TORO/EMPRESA CONSTRUCTORA GUZMAN Y LARRAIN SPA
Rol
M-71-2022
Fecha
4 de agosto de 2022
Materia
Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos a probar: 1. Efectividad de haberse suscrito finiquito entre las partes. Pruebas ofrecidas e incorporadas parte demandada: Documental: Mediante lectura incorpora la siguiente prueba documental: 1. Copia contrato de trabajo entre la empresa y el Actor, de fecha 19 de julio de 2021. 2. Carta de término de contrato de trabajo, de fecha 31 de agosto de 2021. 3. Copia finiquito de contrato de trabajo de 31 de agosto de 2021, firmado ante notario con fecha 14 de octubre de 2021. 4. Copia de contrato de trabajo de fecha 1 de septiembre de 2021, por obra o faena. 5. Carta de término de contrato de trabajo, fecha 20 de enero de 2022, con su respectivo comprobante de envío por correo certificado y comprobante de presentación ante la Inspección del Trabajo. 6. Finiquito de contrato de trabajo firmado ante notario, sin reserva de derechos, de fecha 6 de junio de 2022. 7. Comprobante de depósito bancario por el monto del finiquito y remuneración de enero de 2022, de fecha 10 de junio de 2022. 8. Certificado de pago de cotizaciones previsionales por toda la relación laboral. 9. Liquidaciones de remuneración de julio de 2021 hasta enero de 2022. 10. Comprobante de pago, depósito bancario, de remuneración desde julio de 2021 hasta el 14 de enero de 2022. 11. Registro de asistencia del mes de enero de 2022. 12. Copia del estampado de notificación de la demanda de fecha 7 de junio de 2022, que consta en la causa E-2412-2022 del 2º JLT de Santiago. Confesional: LA parte se desiste de esta prueba. Testimonial: Conducen a estrados los siguientes testigos: · Víctor Hugo Fuentes Sandoval. · Ronald Antonio Díaz Torres. Pruebas ofrecidas e incorporadas por la parte demandante: Documental: Mediante lectura resumida se incorpora la siguiente prueba documental: 1. Liquidación de remuneración del actor correspondiente al mes de diciembre de 2021. 2. Constancia N°48 ante la Inspección del Trabajo de Antofagasta, de fecha 18 de enero de 2022. 3. Carta de despido de fecha 20 de enero de 20
Fundamentos
fundamentos constan en audio. Traslado excepción de finiquito: La parte demandante evacua la excepción interpuesta por la demandada principal, solicitando su rechazo, argumentos que constan íntegramente en registro de audio del tribunal. Tribunal resuelve: Se tiene por evacuado el traslado conferido y se deja su resolución para sentencia definitiva. Se recibe la causa a prueba, fijándose los siguientes hechos a probar: 1. Efectividad de haberse suscrito finiquito entre las partes. Pruebas ofrecidas e incorporadas parte demandada: Documental: Mediante lectura incorpora la siguiente prueba documental: 1. Copia contrato de trabajo entre la empresa y el Actor, de fecha 19 de julio de 2021. 2. Carta de término de contrato de trabajo, de fecha 31 de agosto de 2021. 3. Copia finiquito de contrato de trabajo de 31 de agosto de 2021, firmado ante notario con fecha 14 de octubre de 2021. 4. Copia de contrato de trabajo de fecha 1 de septiembre de 2021, por obra o faena. 5. Carta de término de contrato de trabajo, fecha 20 de enero de 2022, con su respectivo comprobante de envío por correo certificado y comprobante de presentación ante la Inspección del Trabajo. 6. Finiquito de contrato de trabajo firmado ante notario, sin reserva de derechos, de fecha 6 de junio de 2022. 7. Comprobante de depósito bancario por el monto del finiquito y remuneración de enero de 2022, de fecha 10 de junio de 2022. 8. Certificado de pago de cotizaciones previsionales por toda la relación laboral. 9. Liquidaciones de remuneración de julio de 2021 hasta enero de 2022. 10. Comprobante de pago, depósito bancario, de remuneración desde julio de 2021 hasta el 14 de enero de 2022. 11. Registro de asistencia del mes de enero de 2022. 12. Copia del estampado de notificación de la demanda de fecha 7 de junio de 2022, que consta en la causa E-2412-2022 del 2º JLT de Santiago. Confesional: LA parte se desiste de esta prueba. Testimonial: Conducen a estrados los siguientes testigos: · Víctor Hugo Fuentes Sandoval. · Ronald Antonio Díaz Torres. Pruebas ofrecidas e incorporadas por la parte demandante: Documental: Mediante lectura resumida se incorpora la siguiente prueba documental: 1. Liquidación de remuneración del actor correspondiente al mes de diciembre de 2021. 2. Constancia N°48 ante la Inspección del Trabajo de Antofagasta, de fecha 18 de enero de 2022. 3. Carta de despido de fecha 20 de enero de 2022. Exhibición de documentos: Procedan las demandadas a la exhibición de los siguientes documentos, bajo apercibimiento del artículo 453 N° 5 del Código del Trabajo: 1. Contratos civiles o comerciales, convenios o resolución administrativa suscrita con la demandada solidaria SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN II REGIÓN. 2. Facturas emitidas a la demandada solidaria SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN II REGIÓN, de toda la relación laboral, esto es, desde el mes de julio del año 2021 hasta el mes de enero del año 2022, junto con sus respectivos estados de pago. Se tiene por cumplida la
Fallo
por tanto, su poder liberatorio se extiende expresamente a ese aspecto, no pudiendo en consecuencia, impugnarse la causal invocada, con posterioridad. Que, por lo expuesto, habrá de desestimarse la demanda en cuanto pretende la impugnación de la causal invocada para la terminación del contrato de trabajo habido entre las partes, y en cuanto reclama el pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo que accede a dicha declaración. Que, al mismo tiempo, habrá de desestimarse el cobro de 9.54 días por concepto de feriado proporcional, por aparecer pagada dicha prestación en el finiquito de fecha 06.06.2022. OCTAVO: Que finalmente, en cuanto a las remuneraciones reclamadas por 20 días trabajados correspondientes al mes de enero del año 2022, se ha dado cuenta de su pago, mediante el comprobante de depósito bancario por el monto del finiquito y remuneración de enero de 2022, de fecha 10 de junio de 2022 y, en cuanto a su monto también, a través, del certificado de pago de cotizaciones previsionales por toda la relación laboral, documentos no objetados de contrario, motivo por el que la demanda también será desestimada en cuanto a este ítem. Y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 8, 9, 43, 63, 73, 161, 162, 168, 172, 173, 177, 453, 454, 459, 496 y siguientes del Código del Trabajo, y 1.698 y 2.446 del Código Civil, SE DECLARA: I. Que se acoge la excepción de finiquito y transacción; y, en consecuencia se rechaza la demanda por despido injustificado, indebido o
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 29/07/2022 RUC 22-4-0398964-2 RIT M-71-2022 MAGISTRADO Esteban Uribe Reyes ADMINISTRATIVO DE ACTAS Cinthya Saldivar Chávez HORA DE INICIO 08:31 HORA DE TERMINO 09:40 Nº REGISTRO DE AUDIO 2240398964-2-1357 PARTE DEMANDANTE JONATHAN FELIPE TORO GONZÁLEZ., cédula de identidad N° 17.937.634-2 ABOGADO
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