C/ RODRIGO ANDRÉS MAINAT ALARCÓN
Rol
O-8856-2024
Fecha
3 de octubre de 2024
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos establecidos en la sentencia: “el día 03 de octubre de 2024, alrededor de las 04:00 horas de la madrugada, en la intersección de Calle el Rodeo Poniente con Ossa Mayor, comuna de Puente Alto, funcionarios policiales, sorprendieron al imputado manteniendo en su poder un arma blanca tipo cuchillo de 11 cms. De empuñadura color negro, sin lograr justificar su porte razonablemente”. Circunstancias modificatorias de responsabilidad: artículo 11 N° 9 del Código Penal. Sentencia (parte resolutiva): Puente alto, a tres de octubre de dos mil veinticuatro. Y visto además lo dispuesto en el Código Penal, Código Procesal Penal, y demás normas legales y reglamentarias pertinentes, se declara: I.- Se condena a RODRIGO ANDRÉS MAINAT ALARCÓN, cédula de identidad N° 17.063.788-7, ya individualizado en lo demás, por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE, previsto y sancionado en el artículo 288 BIS del Código Penal, por hechos acaecidos el 3 de octubre de 2024 en horas de la madrugada en la comuna de Puente Alto, a la pena pecuniaria de multa de 1/3 de unidad tributaria mensual, la que se entiende cumplida con el día que el sentenciado permaneció privado de su libertad el 3 de este mes y año. II.- Además, se decreta como pena accesoria el comiso de las especies incautadas, estableciéndose que el Ministerio Público quedará a cargo de su destrucción, sin perjuicio de las coordinaciones que corresponda realizar con las demás autoridades administrativas atingentes al caso. III.- Se exonera al sentenciado del pago de las costas por haber admitido responsabilidad en procedimiento simplificado, ahorrando con ello recursos al erario público, y ser representado por la Defensoría Penal Pública. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, anótese, regístrese y archívese cuando corresponda. Las partes renuncian expresamente a los términos legales por lo que la sentencia se tiene por ejecuto
Fallo
se declara: I.- Se condena a RODRIGO ANDRÉS MAINAT ALARCÓN, cédula de identidad N° 17.063.788-7, ya individualizado en lo demás, por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE, previsto y sancionado en el artículo 288 BIS del Código Penal, por hechos acaecidos el 3 de octubre de 2024 en horas de la madrugada en la comuna de Puente Alto, a la pena pecuniaria de multa de 1/3 de unidad tributaria mensual, la que se entiende cumplida con el día que el sentenciado permaneció privado de su libertad el 3 de este mes y año. II.- Además, se decreta como pena accesoria el comiso de las especies incautadas, estableciéndose que el Ministerio Público quedará a cargo de su destrucción, sin perjuicio de las coordinaciones que corresponda realizar con las demás autoridades administrativas atingentes al caso. III.- Se exonera al sentenciado del pago de las costas por haber admitido responsabilidad en procedimiento simplificado, ahorrando con ello recursos al erario público, y ser representado por la Defensoría Penal Pública. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, anótese, regístrese y archívese cuando corresponda. Las partes renuncian expresamente a los términos legales por lo que la sentencia se tiene por ejecutoriada con esta misma fecha. Dirigió la audiencia y resolvió - MANUEL ANGEL MUÑOZ CID, Juez de Garantía de Puente Alto. Código: SCPGXQSJPRJ Este documento tiene firma electrónica y su o
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Individualización de Audiencia de control de la detención.. Fecha Puente Alto., tres de octubre de dos mil veinticuatro Magistrado MANUEL ANGEL MUÑOZ CID Fiscal PAULA GONZALEZ Defensor ANA MARIA MILLON Hora inicio 01:09PM Hora termino 01:15PM Sala SALA 3 Tribunal Juzgado de Garantía de Puente Alto Acta Cynthia Serey RUC 2401184160-7 RIT 8856 - 2024 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA RODRIGO ANDR
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