demandada principal no se estima necesario fijar hechos a probar toda vez que esta se ha privado del derecho de contestar la demanda y controvertir los hechos contenidos en ella y se procederá a dictar sentencia inmediata. Se deja constancia que la Magistrado don FERNANDO ANDRÉS STEHR GESCHE, da lectura integra a la sentencia dictada en audio, constando en la presente acta solo la transcripción de la parte resolutiva del fallo. Concepción, veintinueve de julio de dos mil veintidós. VISTOS: (Registro en audio). En mérito de estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 162,163 y 168 del Código del Trabajo, se declara: I.- Que se hace lugar a la demandada interpuesta por don ARNOL
Fallo
por tanto se procede en su rebeldía. INDIVIDUALIZACION DE LAS PARTES: Registrado en audio. Proveyendo escrito acompaña documentos presentado por la parte demanda solidaria: Téngase presente y por acompañados los documentos, sin perjuicio de su ofrecimiento, cotejo e incorporación en las etapas procesales respectivas correspondiente. RELACION DE LOS HECHOS: Registrado en audio. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, esta no se ha arribado. DESITIMIENTO DEMANDADA SOLIDARIA En este acto la parte demandante se desiste de las acciones interpuestas en contra de la demandada solidaria ENAP REFINERÍAS S.A. Traslado a la demandada solidaria ENAP REFINERÍAS S.A., quien acepta el desistimiento y se allana a la solicitud de retención. El tribunal resuelve: Teniendo presente lo dispuesto en el articulo 148 Código de procedimiento civil y en relación con el artículo 432 del código del trabajo, se hace lugar al desistimiento parcial de la demandada en relación con la demandada solidaria ENAP REFINERÍAS S.A,. Y respecto a la retención solicitada y teniendo en consideración que la demandada principal no se ha presentado al juicio, se hace lugar a la retención hasta por la suma de $4.500.000.- pesos, ordenándose a la demandada ENAP REFINERÍAS S.A que retenga la suma de $4.500.000.- de los montos pendientes de pago que le corresponda recibir a FERROSTAL S.A.C, en merito de ello, queda notificado en este acto la demandada ENAP REFINERÍAS S.A de la retención decretada para efectos
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONTESTACIÓN, CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO (Audiencia efectuada por videoconferencia a través de plataforma digital zoom) FECHA 29 de julio de 2022 RUC 22-4-0413121-8 RIT M-511-2022 Audio MAGISTRADO FERNANDO ANDRÉS STEHR GESCHE Remoto ADMINISTRATIVO DE ACTAS Fabiola Godoy Aburto N°3 HORA DE INICIO 11:02 horas HORA DE TERMINO 11:23
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica