Juzgado de Garantía de Puerto Montt.

MP C/ CARLOS ADRIÁN FIGUEROA ORELLANA

Rol

O-4810-2024

Fecha

7 de octubre de 2024

Materia

ROBO POR SORPRESA.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Los intervinientes renuncian a plazos y recursos legales. RIT 4 - 2 24 RUC 24 6 -4 Pronunciada por don MIGUEL ANGEL GARCIA HERRERA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: jtm. Código: WNXZXQXGXTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-10-07T12:16:34-0300

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49 y 436 inciso 2° del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 3 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, SE CONDENA a CARLOS ADRIÁN FIGUEROA ORELLANA, RUN N° 46- , ya individualizado, como autor del delito consumado de robo por sorpresa en perjuicio de Rafael López Sánchez, cometido en Puerto Montt el día 18 de junio de 2024 a la PENA de CIENTO ONCE DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, la pena privativa de libertad impuesta se le da POR CUMPLIDA con el tiempo que permaneció privado de libertad en la presente causa, desde el día 18 de junio de 2024 al día de hoy; III.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Los intervinientes renuncian a plazos y recursos legales. RIT 4 - 2 24 RUC 24 6 -4 Pronunciada por don MIGUEL ANGEL GARCIA HERRERA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: jtm. Código: WNXZXQXGXTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-10-07T12:16:34-0300

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Puerto Montt, siete de octubre de dos mil veinticuatro. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49 y 436 inciso 2° del Código Penal; artículos 45, 47,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica