4º Juzgado Civil de Valparaíso

BANCO DE CHILE/SAAVEDRA

Rol

C-650-2020

Fecha

17 de junio de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que mediante presentaci n de folio 1 comparece doó n Mauricio Araneda Bunting, abogado, en representaci n judicial deó BANCO DE CHILE, sociedad an nima bancariaó y financiera, ste representado por su gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego, ingenieroé comercial, todos domiciliados para estos efectos en Blanco 1199 4 piso, oficina 41, Valpara so,° í quien deduce demanda ejecutiva en contra de do a ñ SOLANGE VANESSA SAAVEDRA SALAZAR, de quien ignora profesión u oficio, con domicilio en Madrid 1941, comuna de Villa Alemana Que mediante escrito de 26 de marzo de 2021, a folio 12, la ejecutada opuso a la ejecuci n las excepciones 17 y 7 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil. ó ª ª í ó Que a folio 27, evacu el traslado el ejecutante. ó Que mediante resoluci n de folio 29, de 1 de junio del a o en curso, de conformidadó ñ con lo prevenido en el art culo 466 del C digo de Procedimiento Civil, se cit a las partes paraí ó ó o r sentencia.í

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: De la demanda. Que, al folio 1 comparece el abogado Mauricio Araneda Bunting, en representaci n judicial deó BANCO DE CHILE, quien deduce demanda ejecutiva en contra de do a ñ Solange Vanessa Saavedra Salazar, todos ya individualizados. Aduce que su representado es due o de un pagarñ é suscrito por don) H ctor Morenoé Flores y por do a Yenifer Andrea Suazo Suazo, ambos en representaci n del Banco de Chile yñ ó estos a su vez en representaci n de do a Solange Vanessa Saavedra Salazar, en calidad deó ñ deudora principal, seg n del Contrato de Cr dito de Consumo en Cuotas, que forma parte delú é Contrato Unificado de Personas. Refiere que dicho pagar fue suscrito por un capital original de $ 13.119.455.- cantidad aé la que se le debe aplicar una tasa de inter s mensual de 1.14%, seg n se se ala en el mismoé ú ñ documento. Se estipul que el capital y los intereses de esta obligaci n se pagar an en 18 cuotas; 17ó ó í cuotas, mensuales, iguales y sucesivas de $ 816.341.-, cada una de ellas, venciendo la primera de ellas el 10/06/2019 y a partir de esta, las cuotas siguientes vencer n sucesivamente con la mismaá periodicidad antes indicada y una ltima cuota de $ 743.556, con vencimiento en fechaú 10/11/2020, hace presente que como se estipul en el mismo pagar , el monto de cada una deó é las cuotas indicadas incluye pago de capital e intereses. Agrega que en el mismo pagar se estipul que se acepta que el acreedor en formaé ó exclusiva y privativa, pod a destinar en cada oportunidad el importe total de las cuotas a laí amortizaci n del capital y/o de los intereses, o de ambos a la vez, en la proporci n que estimeó ó conveniente. Se pact que, el simple retardo y/o mora en el pago ntegro y oportuno de todo o parteó í de una de las cuotas, facultar a al Banco de Chile para exigir el pago total de la deuda o delí saldo a que se encontrara reducida, consider ndose en tal evento la obligaci n como de plazoá ó vencido, pudiendo protestar y/o presentar a cobro el pagar . Sin perjuicio de lo anterior, aé contar del simple retardo y/o mora y hasta el pago efectivo, la obligaci n devengar a el inter só í é m ximo convencional que la ley permite estipular para operaciones de cr dito en monedaá é nacional no reajustable, pero s lo si ste fuere superior al inter s que se encontrare rigiendo paraó é é la obligaci n a la fecha de producirse el simple retardo o mora, pues en caso contrario seó continuar a devengado este ltimo.í ú Indica, que el deudor s lo pag hasta la cuota N 4, inclusive, con lo que amortizo eló ó ° capital hasta por la cantidad de $ 2.688.228.- Habiendo dejado de pagar la cuota N 5, con° vencimiento al 10/10/2019 resta en consecuencia un saldo de capital adeudado de $ 10.431.227.- cantidad a la que se deben adicionar los intereses penales correspondiente a la fecha de su pago efectivo. Agrega que el deudor liber al Banco de la obligaci n de protesto, y que habiendo sidoó ó autorizada por Notario la firma del suscriptor, di

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto por los art culos 1698, art culo 8 de la Leyí í 21.226, decreto 72 de 11 de marzo de 2021, articulo 144, 160, 170, 434 y siguientes, 464 N 17 y° 7, y 471 del C digo de Procedimiento Civil, art culo 425 del C digo Org nico de Tribunales ó í ó á se declara: I.- Que se rechazan las excepciones del art culo 464 n 17 y n 7 del C digo deí ° ° ó Procedimiento Civil, respecto del pagar fundante de la presente ejecuci n, debiendo seguirseé ó adelante con la ejecuci n hasta hacerse entero pago de la adeudado. ó II.- Que cada parte pagar sus costas, atendido que se litigo por motivo plausible. á Sentencia dictada por Carmen Gloria Vargas Morales, Juez del Cuarto Juzgado Civil de Valpara soí . Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Valparaiso, diecisiete de Junio de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-06-17T10:05:35-0400

Texto Completo (Preview)

FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Valpara soº í CAUSA ROL : C-650-2020 CARATULADO : BANCO DE CHILE/SAAVEDRA Valparaiso, diecisiete de Junio de dos mil veintiuno VISTO: Que mediante presentaci n de folio 1 comparece doó n Mauricio Araneda Bunting, abogado, en representaci n judicial deó BANCO DE CHILE, sociedad an nima bancariaó y financiera, ste representa

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