Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares.

MP C/ MICHAEL ANTONIO RODRÍGUEZ MELLA

Rol

O-270-2023

Fecha

4 de octubre de 2024

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, durante los días veintitrés y veinticuatro de septiembre del presente año, ante la segunda Sala del Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, integrada por los Jueces Christian Aníbal Leyton Serrano, quien presidió, Claudia Mora Cuadra y Mauricio Leyton Salas, se desarrolló la audiencia de juicio oral para conocer los cargos formulados en contra de MICHAEL ANTONIO RODRÍGUEZ MELLA; chileno, soltero, temporero, obrero agrícola, cédula nacional de identidad N° 15.567.530-6 domiciliado en el sector de Santa Ana de Queri, sitio 73 de la comuna de Yerbas Buenas, quien comparece asistido por los abogados Camilo Bahamondes Osses y Patricio Cortés Torres y en contra de MARCELO JOSÉ HERNÁNDEZ TORRES, chileno, casado, sin oficio, con domicilio en villa 30 de mayo pasaje Yumbel número 11869 de la comuna el bosque De Santiago quien comparece asistido por el abogado Cristian Adolfo Briceño Echeverría. Fue parte acusadora el Ministerio Público a través de la fiscal Carola Milena D'agostini Ibáñez, fijando todos los intervinientes letrados su domicilio y forma de notificación previamente en el tribunal.

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Acusación.- Que, los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación son aquellos contenidos en el auto de apertura de fecha veintitrés de noviembre de dos mil veintitrés, dictado Código: XWPLXQMTXDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl por el Juez de Garantía de Linares, cuyo contenido es del siguiente tenor: “Sobre la base de una denuncia formulada a través del Programa Denuncia Seguro del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se investigó a los integrantes de un grupo delictual dedicado a la internación de remesas de sustancias ilícitas a la Región del Maule, las que una vez adquiridas en la Región Metropolitana eran trasladadas por el imputado Michael Antonio RODRIGUEZ MELLA, quien, en ocasiones, era acompañado por su pareja Alicia de las Mercedes MANRIQUEZ SANDOVAL, todo esto abordo de distintos vehículos, y una vez en su domicilio emplazado en Santa Ana de Queri, en la comuna de Yerbas Buenas, dosificaban y distribuían la droga a distintos adictos y micro traficantes del sector, pareja que para llevar a cabo su accionar, mantenía el apoyo del imputado Marcelo José HERNANDEZ TORRES, quien era el encargado de coordinar con traficantes capitalinos la adquisición de las remesas de drogas del grupo delictual. Además, se estableció que en este grupo también intervenía en la comercialización de drogas el hijo de Alicia, Aldo Mauricio RAMIREZ MANRIQUEZ, haciéndose cargo de las ventas cuando Michael y Alicia viajaban a la Región Metropolitana a abastecerse de drogas. Es así que de las interceptaciones telefónicas del teléfono utilizado por Michael RODRIGUEZ MELLA y en base al análisis de las llamadas sostenidas con sus interlocutores, se pudo detectar que el día 19 de marzo del presente, MICHAEL RODRÍGUEZ se encontraba próximo a recibir una cantidad indeterminada de drogas, todo en coordinación y conocimiento de Marcelo HERNANDEZ TORRES, determinando la participación de un tercer sujeto apodado “EL GUATÓN”, esto es, MANUEL ALEJANDRO MAIRA GONZÁLEZ, siendo éste último a quien enviaron a la ciudad de Santiago, específicamente a la comuna de La Pintana, con el fin de trasladar una cantidad indeterminada de droga hasta Santa Ana de Queri, para entregarla a Michael RODRÍGUEZ MELLA y a MARCELO HERNÁNDEZ. En conocimiento de estos antecedentes y Código: XWPLXQMTXDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl realizadas las coordinaciones con la Fiscal de Turno, personal de la BRIANCO realizó vigilancias en las inmediaciones del aparcadero de buses situado en la Ruta 5 Sur, Sector Bobadilla, comuna de San Javier, donde llegaría el sujeto junto a la droga, advirtiendo esta situación a eso de las 21:30 horas, cuando desde el norte arribó un bus de la Empresa PULLMAN SUR del cual descendió una persona de sexo masculino, de contextura gruesa, portando consigo un bolso, llegando hasta la Ruta L-11 dond

Fallo

por tanto es un indicio más de que la actividad delictiva en cuestión, en cuanto a que estaba orientada a la venta de pequeñas cantidades, lo que debería resultar en una recalificación del delito a microtráfico. Ahora bien y en lo particular, la defensa de Michael Rodríguez Mella planteó que la cantidad de 100 gramos de droga incautada está en un límite que podría hacer dudar entre los delitos de tráfico y microtráfico, ya que no existe una distinción clara en el código penal chileno para tales casos. Señala que Diversas sentencias anteriores han considerado cantidades similares como microtráfico debido a la pequeña escala de distribución y las bajas ganancias obtenidas. Afirma que, según los audios presentados, la venta de la droga se realizaba en pequeñas dosis (aproximadamente 3 o 4 papelinas por día) y que las condiciones económicas en que vive su representado reflejan esta actividad como de bajo nivel y esto se denota porque constantemente debía pedir pequeñas cantidades de dinero a Código: XWPLXQMTXDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl amigos o familiares, para que lo respaldaran, lo que significa que no manejaba grandes cantidades de droga, ni obtenía grandes beneficios de su venta. Se argumenta que la droga incautada era para cubrir la demanda de 1 o 2 meses, lo que implica un flujo de ventas de 2 o 3 gramos diarios, lo cual, según la defensa en los inicios del juicio, es característico de microtráfico

Texto Completo (Preview)

PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL LINARES CONTRA : MICHAEL ANTONIO RODRÍGUEZ MELLA Y MARCELO JOSÉ HERNÁNDEZ TORRES DELITOS : TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS R.U.C. : N° 2200229636-9. R. I. T. : N° 270-2023. Linares, cuatro de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que, durante los días veintitrés y veinticuatro de septiembre del presente año, ante la segunda Sala del Tribunal del J

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