SCOTIABANK-CHILE S.A./GODOY
Rol
C-1445-2020
Fecha
18 de junio de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Con fecha 27 de marzo de 2020, comparece don Sergio V liz Z iga,é úñ abogado, en representaci n de ó Scotiabank Chile, representado sta a su vez poré don Francisco Sard n de Taboada, abogado, quien interpone ó demanda ejecutiva en contra de do a ñ Karen Andrea Godoy Serrano, domiciliada en calle Isla de Pascua N 185, Depto. 42, Forestal, comuna de Vi a del Mar, por laº ñ cantidad de $13.908.850.-, por concepto de pagar , m s intereses y costas.é á Con fecha 5 de mayo de 2020, la ejecutada opone excepci n.ó Con fecha 13 de mayo de 2020, el ejecutante evac a el traslado.ú Se cit a las partes a o r sentencia.ó í
Fundamentos
Considerando: I. En cuanto a la objeci n de documentos:ó Que, con fecha 5 de mayo de 2020, la ejecutada objeta el pagar fundanteé de la presente ejecuci n, en virtud de lo establecido en el art culo 346, N 3 deló í ° C digo de Procedimiento Civil, puesto que no le consta su autenticidad nió integridad. Que, no existen antecedentes que permitan tener por acreditada la falta de autenticidad alegada, adem s, se estima que los fundamentos de laá objeci n dicen relaci n con el valor probatorio que se otorgar a talesó ó á documentos en definitiva, en consecuencia, se negar lugar a la objeci ná ó formulada. II. En cuanto al fondo: Primero: Que, con fecha 27 de marzo de 2020, comparece don Sergio V liz Z iga, abogado, en representaci n de é úñ ó Scotiabank Chile, representado sta a su vez por don Francisco Sard n de Taboada, abogado, quien interponeé ó demanda ejecutiva en contra de do a ñ Karen Andrea Godoy Serrano, domiciliada en calle Isla de Pascua N 185, Depto. 42, Forestal, comuna de Vi aº ñ del Mar. Se ala que, su parte es due o y titular del pagar a la orden Nñ ñ é º 710060670754, suscrito por la deudora, con fecha 2 de noviembre del a o 2017,ñ por la suma de $17.353.556.-, por concepto de capital. Agrega que, dicha cantidad de dinero, la deudora declar recibirla en pr stamo, y se oblig aó é ó pagarla en 70 cuotas mensuales y sucesivas, por la suma de $405.531.-, por cada una de las cuotas N 1 a la 69, ambas inclusive, y una ltima cuota N 70 por unº ú º monto de $415.352.-, con vencimiento, la primera de ellas, el d a 5 de diciembreí del a o 2017, y las restantes, los d as 5 de cada uno de los meses siguientes.ñ í Precisa que, el pagar devengar a intereses sobre el capital adeudado, desdeé í la fecha de emisi n y hasta la fecha de vencimiento, con tasa igual al 1,5%ó C-1445-2020 Foja: 1 mensual, el cual se encuentra incorporado en el valor final de cada cuota. Refiere que, los intereses que no se pagaren en su respectivo vencimiento o renovaci n, seó capitalizar an de conformidad a las normas legales.í Expone que, la morosidad en el pago ntegro y oportuno de una o m sí á cuotas del capital y/o intereses del pagar , facultar a al ejecutante para poderé í exigir de inmediato, como si fuera de plazo vencido, el saldo total insoluto de la obligaci n que estuviera pendiente, el cual devengar a, desde el d a de la mora oó í í simple retardo, y hasta la fecha de su total pago, intereses con tasa m ximaá convencional. A ade que, la deudora no pag desde la cuota cuyo vencimientoñ ó ocurri el d a 5 de septiembre del a o 2019, adem s de todas las cuotas siguientesó í ñ á a contar de dicha fecha. Se ala que, su parte tiene derecho a hacer uso de cualquiera de lasñ cl usulas de aceleraci n indicadas, por lo que, por medio de la presentaci n deá ó ó esta demanda y s lo con fecha de su notificaci n, viene en hacer exigible el saldoó ó total del capital insoluto de la deuda, que al d a 13 de marzo del a o 2020,í ñ asciende a la suma de $13.908.850.-, m s rea
Fallo
Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el art culo 1698 delí C digo Civil; en los art culos 160, 170, 346, 434, 470 y 471 del C digo deó í ó Procedimiento Civil; y en el art culo 102 de la Ley N 18.092, í ° se declara que: I.- En cuanto a la objeci n de documentos:ó Se niega lugar a la objeci n de documentos formulada por el ejecutado. ó II.- En cuanto al fondo: Se niega lugar a la excepci n opuesta por el ejecutado, en consecuencia, seó deber seguir adelante con la ejecuci n hasta hacerse al ejecutante entero pago deá ó lo adeudado, con costas. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Rol N 1445-2020° Dictada por do a Cecilia Sagredo Olivares,ñ Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Vi a del Marñ , dieciocho de Junio de dos mil veintiuno C-1445-2020 Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-06-18T10:00:56-0400
Texto Completo (Preview)
C-1445-2020 Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Vi a del Marº ñ CAUSA ROL : C-1445-2020 CARATULADO : SCOTIABANK-CHILE S.A./GODOY Vi a del Marñ , dieciocho de Junio de dos mil veintiuno Visto: Con fecha 27 de marzo de 2020, comparece don Sergio V liz Z iga,é úñ abogado, en representaci n de ó Scotiabank Chile, representado sta a su vez poré don Franci
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