1º Juzgado de Letras de San Fernando

FARÍAS/MUÑOZ

Rol

C-1956-2020

Fecha

17 de junio de 2021

Materia

ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: LOS HECHOS: LA DEMANDA: Con fecha 30 de octubre de 2020 comparece doña Adriana del Carmen Farías Ibarra, pensionada, domiciliada en San Martín Lautaro 07, comuna de San Fernando, interponiendo demanda de término de contrato de arriendo y cobro de rentas de arrendamiento y consumos de servicios básicos, contra doña Catalina Elisa Muñoz Bahamondes, domiciliada en Población Lautaro, pasaje 5, N° 455, comuna de San Fernando en virtud de los siguientes antecedentes. Explica que con fecha 10 de agosto de 2019, celebró con la demandada un contrato de arrendamiento verbal por el inmueble de su propiedad ubicado en Población Lautaro, pasaje 5, número 455, comuna de San Fernando. Refiere que la renta de arrendamiento fijada era de $200.000.- mensuales, que se debía pagar anticipadamente los días 10 de cada mes. Además, señala que se acordó que el demandado se haría cargo de los servicios básicos de electricidad y agua potable del inmueble arrendado. Manifiesta que el segundo mes se rebajó dicha renta a $150.000.-, cuyo pago se hacía en efectivo mediante transferencias bancarias, agregando que el último pago fue en el mes de mayo de 2020, correspondiente al saldo de diciembre de 2019 y de enero de 2020. Con anterioridad a esa fecha, dice que la demandada siempre realizó los pagos en efectivo, e inclusive se había hecho valer el mes de garantía, por lo que en la actualidad debe desde febrero de 2020 hasta la fecha, totalizando 9 meses, es decir, $1.400.000.- Argumenta que la madre de la arrendataria, doña Dorty Edith Bahamondes Pinto, viendo las dificultades que tenía su hija para cumplir con el pago del arriendo, pagó por su hija los meses anteriores a diciembre de 2020. Comenta que la demandada no ha pagado en tiempo y forma la totalidad de las deudas devengadas por los servicios de agua potable y electricidad, en el período de vigencia del contrato de arrendamiento, adeudando por concepto de electricidad la suma de $46.900.-, y por servicio de agua potable la sum

Fundamentos

considerando el monto de la obligación que se cobra, superior a las 2 unidades tributarias, a lo que se agrega la ausencia de antecedentes escritos que permitan a este sentenciador presumir la existencia de dicho contrato, toda vez que sólo fueron acompañados 2 boletas electrónicas de luz y agua, ninguna de las cuales consigna el nombre de la demandada. QUINTO: Que así las cosas, sólo procede rechazar la demanda incoada, como se dirá. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1698 y siguientes del Código Civil; 1, 6, 7, 8, 10, 13, 15, 21 de la Ley 18.101; artículos 1708 y 1709 del Código Civil,

Fallo

se declara: I.- Que se rechaza la demanda interpuesta con fecha 30 de octubre de 2020. II.- Que no se condena en costas a la demandante por gozar del Beneficio de Asistencia Jurídica, conforme a lo previsto en el artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales. ROL: C-1956-2020. Se ordena el registro, notificación de esta sentencia y el archivo de los antecedentes en su oportunidad. Sentencia dictada por Felipe Eduardo Cabrera Celsi, juez titular del Primer Juzgado de Letras de San Fernando. En San Fernando, a diecisiete de Junio de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-06-17T08:42:36-0400

Texto Completo (Preview)

FOJA: 13 .- trece .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de San Fernando CAUSA ROL : C-1956-2020 CARATULADO : FARÍAS/MUÑOZ San Fernando, diecisiete de Junio de dos mil veintiuno VISTOS: LOS HECHOS: LA DEMANDA: Con fecha 30 de octubre de 2020 comparece doña Adriana del Carmen Farías Ibarra, pensionada, domiciliada en San Martín Lautaro 07, comuna de San Fernando, interpon

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