Juzgado de Garantia de Viña del Mar.

MP C/ JOSE ALBERTO ATENCIO CHIRINO

Rol

O-9028-2022

Fecha

3 de octubre de 2024

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: “El día 15 de Noviembre del año 2022, aproximadamente a las 02:40 horas, el requerido Francisco Navarro Fernández junto a otro sujeto, tras escalar el cierre perimetral ingresaron a las dependencias de la empresa constructora de nombre “Ardac”, ubicada en calle Gastón Hamell N° 527, Reñaca, Viña del Mar, con la finalidad de sustraer especies desde su interior y al ser sorprendidos por el guardia de seguridad, los requeridos huyeron del lugar, siendo posteriormente detenidos por personal de Carabineros en avenida Edmundo Eluchans con intersección de calle Las Golondrinas.” SENTENCIA: VISTOS, OIDOS Y TENIENDO PRESENTE Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Y visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 12 N° 16, 14, 15, 25, 30, 51 y 442 N°1 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 340, 342, 346, 348, 393, 394, 395 del Código Procesal Penal; artículos 8 y siguientes de la Ley 18.216, se declara: I.- Que se CONDENA a FRANCISCO ESTEBAN NAVARRO FERNÁNDEZ, ya individualizado, a una pena de SESENTA UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, todo ello en calidad de autor de un delito de robo en lugar no habitado, perpetrado en esta jurisdicción el día 15 de noviembre del año 2022. II.- Que concurriendo a su respecto los requisitos legales, se le concede al sentenciado la medida alternativa de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA, debiendo quedar sujeto al control mediante el dispositivo de monitoreo telemático, permaneciendo en su domicilio ininterrumpidamente desde las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente, haciendo especial mención a que el sentenciado registra un día de abono por cuanto ha permanecido privado de libertad en control de detención con ocasión de esta causa. III.- Que habiendo el sentenciado renunciado al jui

Fallo

se declara: I.- Que se CONDENA a FRANCISCO ESTEBAN NAVARRO FERNÁNDEZ, ya individualizado, a una pena de SESENTA UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, todo ello en calidad de autor de un delito de robo en lugar no habitado, perpetrado en esta jurisdicción el día 15 de noviembre del año 2022. II.- Que concurriendo a su respecto los requisitos legales, se le concede al sentenciado la medida alternativa de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA, debiendo quedar sujeto al control mediante el dispositivo de monitoreo telemático, permaneciendo en su domicilio ininterrumpidamente desde las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente, haciendo especial mención a que el sentenciado registra un día de abono por cuanto ha permanecido privado de libertad en control de detención con ocasión de esta causa. III.- Que habiendo el sentenciado renunciado al juicio oral al que tenía derecho se le exime al pago de las costas de la causa. Regístrese, notifíquese y ejecutoriada que sea esta resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Verifíquese la factibilidad técnica de cumplimiento en la modalidad de monitoreo telemático en el domicilio del imputado que corresponde al de la presente causa. Código: TJFMXQKMFBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Atendido a que el imputado

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Fecha Viña del Mar, tres de octubre de dos mil veinticuatro RUC 2201139923-5 RIT 9028 - 2022 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA FRANCISCO ESTEBAN NAVARRO FERNÁNDEZ 0018704970- 9 Sector CALLE 12 POBLACION ESPERANZA Nº 28 Concón. HECHOS: “El día 15 de Noviembre del año 2022, aproximadamente a las 02:40 horas, el requerido Francisco Navarro Fernández junto a otro sujeto, tras escalar el cierre per

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