PABLO ANDRÉS SOTO JAQUES C/ HAROLD KEVINN ACUÑA MONSALVE
Rol
O-3342-2024
Fecha
3 de octubre de 2024
Materia
TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 12 de mayo del año 2024, a las 15:30 horas aproximadamente, en Centro Penitenciario Colina II, ubicado en carretera General San Martín N° 765, comuna de Colina, el interno requerido HAROLD KEVINN ACUÑA MONSALVE fue sorprendido por funcionario de Gendarmería de Chile teniendo en su poder 01 teléfono celular marca Samsung, con batería integrada y chip de la empresa Wom, sin estar legal o reglamentariamente autorizado al efecto. SE RESUELVE: I. Que se ABSUELVE a HAROLD KEVINN ACUÑA MONSALVE, Cedula de identidad N° 0017867520-6, ya individualizado, del requerimiento que fue formulado en su contra y que lo estimaba autor del delito de TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P., hechos ocurridos en la juridiccion de este tribunal el dia 12 de mayo de 2024. II. Que no se condena en costas al Ministerio Publico por tener motivo plausible para litigar. Las partes renuncian a los plazos, sentencia ejecutoriada. Álcense las medidas cautelares que se hubieren decretado en su oportunidad. Regístrese y archívese en su oportunidad “La“La sentenciasentencia dictadadictada oralmenteoralmente enen audiencia,audiencia, sese encuentraencuentra íntegramenteíntegramente consignadaconsignada enen elel registroregistro dede audioaudio dede esteeste Tribunal,Tribunal, dede conformidadconformidad aa lolo dispuestodispuesto enen loslos artículosartículos 3939 yy siguientessiguientes deldel CódigoCódigo ProcesalProcesal Penal”.Penal”. Dictada por CARMEN GLORIA TRONCOSO UBILLA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Colina. Código: XYWCXQMWTZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XYWCXQMWTZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-10-07T15:27:11-0300
Fallo
SE RESUELVE: I. Que se ABSUELVE a HAROLD KEVINN ACUÑA MONSALVE, Cedula de identidad N° 0017867520-6, ya individualizado, del requerimiento que fue formulado en su contra y que lo estimaba autor del delito de TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P., hechos ocurridos en la juridiccion de este tribunal el dia 12 de mayo de 2024. II. Que no se condena en costas al Ministerio Publico por tener motivo plausible para litigar. Las partes renuncian a los plazos, sentencia ejecutoriada. Álcense las medidas cautelares que se hubieren decretado en su oportunidad. Regístrese y archívese en su oportunidad “La“La sentenciasentencia dictadadictada oralmenteoralmente enen audiencia,audiencia, sese encuentraencuentra íntegramenteíntegramente consignadaconsignada enen elel registroregistro dede audioaudio dede esteeste Tribunal,Tribunal, dede conformidadconformidad aa lolo dispuestodispuesto enen loslos artículosartículos 3939 yy siguientessiguientes deldel CódigoCódigo ProcesalProcesal Penal”.Penal”. Dictada por CARMEN GLORIA TRONCOSO UBILLA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Colina. Código: XYWCXQMWTZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XYWCXQMWTZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-10-07T15:27:11-0300
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO FECHA: Colina, tres de octubre de dos mil veinticuatro. TRIBUNAL: JUZGADO DE GARANTÍA DE COLINA MAGISTRADO: CARMEN GLORIA TRONCOSO UBILLA RUC: 2400604357-3 RIT: 3342 - 2024 IMPUTADO: HAROLD KEVINN ACUÑA MONSALVE C.I. 0017867520-6 FECHA DE NAC. 06-08-1991 NACIONALIDAD: DIRECCION Calle TAIRA Nº 851 COMUNA: Calama. DELITO TENENCIA CELULAR EN
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